MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS
Resolución 276/2019
RESFC-2019-276-APN-CONARE#MI
Ciudad de Buenos Aires, 14/05/2019
VISTO el Expediente EX-2018-51790454- -APN-SECONARE#DNM y la Resolución
N° RESFC-2019-14-APN-CONARE#MI de fecha 05 de febrero de 2019,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución de firma conjunta N° RESFC-2019-14-APN-CONARE#MI la
COMISION NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS (CONARE) resolvió impulsar el
procedimiento de declaración de caducidad mediante la publicación por
edicto en la forma prescripta por el artículo 42 del Decreto Nº
1759/1972, respecto de un número de solicitudes del reconocimiento del
estatuto de refugiado que se encontraban paralizadas y en las que no se
había podido efectivizar la citación previa debido a la imposibilidad
de localizar a los/as peticionantes en el domicilio declarado
oportunamente o por la inexistencia del mismo.
Que en el Boletín Oficial desde la fecha 07 de febrero de 2019 al 11 de
febrero de 2019 fue publicado el aviso con el texto completo del
Resolución de firma conjunta y su ANEXO
IF-2019-02062484-APN-SECONARE#DNMconteniendo el listado de los citados
mediante la identificación del número de expediente, la fecha de inicio
y las iniciales correspondientes, conforme con el principio de
confidencialidad establecido en el artículo 48 de la Ley 26.165.
Que a partir de dicha fecha corresponde contabilizar el plazo de
TREINTA (30) días previsto para la presentación de los interesados, y
vencido el cual ante la inactividad de su parte se declarará de oficio
la caducidad de los procedimientos conforme los términos del apartado
9) inciso e) del artículo 1º de la Ley Nº 19.549.
Que habiendo transcurrido dicho plazo sin que a la fecha se haya
presentado los intimados que figuran en el ANEXO
IF-2019-38603638-APN-SECONARE#DNM de la presente a efectos de continuar
con su solicitud, y dada la imposibilidad de la Administración de
proseguir la sustanciación del trámite, corresponde la declaración
expresa de la caducidad los procedimientos respectivos.
Que participaron en las deliberaciones representantes del Alto
Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados y de la Fundación
Comisión Católica Argentina de Migraciones.
Que la presente medida se dicta en correspondencia con las atribuciones
conferidas por el artículo 25, inciso b) de la Ley 26.165 y la
Resolución Nº 800/2009 del Ministerio del Interior.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL PARA LOS REFUGIADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- DECLARAR la caducidad de los procedimientos iniciados por
los extranjeros en los expedientes de solicitud de reconocimiento del
estatuto de refugiado indicados en el listado del ANEXO
IF-2019-38603638-APN-SECONARE#DNM de la presente, en los términos de la
Ley Nº 26.165, y ARCHIVAR las actuaciones correspondientes.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese por el término de TRES (3) días,
dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Fabián
Oddone - Julio Croci - Natalia Carolina Mengual - Sebastian Horton
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/05/2019 N° 33702/19 v. 21/05/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)