Ciudad de Buenos Aires, 08/05/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-18811105-APN-DNASI#MPYT, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92), la Ley N°
23.551 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de
abril de 1988 y 801 de fecha 5 de septiembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen
aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los
intereses de los trabajadores.
Que, con fecha 9 de mayo de 2016, la asociación sindical “SINDICATO DE
TRABAJADORES MUNICIPALES DE BAHÍA BLANCA”, con domicilio en la calle
Donado N° 441 de la Ciudad de Bahía Blanca, Provincia de BUENOS AIRES,
solicitó la aprobación de la modificación de su Estatuto Social a la
Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467
de fecha 14 de abril de 1988.
Que considerando la antedicha presentación, y en virtud a las
observaciones efectuadas por la Dirección Nacional de Asociaciones
Sindicales, se procedió a la modificación de su Estatuto Social que
afecta a los artículos 24, 34, 39, 49, 55, 57 y 77.
Que la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales de la SECRETARÍA
DE TRABAJO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha efectuado el control de legalidad
que sobre el estatuto dispone el artículo 7° del Decreto N° 467/88,
considerando que la modificación estatutaria efectuada por la entidad
solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N°
23.551 y sus modificatorias y del citado Decreto.
Que, en este sentido, la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de
Asociaciones Sindicales ha aconsejado la aprobación de la modificación
del Estatuto Social de la entidad.
Que la SECRETARÍA DE TRABAJO de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y
EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha prestado conformidad a
la aprobación de la modificación del texto del Estatuto Social
presentado por la asociación sindical “SINDICATO DE TRABAJADORES
MUNICIPALES DE BAHÍA BLANCA”.
Que los Servicios Jurídicos competentes han tomado la intervención que les corresponde.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley N° 23.551 y sus
modificatorias y el Decreto N° 467/88.
Por ello,
EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase la modificación del texto del Estatuto Social
de la asociación sindical “SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE
BAHÍA BLANCA”, con domicilio en la calle Donado N° 441 de la Ciudad de
Bahía Blanca, Provincia de BUENOS AIRES, que como Anexo
(IF-2019-19025094-APN-DNASI#MPYT) forma parte integrante de la medida,
de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus
modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 467 de fecha 14 de abril
de 1988.
ARTÍCULO 2°.- La presente aprobación tiene alcance meramente
estatutario y no podrá ser invocada por la asociación sindical
peticionante como una ampliación de su representatividad vigente.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que dentro del plazo de DIEZ (10) días a
partir de la notificación de la presente resolución, la asociación
sindical mencionada en el artículo 1° deberá presentar ante la
Autoridad de Aplicación el estatuto aprobado en la forma sintetizada,
conforme lo previsto por la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de
2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, a los
fines de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese la presente medida a la asociación sindical “SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE BAHÍA BLANCA”.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Dante Sica
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/05/2019 N° 31756/19 v. 10/05/2019