MINISTERIO DE HACIENDA
SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO
Resolución 12/2019
RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2019
Visto el expediente EX-2019-18799413-APN-DGDOMEN#MHA, y
CONSIDERANDO:
Que a los fines de lograr mayor celeridad y eficiencia en el ejercicio
de sus competencias, la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente
del Ministerio de Hacienda delegó, mediante la resolución 65 del 28 de
febrero de 2019 (RESOL-2019-65-APN-SGE#MHA), determinadas funciones en
esta Secretaría de Recursos Renovables y Mercado Eléctrico.
Que asimismo, se estableció que esta secretaría podrá encomendar a las
Subsecretarías de Mercado Eléctrico y de Energías Renovables y
Eficiencia Energética, el dictado de los actos que estime necesarios
para el cumplimiento de sus funciones.
Que mediante el apartado VIII bis del anexo II del decreto 174 del 2 de
marzo de 2018, se establecen los objetivos de esta Secretaría de
Recursos Renovables y Mercado Eléctrico, entre ellos, el de “…Asistir,
en el ámbito de su competencia, en la negociación y ejecución de
acuerdos de cooperación e integración internacionales e
interjurisdiccionales en los que la Nación sea parte, y en las
negociaciones con organismos nacionales e internacionales que fomenten
y faciliten el acceso al financiamiento”.
Que por razones de operatividad y especialidad en la función
administrativa, resulta conveniente delegar el ejercicio de ciertas
funciones a la Subsecretaría de Mercado Eléctrico dependiente de esta
secretaría.
Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de
Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le
compete.
Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo
dispuesto por el apartado VIII bis del anexo II del decreto 174/2018 y
el artículo 2° de la resolución 65/2019.
Por ello,
EL SECRETARIO DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Encomendar a la Subsecretaría de Mercado Eléctrico
dependiente de esta secretaría el dictado de los actos necesarios para
el cumplimiento de las siguientes funciones:
a) Otorgar las autorizaciones que correspondan en el marco del Anexo 17
de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el
Despacho Cargas y el Cálculo de Precios” en el Mercado Eléctrico
Mayorista (MEM) aprobados por la resolución 61 del 29 de abril de 1992
de la ex Secretaría de Energía Eléctrica dependiente del Ministerio de
Economía y Obras y Servicios Públicos.
b) Instruir a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista
Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) para la aplicación de recursos del
Fondo Unificado con destino al Fondo de Estabilización.
c) Intervenir técnicamente en las rendiciones de cuentas en función de
convenios con jurisdicciones, según resolución 268 del 11 de mayo de
2007 del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y
Servicios, sus modificatorias y complementarias.
d) Redeterminar el precio correspondiente a la ejecución de
ampliaciones de transporte de energía eléctrica en alta tensión o por
distribución troncal en ejecución, conforme con lo previsto en el
decreto 634 del 21 de agosto de 2003 y modificatorios, incluyendo las
autorizaciones de redeterminaciones referidas a FOTAE.
e) Cancelar los saldos por Cesión de Energía de la República del
Paraguay de la Central Hidroeléctrica Yacyretá en los términos de los
numerales IV y V del anexo c del Tratado de Yacyretá aprobado por la
ley 20.646.
f) Reconocer las acreencias en el MEM, en virtud de la aplicación de la
resolución 406 del 8 de septiembre de 2003 de la ex Secretaría de
Energía dependiente de Ministerio de Planificación Federal, Inversión
Pública y Servicios, en relación a EBISA y EBY, y emitir los actos
complementarios que sean menester para la cancelación de dichas
acreencias.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Antonio Garade
e. 17/04/2019 N° 25792/19 v. 17/04/2019