INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 700/2019
RESOL-2019-700-APN-INCAA#MECCYT
Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2019
VISTO el EX-2018-45246080-APN-GCYCG#INCAA del registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001), y
sus modificatorias, los Decretos N°1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y
N°324 de fecha 8 de mayo de 2017, la Resolución INCAA Nº 439 de fecha
12 de marzo de 2014 y sus modificatorias, la Resolución INCAA Nº 1 de
fecha 2 de enero de 2017, la Resolución INCAA Nº 4 de fecha 9 de enero
de 2017, la Resolución INCAA Nº638 de fecha 23 de abril de 2019, y;
CONSIDERANDO:
Que dentro de las facultades previstas por el artículo 3º inciso a) de
la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la
facultad del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA)
de ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la
cinematografía argentina formuladas por la Asamblea Federal, pudiendo a
tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de
estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario para el
logro de ese fin;”.
Que el artículo 43º de la mencionada ley, faculta al INCAA a producir
películas de cortometraje cuyos anteproyectos seleccione en llamados
que realice con tal propósito.
Que a tales fines, la Resolución 638/2019/INCAA llamó a Concurso de
Cortometrajes de Cine de Ficción para directores, el cual recibirá la
denominación “HISTORIAS BREVES 2019”.
Que resulta necesario modificar el artículo 2 de dicha resolución, dado
que se ha cometido un error material en la confección del Anexo I,
identificado como IF-2019-36394970-APN-GFIA#INCAA.
Que, como consecuencia, debe extenderse el plazo para la presentación
de los proyectos a concurso a través de la página Web del INCAA.
Que la participación en el presente concurso, implica la aceptación de
las Bases y Condiciones del mismo en su totalidad, así como el
conocimiento de toda la normativa vigente al respecto.
Que la Subgerencia de Asuntos Jurídicos y la Subgerencia de Fomento a
la Producción Audiovisual del han tomado la intervención que les
compete.
Que la facultad para el dictado de la presente surge del artículo 3º
inciso a) y el artículo 43º de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y sus
modificatorias, y los Decretos N°1536/2002 y N°324/2017.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectificar el artículo 2 de la Resolución
Nº638/2019/INCAA, el cual deberá quedar redactado de la siguiente
manera: “ARTÍCULO 2º.- Aprobar las BASES Y CONDICIONES del CONCURSO
HISTORIAS BREVES 2019 que obran como Anexo I
IF-2019-36663806-APN-GFIA#INCAA, II IF-2019-36395071-APN-GFIA#INCAA y
III IF-2019-36395190-APN-GFIA#INCAA, que a todos los efectos, forman
parte integrante de la presente resolución, y que serán publicadas en
la página web del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
(www.incaa.gob.ar).”
ARTÍCULO 2°.- Ratificar la fecha de apertura de la convocatoria, desde
el día de la publicación de la Resolución 683/2019/INCAA, y ampliar el
plazo del cierre de las presentaciones del llamado a concurso, hasta
las 23:59hs.del día 21 de junio del 2019 inclusive.
ARTÍCULO 3º.- Dejar constancia que la participación en el presente
concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en
las Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese. Ralph Douglas
Haiek
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 07/05/2019 N° 30441/19 v. 07/05/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII)