MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
Decisión Administrativa 431/2019
DA-2019-431-APN-JGM - Autorización.
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2019
VISTO el Expediente N° EX-2017-06766471-APN-DPAT#MDS, el Decreto N°
1023 del 13 de agosto de 2001 y el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre
de 2016, ambos con sus respectivos modificatorios y normas
complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por Decisión Administrativa N° 456 del 10 de abril de 2018, entre
otras cuestiones se aprobó y adjudicó la Licitación Pública N° 29/2017,
con el objeto de lograr la adquisición de yerba mate con palo,
necesaria para brindar asistencia inmediata a comunidades en las que se
observaron problemas relacionados con la alimentación y la salud,
solicitada por la SECRETARÍA DE ACOMPAÑAMIENTO Y PROTECCIÓN SOCIAL del
entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que, asimismo, el artículo 5° del citado acto administrativo autorizó a
la entonces Ministra de Desarrollo Social, actual Ministra de Salud y
Desarrollo Social a aprobar la ampliación, disminución, prórroga,
suspensión, resolución, rescisión y declaración de caducidad de la
referida licitación pública.
Que el artículo 9° del Anexo al Decreto N° 1030/16, sus modificatorios
y normas complementarias establece que “La autoridad con competencia
para la aplicación de penalidades a los oferentes, adjudicatarios o
cocontratantes, será la que haya dictado el acto administrativo de
conclusión del procedimiento o la autoridad en la que se hubiese
delegado tal facultad”.
Que corresponde el dictado de un acto administrativo mediante el cual
se autorice a la Ministra de Salud y Desarrollo Social a aplicar
penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes en la Licitación
Pública N° 29/2017 del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBSECRETARÍA DE
ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL han tomado las intervenciones de sus respectivas
competencias.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y el
artículo 9° séptimo párrafo del Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N°
1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a la Ministra de Salud y Desarrollo Social a
aplicar penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes
correspondientes a la Licitación Pública N° 29/2017 del entonces
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Carolina Stanley.
e. 28/05/2019 N° 37305/19 v. 28/05/2019