MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
Resolución 290/2019
RESOL-2019-290-APN-SCI#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2019
VISTO el Expediente N° EX-2019-39892410- -APN-DGD#MPYT, el Reglamento
de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, los
Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y
891 de fecha 1 de noviembre de 2017, y la Resolución N° 262 de fecha 6
de junio de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO
DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco del Decreto N° 891 de fecha 1 de noviembre de 2017, y
en miras a una gestión eficiente y de resultados, que simplifique y
agilice el procedimiento de los organismos técnicos involucrados en los
regímenes de evaluación de la conformidad, resultó imprescindible
introducir algunas reformas al régimen vigente.
Que, en dicho marco, se dictó la Resolución N° 262 de fecha 6 de junio
de 2019, de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, mediante la cual se estableció que todo organismo
de certificación, organismo de inspección y laboratorio de ensayos,
cuya labor esté destinada a actuar en procedimientos de evaluación de
la conformidad de los reglamentos técnicos para productos y servicios
que se encuentren bajo la órbita del citado Ministerio, o la autoridad
que en el futuro la reemplace en sus funciones, deberá contar con su
reconocimiento por parte de la Autoridad de Aplicación.
Que, se advirtió un error material involuntario en la citada
resolución, puesto que se omitió incluir la derogación del régimen en
cuestión.
Que, en virtud de lo expuesto, por la presente medida corresponde
rectificar dicha situación a los fines de evitar la convivencia entre
normas anacrónicas y aquellas que buscan generar una simplificación,
mejora continua de procesos internos y reducción de cargas a los
administrados.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos, Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017 y el Decreto N° 174/18 y
sus modificatorios,
Por ello,
EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpórase como Artículo 16 bis en la Resolución N° 262
de fecha 6 de junio de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, el siguiente:
“ARTÍCULO 16 bis.- Deróganse las Resoluciones Nros. 123 de fecha 3 de
marzo de 1999 y 431 de fecha 28 de junio de 1999 a excepción de los
Artículos 17, 20 y 21, ambas de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO
Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS,
76 de fecha 22 de junio de 2004 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
TÉCNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y 75 de fecha 22 de
abril de 2016 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN.”.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Werner
e. 19/06/2019 N° 43309/19 v. 19/06/2019