AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 185/2019
RESOL-2019-185-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2019
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, el Decreto N°
1172/03 de Acceso a la Información Pública, la Resolución del
Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 67/04, el Expediente
N° 5/15, lo actuado por la Subgerencia Normativa Regulatoria y la
Secretaría General, y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 16, Inciso a) de la Ley N° 24.804 establece, entre las
funciones, facultades y obligaciones de la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN), la de dictar las normas regulatorias referidas a
seguridad radiológica y nuclear, protección física y fiscalización del
uso de materiales nucleares.
Que el Artículo 3° del Decreto N° 1172/03 aprueba el “Reglamento
General para la Elaboración Participativa de Normas” y el “Formulario
para la Presentación de Opiniones y Propuestas en el Procedimiento de
Elaboración Participativa de Normas” que como Anexos V y VI
respectivamente, forman parte integral del mencionado Decreto.
Que esta ARN ha dictado la Resolución N° 67/04, a través de la cual se
instrumentan en su ámbito los procedimientos para Audiencias Públicas,
Elaboración Participativa de Normas y Acceso a la Información Pública,
implementados de conformidad con lo establecido en el citado Reglamento
General, adoptando el correspondiente formulario para la presentación
de opiniones y propuestas, además de designar a la SUBGERENCIA
NORMATIVA REGULATORIA como responsable de la implementación y puesta en
marcha del procedimiento para la elaboración participativa de normas.
Que a tales efectos, el Directorio en su reunión de fecha 5 de agosto
de 2015 (Acta N° 22) aprobó la Iniciativa Regulatoria N° 02/15 para
revisar la Norma AR 10.1.1 Norma Básica de Seguridad Radiológica
actualmente vigente.
Que la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA preparó el proyecto de
Revisión N° 4 de la Norma AR 10.1.1 de acuerdo con el Procedimiento
P-NORM-01, Rev.07 “Elaboración y Revisión de Normas y Guías
Regulatorias” y dio la participación que les compete a las GERENCIAS
LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, SEGURIDAD RADIOLÓGICA,
FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, MEDICIONES Y EVALUACIONES EN PROTECCIÓN
RADIOLÓGICA y ASUNTOS JURÍDICOS y a la SUBGERENCIA INTERVENCIÓN EN
EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS Y NUCLEARES.
Que corresponde promover una efectiva participación ciudadana,
institucional o individual, en la definición de los requisitos para la
protección de las personas y el ambiente contra los efectos nocivos de
la radiación ionizante y para la seguridad de las fuentes de radiación.
Que el presente Acto Administrativo se dicta conforme a lo establecido
en el Artículo 10 del Reglamento General para la Elaboración
Participativa de Normas Anexo V del Decreto N° 1172/03.
Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS,
LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, MEDICIONES Y
EVALUACIONES EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA y ASUNTOS JURÍDICOS, las
SUBGERENCIAS INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS Y NUCLEARES y
NORMATIVA REGULATORIA y la SECRETARÍA GENERAL, han tomado la
intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículo 22°, Capítulo II de la Ley N°.
Por ello, en su reunión de fecha 16 de mayo de 2019 (Acta N° 16),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ
ARTÍCULO 1°.- Declarar la apertura del procedimiento de Elaboración
Participativa de Normas, en relación con el Proyecto de Revisión 4 de
la Norma AR 10.1.1, Norma Básica de Seguridad Radiológica que, como
Anexo, forma parte integral de esta Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Invitar a participar en el marco de dicho procedimiento a
toda persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un
derecho o interés simple, difuso o de incidencia colectiva relacionado
con la norma a dictarse, durante QUINCE (15) días a partir de su
publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3°.- Delegar en la SUBGERENCIA NORMATIVA REGULATORIA la
dirección del procedimiento de elaboración participativa de normas para
el proyecto de norma AR 10.1.1 Revisión 4.
ARTÍCULO 4°.- Habilitar un Registro para la incorporación de opiniones
y propuestas, que funcionará en el Registro Central de la ARN, sita en
Avenida del Libertador N° 8250 – Oficina 317, 1429 Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, las que se deberán presentar por escrito –pudiendo
acompañar la documentación que estime pertinente– utilizando el
formulario indicado en el Anexo VI del Decreto N° 1172/03, dentro del
plazo de VEINTE (20) días desde la publicación de la presente en el
Boletín Oficial de la República Argentina. En dicha sede los
interesados podrán tomar vista del expediente.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la SUBGERENCIA
NORMATIVA REGULATORIA, a la SUBGERENCIA COMUNICACIÓN y a REGISTRO
CENTRAL. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA durante DOS
(2) días. Incorpórese en el sitio web de la ARN durante la vigencia del
plazo indicado en el Artículo 4° de la presente Resolución y archívese.
Nestor Alejandro Masriera
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/05/2019 N° 35784/19 v. 24/05/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)