Resolución 504/2019
RESOL-2019-504-APN-MSG - Recompensas: Ofrézcase recompensa.
Ciudad de Buenos Aires, 10/06/2019
VISTO el Expediente EX-2019-38926838- -APN-SCPC#MSG, del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N°
2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, y la Resolución
Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que ante la FISCALÍA FEDERAL DE 1ª INSTANCIA DE LA RIOJA, provincia
homónima, a cargo de la Dra. María Virginia MIGUEL CARMONA, tramitan
los autos caratulados “N.N. SOBRE INFRACCIÓN LEY 26.364”, Expte. FCB Nº
71007098/2010.
Que la mencionada Fiscalía, mediante oficio N° 109 /2019, de fecha 15
de abril de 2019, solicita se ofrezca recompensa para aquellas
personas, que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden
datos útiles que permitan dar con el paradero de Ramona Nicolasa
MERCADO, titular del D.N.I. N° 35.503.856, argentina, nacida el 19 de
mayo de 1991, alias “Peli”, con último domicilio conocido en calle
Proyectada S/N del barrio Sembrador de la ciudad capital de la
Provincia de LA RIOJA, quien desapareciera el día 26 de abril de 2005
entre las 19:00 y 20:00 horas, luego de salir de la casa de una vecina
-donde se encontraba su madre-, desconociéndose hasta el día de hoy su
paradero.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por si o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la
Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de
Ramona Nicolasa MERCADO, titular del D.N.I. N° 35.503.856, argentina,
nacida el 19 de mayo de 1991, alias “Peli”, con último domicilio
conocido en calle Proyectada S/N del barrio Sembrador de la ciudad
capital de la Provincia de LA RIOJA, quien desapareciera el día 26 de
abril de 2005 entre las 19:00 y 20:00 horas, luego de salir de la casa
de una vecina -donde se encontraba su madre-, desconociéndose hasta el
día de hoy su paradero.
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 737/2023
del Ministerio de Seguridad B.O. 26/10/2023 se dispone el incremento de
la recompensa oportunamente ofrecida mediante la presente Resolución a
la suma total de
PESOS CUATRO MILLONES ($4.000.000), destinada a aquellas personas que,
sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que
permitan dar con el paradero de Ramona Nicolasa MERCADO, titular del
DNI N° 35.503.856, argentina, nacida el 19 de mayo de 1991, alias
“Peli”, con último domicilio conocido en calle Proyectada S/N del
barrio Sembrador de la ciudad capital de la Provincia de La Rioja,
quien desapareciera en el trayecto de su domicilio hacia el de sus
abuelos el día 26 de abril de 2005. Vigencia: a partir del día de su
publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina)
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, de este
Ministerio al número de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este
Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD la
difusión y publicación en todas sus formas de los afiches
correspondientes a la recompensa ofrecida.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 13/06/2019 N° 41822/19 v. 13/06/2019