INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Resolución 125/2019
Buenos Aires, 02/05/2019
VISTO el expediente N° 103/2019/INAMU, la Ley 26.801, las Resoluciones
N° 1/16/INAMU, 12/17/INAMU, 96/17/INAMU, 65/18/INAMU, 109/18/INAMU, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 26.801 se sancionó con el objetivo principal de fomentar la actividad musical en general y la nacional en particular.
Que la Ley 26.801, en su artículo 5°, establece la naturaleza jurídica
del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, como ente público no estatal,
rigiéndose por su propio Estatuto y Reglamento Interno; y por las
normas que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, objeto
y funciones.
Que mediante la Resolución 8/15/INAMU se aprobó el Estatuto del
INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, y mediante las Resoluciones
67/17/INAMU y 107/18/INAMU se efectuaron modificaciones al mismo, ambas
ratificadas por la Asamblea Federal.
Que el artículo 3° inciso 3) del Estatuto establece como una de las
funciones del Directorio: “Organizar y reglamentar el funcionamiento
interno del INAMU en sus aspectos estructurales, funcionales y de
administración de personal, incluyendo el dictado y modificación de la
estructura orgánico-funcional”.
Que por Resolución 1/16/INAMU del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA se
aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo.
Que por Resolución 12/17/INAMU se aprobó la estructura organizativa y las aperturas inferiores del INAMU.
Que mediante la Resolución 65/18/INAMU se modificó la Resolución 12/17/INAMU y sus anexos.
Que habiendo sido aprobada dicha modificación en la Asamblea Federal,
se procedió a su publicación en el Boletín Oficial mediante la
Resolución 109/18/INAMU.
Que en la Asamblea Federal realizada el día 11 de abril de 2019 en la
ciudad de Corrientes fue aprobado por unanimidad el punto 5) del Orden
del Día: “Modificación de la estructura organizativa (Resolución
65/18/INAMU)”.
Que se adecúa la estructura organizativa a las necesidades orgánico
funcionales actuales del INAMU, proyectando una estructura más acotada
y conforme a la planta cuantitativa del personal del Organismo.
Que el Área de Asuntos Técnico Legales ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente Resolución se dicta en el uso de las facultades
conferidas por la Ley 26.801 y el artículo 3° inciso 3) del Estatuto.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Déjense sin efecto las Resoluciones N° 1/16/INAMU, 12/17/INAMU, 96/17/INAMU, 65/18/INAMU, 109/18/INAMU.
ARTÍCULO 2.- Apruébese la estructura organizativa del INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, de acuerdo al Anexo I de la presente.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación, y archívese. Diego Boris
Macciocco - María Paula Rivera
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/06/2019 N° 38322/19 v. 03/06/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)