Resolución 166/2019
RESFC-2019-166-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2019
VISTO el Expediente EX-2019-06682586-APN-DGA#APNAC, por el que corren
los antecedentes de la Edición 2019 del Concurso “UN DÍA EN EL PARQUE
NACIONAL”, y
CONSIDERANDO:
Que dicho Concurso fue creado por la Resolución H.D. Nº 188/2016 con el
objetivo de que los alumnos de CUARTO grado (4º) o plurigrado de las
escuelas primarias de todo el país pudiesen conocer la diversidad de
las distintas áreas protegidas nacionales.
Que por la Resolución N° 193/2017 se estableció la realización de la edición 2017 del Concurso.
Que por la Resolución H.D. Nº 243/2018, se estableció la realización de la edición 2018 del mismo Concurso.
Que el objetivo mencionado se condice indubitablemente con los
postulados de la Ley Nº 22.351 en lo que hace al accionar de la
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES en materia de educación.
Que asimismo, y como se señala en la Resolución citada en el primer
Considerando, la creación del Concurso mencionado también se sustenta
en la Ley General del Ambiente N° 25.675, en cuanto a la promoción del
mejoramiento de la calidad de vida de las generaciones presentes y
futuras como política ambiental nacional, así como el sostenimiento de
la Educación Ambiental como instrumento básico para generar en los
ciudadanos valores, comportamientos y actitudes que sean acordes con un
ambiente equilibrado, que propendan a la preservación de los recursos
naturales y su utilización sostenible, mejorando la calidad de vida de
la población.
Que debe destacarse además que dicho régimen legal impone la
implementación “(…) de planes y programas en los sistemas de educación,
formal y no formal”, e insta a incorporar “contenidos básicos
determinados” y a instrumentar “(…) los respectivos programas o
currículos a través de las normas pertinentes (…)”.
Que en otro orden de ideas, cabe manifestar que en el sistema educativo
argentino, la problemática ambiental es incorporada a la currícula del
CUARTO grado (4º) del nivel primario en las escuelas de todo el país.
Que una parte esencial de la tarea a ejecutar por la ADMINISTRACIÓN DE
PARQUES NACIONALES consiste en estimular el conocimiento de la
biodiversidad.
Que en función de lo señalado, durante el año 2016, la ADMINISTRACIÓN
DE PARQUES NACIONALES desarrolló la primera edición del Concurso “UN
DÍA EN EL PARQUE NACIONAL”, durante el año 2017 realizó la SEGUNDA (2ª)
edición, y durante el año 2018 realizó la TERCERA (3ª) edición de dicho
Concurso, con la participación de escuelas de todo el país.
Que a partir de la experiencia recogida durante dichas ediciones se
concluye la necesidad de ajustar las Bases y Condiciones que rigen el
concurso.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde, por la presente, autorizar
la edición 2019 del Concurso “UN DÍA EN EL PARQUE NACIONAL”, cuyas
Bases y Condiciones se determinan en el Anexo
IF-2019-17012236-APN-DNC#APNAC de la presente, a los efectos de
estimular el conocimiento de la biodiversidad resguardada en nuestros
Parques Nacionales.
Que la Dirección Nacional de Conservación, las Direcciones Generales de
Administración y de Asuntos Jurídicos y la Dirección de Presupuesto y
Control de Gestión han tomado la intervención que les compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f), v) y w), de la Ley Nº 22.351.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Establécese la realización de la Edición 2019 del
Concurso “UN DÍA EN EL PARQUE NACIONAL”, a efectos que los alumnos que
concurran al CUARTO (4º) o plurigrado de cualquier escuela primaria del
país puedan conocer la biodiversidad de las distintas Áreas Protegidas
Nacionales.
ARTÍCULO 2º.- Apruébanse las Bases y Condiciones del Concurso “UN DÍA
EN EL PARQUE NACIONAL”, las que como Anexo
IF-2019-17012236-APN-DNC#APNAC forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Determínase que el gasto que genere la presente medida
será atendido con cargo a las partidas presupuestarias del Organismo.
ARTÍCULO 4º.- Establécese que, por el Departamento de Mesa General de
Entradas, Salidas y Notificaciones, se comunique la presente a la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE al
domicilio sito en la calle San Martín Nº 451 (C1004AAI), de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA
Y TECNOLOGÍA al domicilio sito en la calle Pizzurno Nº 935 (C1020ACA),
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Gimenez Tournier - Pablo Federico
Galli Villafañe - Roberto María Brea - Gerardo Sergio Bianchi - Eugenio
Indalecio Breard
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 06/05/2019 N° 30046/19 v. 06/05/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)