ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
Resolución 173/2019
RESFC-2019-173-APN-D#APNAC
Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2019
VISTO las Resoluciones RESFC-2018-532-APN-D#APNAC y RESFC-2019-164-APN-D#APNAC y el EX-2018-43276640-APN-DGA#APNAC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución RESFC-2019-164-APN-D#APNAC de fecha 2 de
mayo de 2019 se aprobó el “Reglamento para la Instalación, Construcción
y Uso de Muelles y Embarcaderos Deportivos en los Espejos de Agua
Ubicados en Jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES”,
incorporado como documento IF-2019-40033435-APN-DNIN#APNAC.
Que dicho Reglamento establece nuevos montos para los Derechos de
Construcción de infraestructura portuaria, equivalentes a los Derechos
de Instalaciones Portuarias previstos por el Artículo 18.1 del
Tarifario Institucional vigente, aprobado por la Resolución
RESFC-2018-532-APN-D#APNAC.
Que dicho instrumento prevé asimismo un canon por uso de las
instalaciones portuarias, derivados de la mera ocupación del espacio
público en espejos de agua, determinando para ello el método de cálculo
y los montos a abonar, en función de la envergadura de las
instalaciones y la categoría que revista el frentista titular o
responsable (Particulares/Asociaciones).
Que del análisis de ambos plexos normativos se desprende que resulta
necesario readecuar el Tarifario Institucional, sustituyendo los ítems
alcanzados por la nueva reglamentación e incorporando los nuevos
valores establecidos, a fin de posibilitar su liquidación y cobro a
través del sistema Re.N.A.R.I. (Registro Nacional de Autorizaciones,
Recaudaciones e Infracciones dentro de las Áreas Protegidas).
Que a tales efectos, la Dirección de Concesiones ha elaborado sendos
cuadros tarifarios, detallando los nuevos valores, incisos, ítems y
códigos Re.N.A.R.I., los cuales fueron volcados en los documentos
IF-2019-38778935-APN-DC#APNAC e IF-2019-14968846-APN-DC#APNAC
respectivamente, y forman parte de la presente.
Que la Unidad de Auditoría Interna, las Direcciones Nacionales de
Infraestructura, de Operaciones, de Conservación y de Uso Público, la
Dirección General de Asuntos Jurídicos y las Direcciones de Concesiones
y de Coordinación Operativa han tomado la intervención de su
competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 23, incisos f) y w), de la Ley N° 22.351.
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustitúyase el cuadro tarifario establecido en Artículo
18.1 del Tarifario Institucional vigente, aprobado por la Resolución
RESFC-2018-532-APN-D#APNA, por el cuadro contenido en el documento
IF-2019-14968846-APN-DC#APNAC, de conformidad a lo expuesto en los
Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Incorpórase el cuadro tarifario contenido en el documento
IF-2019-38778935-APN-DC#APNAC, como Artículo 18.6 del Tarifario
Institucional vigente, aprobado por la Resolución
RESFC-2018-532-APN-D#APNAC, de conformidad a lo expuesto en los
Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Instrúyase a la Dirección de Concesiones para que, en el
marco de sus competencias, proceda a efectuar las modificaciones e
incorporaciones establecidas por la presente, en el sistema Re.N.A.R.I
(Registro Nacional de Autorizaciones, Recaudaciones e Infracciones
dentro de las Áreas Protegidas).
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a todas las dependencias del Organismo. Por
el Departamento de Mesa General de Entradas, Salidas y Notificaciones
dése la presente Resolución a publicación por UN (1) día a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, y con las debidas constancias,
gírense las actuaciones a la Dirección Nacional de Infraestructura.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Gimenez Tournier - Pablo Federico
Galli Villafañe - Roberto María Brea - Gerardo Sergio Bianchi -
Emiliano Ezcurra Estrada - Eugenio Indalecio Breard
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/05/2019 N° 31763/19 v. 10/05/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
DERECHOS DE CONSTRUCCIÓN DE INSTALACIONES PORTUARIAS.
IF-2019-14968846-APN-DC#APNAC
ANEXO II
18.6. DERECHO ANUAL POR INSTALACIONES EN ESPEJOS DE AGUA
IF-2019-38778935-APN-DC#APNAC