Resolución 660/2019
RESOL-2019-660-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2019
VISTO el EX-2018-55635853-APN-DD#MSYDS y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional fijó, a través de este MINISTERIO, como una de
sus políticas sustanciales a partir de 2016, avanzar en el camino hacia
la COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD -CUS-.
Que por Decreto N° 908/16 se aprueban las finalidades para la
estrategia COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD –CUS-, dentro de las cuales se
encuentra la de modernización del sector público de salud.
Que mediante la Resolución N° 475/16 se instruye a todos los programas
nacionales dependientes del entonces MINISTERIO DE SALUD, cualquiera
sea su fuente de financiamiento, a colaborar y coordinar su accionar
con la implementación y el desarrollo de la estrategia para la
COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD, con el objeto de promover el acceso a la
atención sanitaria integral, gratuita y con la adecuada calidad,
jerarquizando el Primer Nivel de Atención.
Que las Cuentas Nacionales en Salud representan una herramienta de gran
relevancia a fin de obtener información comparable sobre los recursos
que se gastan en salud, quiénes gastan y en qué se gasta.
Que el desarrollo de esta herramienta de información resulta útil, ya
que la medición y análisis de los flujos de financiamiento de salud
generan evidencia sobre el avance hacia la COBERTURA UNIVERSAL DE
SALUD, política estratégica implementada por el Gobierno Nacional que
busca ampliar la cobertura efectiva con calidad y equidad para cerrar
las brechas de inequidad existentes entre jurisdicciones y subsistemas.
Que por Decreto Nº 802/18, se estableció que la SECRETARIA DE GOBIERNO
DE SALUD es competente para entender en la actualización de las
estadísticas de salud y los estudios de recursos disponibles, oferta,
demanda y necesidad, así como el diagnóstico de la situación necesaria
para la planificación estratégica del sector salud.
Que por Decreto N° 174/18 se encuentra dentro de los objetivos de la
SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD el objetivo de entender en
la planificación y coordinación de sistemas de información,
incorporación de nuevas tecnologías de la información, gestión de datos
y registros estadísticos a nivel nacional y jurisdiccional así como el
análisis sobre la determinación de las variables económicas en el
sector de la salud y el impacto de las políticas implementadas en el
sector.
Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD DE LA NACIÓN, no es generadora primaria de las cifras referidas a gasto en salud.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE POLÍTICA FISCAL Y DE INGRESOS, dependiente
de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS ECONÓMICAS del MINISTERIO DE HACIENDA
posee entre sus acciones cuantificar y analizar periódicamente las
series de Gasto Público Consolidado.
Que la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y RECURSOS DE SALUD intervino en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones contenidas en lo
establecido en la Ley de Ministerios N° 22.520, modificatorias y
complementarias, en el Artículo 2° del Decreto Reglamentario N° 1759/72
(t.o. 2017) y en el Decreto Nº 802 del 5 de septiembre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Delégase en el titular de la SECRETARÍA DE COBERTURAS Y
RECURSOS DE SALUD las facultades necesarias para suscribir instrumentos
de colaboración con otras dependencias del gobierno nacional en
relación al desarrollo de cuentas nacionales de salud.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivase. Adolfo Luis Rubinstein
e. 17/04/2019 N° 25630/19 v. 17/04/2019