SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA

Decisión Administrativa 511/2019

DA-2019-511-APN-JGM - Estructura organizativa.

Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2019

VISTO el Expediente EX-2019-49336225-APN-DGDOMEN#MHA, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorios, los Decretos Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, en especial el Decreto N° 105 de fecha 31 de enero de 2019 y N° 801 de fecha 05 de septiembre de 2018, las Decisiones Administrativas N° 306 y N° 316, ambas de fecha 13 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 801/18 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92), y sus modificatorias, transfiriendo las competencias en materia de política energética nacional, régimen de combustibles, estructuras arancelarias e investigación y desarrollo tecnológico en la materia del ex MINISTERIO DE ENERGÍA, al ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, incorporándose al mismo la actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA.

Que por el Decreto N° 174/18 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo los objetivos del entonces MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que por el Decreto N° 105/19, modificatorio del Decreto Nº 174/18, se modificó la conformación organizativa de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA y se suprimió la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO ENERGÉTICO.

Que por la Decisión Administrativa N° 316/18 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA, actual SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA.

Que, en función de las modificaciones efectuadas en las competencias de la referida Secretaría de Gobierno y en la conformación de sus niveles políticos, resulta necesario realizar las adecuaciones en su estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo aprobada por la Decisión Administrativa N° 316/18.

Que, por otra parte, atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE TRANSPORTE, resulta necesario efectuar una adecuación de las unidades retributivas asignadas a dicha jurisdicción.

Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE HACIENDA.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado intervención en virtud del artículo 5° del Decreto Nº 72/18.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, y por el artículo 16, inciso 31 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- (Artículo derogado por art. 7º de la Decisión Administrativa Nº 1080/2020 B.O. 23/6/2020)

ARTÍCULO 2°.- (Artículo derogado por art. 7º de la Decisión Administrativa Nº 1080/2020 B.O. 23/6/2020)

ARTÍCULO 3°.- (Artículo derogado por art. 7º de la Decisión Administrativa Nº 1080/2020 B.O. 23/6/2020)

ARTÍCULO 4°.- (Artículo derogado por art. 7º de la Decisión Administrativa Nº 1080/2020 B.O. 23/6/2020)

ARTÍCULO 5°.- Deróganse los artículos 1º, 2º y 3° de la Decisión Administrativa Nº 316 de fecha 13 de marzo de 2018.

ARTÍCULO 6°.- Asígnase al Titular del MINISTERIO DE TRANSPORTE la cantidad adicional de OCHO MIL (8.000) Unidades Retributivas, sobre las otorgadas por el artículo 8° de la Decisión Administrativa N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la JURISDICCIÓN 50 – 02 – MINISTERIO DE HACIENDA – SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA y a la JURISDICCIÓN 57 – MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Nicolas Dujovne

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/06/2019 N° 44180/19 v. 21/06/2019