Decisión Administrativa 475/2019
DA-2019-475-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-42596464-APN-SGM#JGM, la Ley N° 27.467,
los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus
modificatorios y complementarios, 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio y 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios,
la Decisión Administrativa N° 296 del 9 de marzo de 2018 y su
modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.467 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019.
Que por el Decreto N° 355/17 y su modificatorio se estableció, entre
otras cuestiones, que toda designación transitoria de personal en
cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía
inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente,
de conformidad a las estructuras organizativas, será efectuada por el
Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración
Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la
Jurisdicción o Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el
organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la
Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
Y TRABAJO.
Que por la Decisión Administrativa N° 296/18 y su modificatoria se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Que la SECRETARÍA DE TRABAJO de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y
Empleo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, solicita la cobertura
transitoria del cargo vacante financiado de Director Nacional de
Fiscalización del Trabajo y la Seguridad Social, Nivel A – Grado 0,
Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial
del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la mencionada Secretaría.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la Secretaría de
Gobierno de Trabajo y Empleo del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2º del
Decreto Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase transitoriamente, a partir del 1° de abril de
2019 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados
desde la fecha de la presente medida, al licenciado Emiliano RE (M.I.
N° 24.856.001) en el cargo de Director Nacional de Fiscalización del
Trabajo y la Seguridad Social dependiente de la SECRETARÍA DE TRABAJO
de la Secretaría de Gobierno de Trabajo y Empleo del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, Nivel A – Grado 0, del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y
complementarios, autorizándose el correspondiente pago del Suplemento
por Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio, con autorización
excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el
artículo 14 de dicho ordenamiento.
ARTÍCULO 2º.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente,
en el Título II, Capítulos III, IV y VIII; y en el Título IV del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la
presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 51 -
02 – MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
TRABAJO Y EMPLEO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Dante Sica
e. 10/06/2019 N° 40948/19 v. 10/06/2019