SECRETARÍA DE FINANZAS
Y
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución Conjunta 40/2019
RESFC-2019-40-APN-SECH#MHA - Deuda pública: Dispónese la ampliación de Bonos del Tesoro Nacional en Pesos.
Ciudad de Buenos Aires, 23/05/2019
Visto el expediente EX-2019-48186140-APN-DGD#MHA, las leyes 24.156 y
27.467, los decretos 1344 del 4 de octubre de 2007 y 585 del 25 de
junio de 2018, la resolución 149 del 15 de junio de 2018 del ex
Ministerio de Finanzas (RESOL-2018-149-APN-MF), y las resoluciones
conjuntas 9 del 16 de julio de 2018 (RESFC-2018-9-APN-SECH#MHA), 30 del
27 de noviembre de 2018 (RESFC-2018-30-APN-SECH#MHA) y 9 del 24 de
enero de 2019 (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA), todas de la Secretaría de
Finanzas y de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda, y
CONSIDERANDO:
Que en el Título III de la ley 24.156 se regula el Sistema de Crédito
Público, estableciéndose en su artículo 60 que las entidades de la
Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de
crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto
general del año respectivo o en una ley específica.
Que en el artículo 40 de la ley 27.467 se autoriza al Órgano
Responsable de la coordinación de los sistemas que integran la
Administración Financiera a realizar operaciones de crédito público por
los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en
la planilla anexa al mencionado artículo.
Que en el apartado I del artículo 6° del anexo al decreto 1344 del 4 de
octubre de 2007, modificado mediante el artículo 11 del decreto 585 del
25 de junio de 2018, se establece que las funciones de Órgano
Responsable de la coordinación de los sistemas que integran la
Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas
conjuntamente por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de
Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda.
Que en el marco de una estrategia financiera integral, se considera
conveniente proceder a la reapertura de los “Bonos del Tesoro Nacional
en Pesos a Tasa Fija vencimiento noviembre 2020” originalmente emitidos
mediante el artículo 2° de la resolución 149 del 15 de junio de 2018
del ex Ministerio de Finanzas (RESOL-2018-149-APN-MF).
Que mediante las resoluciones conjuntas 9 del 16 de julio de 2018
(RESFC-2018-9-APN-SECH#MHA) y 30 del 27 de noviembre de 2018
(RESFC-2018-30-APN-SECH#MHA), ambas de la Secretaría de Finanzas y de
la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda, se procedió a la
ampliación de la emisión de los bonos mencionados en el considerando
precedente, quedando un saldo pendiente de colocación de un monto de
hasta valor nominal original pesos nueve mil cuatrocientos seis
millones trescientos veinticuatro mil trescientos noventa y cinco (VNO
$ 9.406.324.395), que se considera conveniente afectar a las
autorizaciones presupuestarias del corriente ejercicio.
Que, asimismo, resulta necesario proceder a la ampliación de la emisión de los citados instrumentos.
Que a través del artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de
enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de
Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA),
se sustituyeron las normas de “Procedimiento para la Colocación de
Instrumentos de Deuda Pública”, aprobadas mediante el artículo 1° de la
resolución 162 del 7 de septiembre de 2017 del ex Ministerio de
Finanzas (RESOL-2017-162-APN-MF).
Que la Oficina Nacional de Crédito Público dependiente de la
Subsecretaría de Financiamiento de la Secretaría de Finanzas del
Ministerio de Hacienda informa que esta operación se encuentra dentro
de los límites establecidos en la planilla anexa al artículo 40 de la
ley 27.467.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el
artículo 40 de la ley 27.467, y en el apartado I del artículo 6° del
anexo al decreto 1344/2007.
Por ello,
EL SECRETARIO DE FINANZAS
Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1º.- Afectar a las autorizaciones presupuestarias del
corriente ejercicio el monto emitido y no colocado en ejercicios
anteriores de los “Bonos del Tesoro Nacional en Pesos a Tasa Fija
vencimiento noviembre 2020”, originalmente emitidos mediante el
artículo 2° de la resolución 149 del 15 de junio de 2018 del ex
Ministerio de Finanzas (RESOL-2018-149-APN-MF), por un monto de hasta
valor nominal original pesos nueve mil cuatrocientos seis millones
trescientos veinticuatro mil trescientos noventa y cinco (VNO $
9.406.324.395), los que sólo podrán suscribirse en pesos y serán
colocados conforme las normas de procedimiento aprobadas a través del
artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la
Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del
Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA).
ARTÍCULO 2º.- Disponer la ampliación de la emisión de los “Bonos del
Tesoro Nacional en Pesos a Tasa Fija vencimiento noviembre 2020”,
originalmente emitidos mediante la resolución 149 del 15 de junio de
2018 del ex Ministerio de Finanzas (RESOL-2018-149-APN-MF), por un
monto de hasta valor nominal original pesos cinco mil quinientos
noventa y tres millones seiscientos setenta y cinco mil seiscientos
cinco (VNO $ 5.593.675.605), los que sólo podrán suscribirse en pesos y
serán colocados conforme las normas de procedimiento aprobadas a través
del artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de
la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda
(RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA).
ARTÍCULO 3º.- Autorizar al Director Nacional de la Oficina Nacional de
Crédito Público, o al Director de Administración de la Deuda Pública, o
al Director de Programación e Información Financiera, o al Director de
Análisis del Financiamiento, o al Coordinador de Títulos Públicos, o al
Coordinador de Emisión de Deuda Interna, a suscribir en forma
indistinta la documentación necesaria para la implementación de las
operaciones dispuestas en los artículos 1° y 2° de esta resolución.
ARTÍCULO 4º.- Esta medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Santiago Bausili - Rodrigo Hector Pena
e. 27/05/2019 N° 36425/19 v. 27/05/2019