Resolución 218/2019
RESOL-2019-218-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2019
VISTO el EX-2019-29801162- -APN-DNIPD#AND, los Decretos N° 698 del 5 de
septiembre de 2017, N° 868 del 26 de octubre de 2017, N° 95 del 1 de
febrero de 2018, N° 160 del 27 de febrero 2018, N° 1010/2018 del 6 de
noviembre de 2018, y las Resoluciones ANDIS Nº 49 del 8 de marzo de
2018, Nº 230 del 29 de agosto de 2018, y Nº 83 del 7 de marzo del 2019;
y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado del Decreto N° 698/17 se creó la AGENCIA
NACIONAL DE DISCAPACIDAD (en adelante, “ANDIS”), como organismo
descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA
DE LA NACIÓN, que tiene a su cargo el diseño, coordinación y ejecución
general de las políticas públicas en materia de discapacidad, y la
elaboración y ejecución de acciones tendientes a promover el pleno
ejercicio de los derechos de las personas en situación de discapacidad.
Que a través del Decreto Nº 868/2017 se creó, en la órbita de la
“ANDIS”, el Programa Nacional “PLAN NACIONAL DE DISCAPACIDAD”, cuyo
objetivo es la construcción y propuesta de políticas públicas
tendientes a la plena inclusión social de las personas con
discapacidad, contemplando los principios y obligaciones comprometidos
por medio de la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad, aprobada por la Ley N° 26.378.
Que el Decreto N° 95/2018, suprimió al SERVICIO NACIONAL DE
REHABILITACIÓN (en adelante, “SNR”), transfiriendo a la órbita de la
“ANDIS” sus responsabilidades primarias y acciones, créditos
presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes a la fecha.
Que el art. 9° del Decreto citado ut-supra, estableció que la “ANDIS”
es continuadora, a todos los efectos legales, del precitado “SNR”.
Que el ex “SNR” creó el Programa Federal de Recreación y Deportes para Personas con Discapacidad y su Grupo Familiar.
Que el objeto del citado Programa es establecer acciones de cooperación
y colaboración entre la “ANDIS” y la Provincia y/o Municipio mediante
convenios marco y específicos, a efectos de capacitar y especializar a
profesionales de la Educación Física y/o idóneos de la actividad
recreativa y práctica deportiva de personas con discapacidad y su grupo
familiar, a través de un sistema de becas; y/o adaptar las
infraestructuras recreativas y deportivas locales, realizando las obras
e instalaciones requeridas y dotándolas del equipamiento necesario,
para que resulten accesibles a personas con discapacidad y les permitan
desarrollar las actividades junto al resto de las personas.
Que el Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
mediante Resolución ANDIS Nº 83/2019, delegó en la Directora Nacional
para la Inclusión de Personas con Discapacidad, la competencia para
representar a la ANDIS en materia de acuerdos y convenios, y las
competencias comprendidas en el artículo 3º, inciso 2), del Decreto Nº
698/17 en el marco de sus funciones primarias para aprobar
transferencias y rendición de gastos, todo en el marco del Programa
Federal de Recreación y Deportes para Personas con Discapacidad y su
Grupo Familiar y/o cualquier otro instrumento de similar característica
o naturaleza.
Que atento todo lo esbozado ut-supra, se han actualizado los ya citados
modelos de convenios que oportunamente se han suscripto entre los
conveniantes, en virtud de de reflejar necesidades públicas actuales y
el imperativo de contar con instrumentos más completos y ordenados, en
razón del tiempo prolongado que se utilizaron los antiguos modelos de
convenios por parte del ex “SNR”.
Que en virtud de la actualización ya reseñada y de la obligatoriedad
por parte del Estado Nacional de la realización de políticas públicas
que denoten de manera indubitada la transparencia en su accionar, es
que resulta imperativo la instrumentación mediante acto administrativo
de una reglamentación de rendición de cuentas de los fondos
transferidos por parte de la “ANDIS” a la Provincia y/o Municipio
conveniante.
Que la reglamentación propiciada será de carácter obligatoria y
vinculante para la Provincia y/o Municipio conveniante, cuya defectuosa
observancia y/o inobservancia acarreará las consecuencias
sancionatorias y/o legales establecidas en los convenios firmados, y en
la normativa aplicable para este tipo de cuestiones.
Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA tomó la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 698/17 y N° 751/18.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase el “REGLAMENTO PARA LA RENDICION DE CUENTAS DE
FONDOS PRESUPUESTARIOS TRANSFERIDOS A GOBIERNOS PROVINCIALES,
MUNICIPALES Y/U OTROS ENTES” en el marco del “PROGRAMA FEDERAL DE
RECREACIÓN Y DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU GRUPO
FAMILIAR”, que se sustanciará como Anexo I
(IF-2019-39779653-APN-DNIPD#AND), el cual forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la “NOTA DE REMISIÓN” en el marco del “PROGRAMA
FEDERAL DE RECREACIÓN Y DEPORTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SU
GRUPO FAMILIAR”, que se sustanciará como Anexo I.a)
(IF-2019-35922666-APN-DNIPD#AND), el cual forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 3º.- Apruébase la “DECLARACIÓN JURADA” en el marco del
“PROGRAMA FEDERAL DE RECREACIÓN Y DEPORTES PARA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD Y SU GRUPO FAMILIAR”, que se sustanciará como Anexo I.b)
(IF-2019-35921544-APN-DNIPD#AND), el cual forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- Apruébase la “INVERSIÓN DOCUMENTADA” en el marco del
“PROGRAMA FEDERAL DE RECREACIÓN Y DEPORTES PARA PERSONAS CON
DISCAPACIDAD Y SU GRUPO FAMILIAR”, que se sustanciará como Anexo I.c)
(IF-2019-35920998-APN-DNIPD#AND), el cual forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Santiago Ibarzábal
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/05/2019 N° 33193/19 v. 15/05/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV)