SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA
Decisión Administrativa 446/2019
DA-2019-446-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2019
VISTO el Expediente N° EX-2018-26820996-APN-CGD#MC, las Leyes N° 25.164
y N° 27.467, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, las Decisiones Administrativas N° 609
del 1° de agosto de 2014 y N° 1145 del 18 de octubre de 2016, las
Resoluciones de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus
modificatorias, de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 5 del 3 de febrero de 2017 y del
entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 830 del 10 de julio de 2017, N°1122
del 31 de agosto de 2017, N°1184 del 11 de septiembre de 2017 y N° 103
del 21 de febrero de 2018, la Resolución Conjunta de la entonces
SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA y de la SECRETARÍA DE HACIENDA Nº
53 del 3 de octubre de 2007, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2019 distribuido por la
Decisión Administrativa N° 12 del 10 de enero de 2019.
Que el Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N°
25.164, dispuso que el régimen de estabilidad comprende al personal que
ingrese por los mecanismos de selección que se establezcan a cargos
pertenecientes al régimen de carrera cuya financiación será prevista
para cada jurisdicción u organismos descentralizados en la Ley de
Presupuesto.
Que por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios se
homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias
se aprobó el régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que por la Decisión Administrativa N° 1145/16 se autorizó como
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198, la
cobertura de TRES MIL CIEN (3.100) cargos vacantes y financiados
correspondientes al Ejercicio Presupuestario 2016 en el ámbito del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08,
sus modificatorios y complementarios.
Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del entonces
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 5/17, se asignaron CIENTO CINCUENTA Y
NUEVE (159) cargos vacantes autorizados para su cobertura por el
artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 1145/16 al entonces
MINISTERIO DE CULTURA actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA en el ámbito del
aludido Convenio Colectivo Sectorial.
Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 830/17, se
designó a los integrantes del Comité de Selección N° 2 para la
cobertura de TREINTA (30) cargos vacantes y financiados de la planta
permanente de dicho Organismo.
Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N° 1122/17
rectificada por su similar N° 1184/17 se aprobaron las Bases del
Concurso para la cobertura de los referidos cargos y se llamó a
concurso mediante Convocatoria Interna.
Que el Comité de Selección se expidió en virtud de su competencia,
elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados.
Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE CULTURA N°103/18 se
aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección para la
cobertura, entre otros, del cargo de Técnico Realizador Maquinista
Teatral Nivel D del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que por otra parte, el señor Christian Carlos OLIVERA no acreditó la
posesión del título de nivel educativo exigido para el cargo por él
concursado por lo que procede aplicar las previsiones del artículo 129
del citado Convenio Colectivo y en consecuencia el cargo en cuestión
deberá integrar la planta transitoria de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
Que la Decisión Administrativa N° 609/14 dispuso, que las designaciones
en dichos cargos de planta no permanente se mantendrán hasta que el
personal involucrado ingrese al régimen de estabilidad, a partir del
primer día del mes siguiente al que se hubiere certificado la obtención
del título del nivel educativo secundario antes de los plazos previstos
en el quinto o sexto párrafo del artículo 129 del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO (SINEP), según corresponda.
Que por otra parte, la referida norma establece que dichas
designaciones caducarán automáticamente para el supuesto que los
causantes no hubiesen obtenido el título secundario dentro de los
plazos previstos, no hubiese requerido la prórroga del plazo para su
obtención o requerida ésta y vencido el término no hubiese logrado
dicha titulación.
Que el cargo concursado se encuentra comprendido en el Nomenclador de
Funciones Específicas para el Personal Artístico Técnico que se
desempeña en el TEATRO NACIONAL CERVANTES y en los demás Organismos
Artísticos dependientes de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA, aprobado
mediante la Resolución Conjunta de la SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN
PÚBLICA y de la SECRETARÍA DE HACIENDA Nº 53/07.
Que el articulo 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por
el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, establece
que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) Ejercicios
presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante
contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su
inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto
equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a
un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, al
momento de su incorporación en el presente régimen de carrera, se le
asignará el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la
proporción dispuesta en el inciso a) del artículo 31 del presente, a
razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) grados de
equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones
transitorias; con más lo resultante de la aplicación del inciso c) del
citado artículo, si el órgano selector lo propone de verificarse el
supuesto respectivo.
Que atento a lo establecido en los artículos 31 y 128 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus
modificatorios y complementarios, corresponde realizar la readecuación
del Grado al señor Christian Carlos OLIVERA.
Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado la debida intervención la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del entonces MINISTERIO
DE CULTURA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO
DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA han tomado la intervención
de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas
en el artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y de los
artículos 6° y 7° de la Ley N° 27.467.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Modifícase la distribución del Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2019, aprobada por la
Decisión Administrativa N° 12/19 al solo efecto de transformar UN (1)
cargo Nivel D de la planta permanente en un cargo Nivel D de la planta
no permanente del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el
Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en la parte
correspondiente a la JURISDICCIÓN 70-02- MINISTERIO DE EDUCACIÓN,
CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA- SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA, de
acuerdo con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente
artículo (IF-2019-12584815-APN-SGC#MECCYT) que forma parte integrante
de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Desígnase al señor Christian Carlos OLIVERA (D.N.I. N°
24.626.656) transitoriamente en la planta no permanente, en el cargo de
Técnico Realizador Maquinista Teatral del BALLET FOLKLÓRICO NACIONAL
dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Nivel D, Grado 5, Tramo General, Agrupamiento
General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto
Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, en los términos de
los artículos 129 del Anexo al Decreto mencionado y 14, 15 y 16 de la
Decisión Administrativa N° 609/14 y con excepción al artículo 7° de la
Ley N° 27.467.
ARTÍCULO 3°.- La presente designación transitoria queda sujeta al
cumplimiento del compromiso asumido por el señor Christian Carlos
OLIVERA (D.N.I. N° 24.626.656) al momento de su inscripción al presente
proceso de selección de personal, de acuerdo a lo previsto por el
artículo 129 del Convenio Colectivo, homologado por el Decreto N°
2098/08, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida se atenderá con cargo a las partidas específicas del presupuesto
del año en curso asignado a la Jurisdicción 70-02 SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE CULTURA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN CULTURA, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Alejandro Finocchiaro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/05/2019 N° 37855/19 v. 30/05/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 1°
PRESUPUESTO 2019
JURISDICCIÓN 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SUBJURISDICCIÓN 02 - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE CULTURA