SERVICIO
GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
Resolución 118/2019
RESOL-2019-118-APN-SEGEMAR#MPYT
Barrio Parque General San Martín, Buenos Aires, 29/05/2019
VISTO el Expediente EX-2019-41735816- -APN-SEGEMAR#MPYT, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus
modificaciones, los Decretos N° 1.663 de fecha 27 de diciembre de 1996
y N° 515 de fecha 28 de marzo de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que el SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO, Organismo descentralizado
actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, entre sus objetivos, establece que
contribuirá a planificar y tomar decisiones a nivel estatal y privado,
a partir del conocimiento del territorio, de los recursos y de la
tecnología, en los distintos campos de la actividad humana, con énfasis
en la sustentabilidad ambiental de las actividades, conforme el Anexo
II del Decreto N° 1.663 de fecha 27 de diciembre de 1996.
Que, a fin de cumplir con las responsabilidades y los objetivos
expresados, se considera necesaria la creación del “PROGRAMA MUSEO DE
MINERALES” que funcionará en la órbita de la Presidencia del SERVICIO
GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR), a los efectos de aplicar
políticas que contribuyan a consolidar un vínculo permanente con la
sociedad en el territorio en materia de divulgación científica,
exhibición, promoción y preservación de objetos vinculados a la
actividad minera y sus implicancias científicas, sociales, económicas y
culturales.
Que este Programa mediante la difusión generará relaciones de
cooperación y asistencia permanente entre este Servicio y los diversos
actores productivos en el ámbito público y privado.
Que, es de destacar, que el PROGRAMA MUSEO DE MINERALES será
identificado por sus siglas “PROMUMIM” a nivel nacional a los efectos
de la difusión respectiva mediante soporte papel y digital.
Que en la actuación citada en el Visto obra la respectiva certificación
de existencia de financiamiento presupuestario para afrontar el gasto
que demandará la presente medida.
Que la Asesoría Legal del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO ha tomado
la intervención propia de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Artículo 6° del Decreto N° 1.663 de fecha 27 de
diciembre de 1996 y el Decreto N° 515 de fecha 28 de marzo de 2016.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Créase el “PROGRAMA MUSEO DE MINERALES” (PROMUMIM) que
funcionará en la órbita de la Presidencia del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO
ARGENTINO (SEGEMAR), Organismo descentralizado actuante en la órbita de
la SECRETARÍA DE POLÍTICA MINERA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y
TRABAJO, cuyas especificaciones obran detalladas en el ANEXO que como
IF-2019-46640457-APN-SE#SEGEMAR forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°- El PROGRAMA MUSEO DE MINERALES será identificado por sus
siglas “PROMUMIM” a nivel nacional a los efectos de la difusión
respectiva mediante soporte papel y digital.
ARTÍCULO 3°- El gasto que demande la ejecución del Programa creado por
el Artículo 1° de la presente medida será atendido con cargo a la
partida presupuestaria específica correspondiente del Presupuesto
vigente para el Ejercicio 2019 - Jurisdicción 51 - SAF 624 - SERVICIO
GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese y dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. Julio Argentino Rios Gomez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/06/2019 N° 38476/19 v. 05/06/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
Informe
Número: IF-2019-4664045
7-APN-SE#SEGEMAR
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Viernes 17 de Mayo de 2019
Referencia: ANEXO
ANEXO
CAPÍTULO I - OBJETIVOS.
1.1. Objetivos Generales:
1.1.1. Articular vínculos institucionales con la sociedad en el
territorio mediante el "PROGRAMA MUSEO DE MINERALES" (PROMUMIM, por sus
siglas en español).
1.1.2. Generar espacios de difusión, articulación y coordinación de
acciones, programas y políticas del SERVICIO GEOLÓGICO MINERO ARGENTINO
(SEGEMAR), a los efectos de planificación y toma de decisiones a nivel
estatal y privado; inmersas en las diversas políticas implementadas a
nivel de difusión de la actividad geológica y minera por parte de la
Secretaría de Política Minera, como así también, las que oportunamente
fije el MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.
1.2. Objetivos Específicos:
1.2.1. Relevar, informar y transmitir los diversos trabajos de
investigación que desarrollan los científicos del SERVICIO GEOLÓGICO
MINERO ARGENTINO (SEGEMAR).
1.2.3. Realizar diversas acciones en materia de exhibición, promoción y
preservación de objetos vinculados a la actividad geológica y minera, y
sus implicancias científicas, sociales, económicas y culturales.
1.2.4. Realizar acciones tendientes a la organización de convocatorias
a trabajos de investigación, conferencias, cursos, seminarios (workshop
en idioma inglés), jornadas, talleres y disertaciones académicas en
diversos campos disciplinares, a los efectos de buscar mecanismos de
financiación nacional o internacional para diversos proyectos de
difusión.
1.2.5. Efectuar acciones tendientes a poner en valor lugares de
preservación, investigación y divulgación del patrimonio geológico y
minero, en forma permanente o temporaria, por parte de las autoridades.