INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución 29/2019
RESOL-2019-29-APN-INV#MPYT
2a. Sección, Mendoza, 19/06/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2018-10739952-APN-DM#INV, la Ley N° 25.163 y
su Decreto Reglamentario N° 57 de fecha 14 de enero de 2004, la
Resolución N° C.11 de fecha 11 de marzo de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, se tramita la
inclusión de la variedad de vid “Fiano” en la lista de variedades aptas
para la elaboración de vinos de calidad superior.
Que la Ley N° 25.163 y su Decreto Reglamentario N° 57 de fecha 14 de
enero de 2004, establecen las Normas Generales para la Designación y
Presentación de Vinos y Bebidas Espirituosas de Origen Vínico de la
Argentina.
Que conforme a la legislación precedentemente citada, la Indicación Geográfica (I.G.) queda reservada para vinos de calidad.
Que el Decreto Reglamentario N° 57 de fecha 14 de enero de 2004,
establece en su Anexo I Capitulo III, Articulo 5° y en el Anexo II,
Punto 2, inciso c) apartados I, II y III, las variedades autorizadas
reconocidas como aptas para la elaboración de vinos con características
enunciadas en el considerando precedente.
Que la Resolución N° C.11 de fecha 11 de marzo de 2011 (Menciones
optativas Reserva y Gran Reserva) contiene como Anexo un Listado de
Variedades autorizadas para la elaboración de vinos Reserva y Gran
Reserva.
Que el mencionado decreto faculta al INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA (INV), como Autoridad de Aplicación, a agregar o
eliminar variedades en las listas establecidas, previo estudio sobre la
aptitud enológica pertinente.
Que conforme surge de la interpretación de los estudios realizados por
el Departamento de Estudios Enológicos y Sensoriales dependiente de la
Subgerencia de Investigación para la Fiscalización de la Gerencia de
Fiscalización de este Organismo, la cultivar “Fiano” debería ser
incorporada a los listados de variedades aptas para la elaboración de
vinos de calidad superior.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde incluir la variedad “Fiano” en las listas precedentemente mencionadas.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878, 24.566 y 25.163 y el Decreto N° 155/16,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Incorporase la variedad de Vitis vinifera L. “Fiano” a la
lista de Variedades Autorizadas reconocidas como aptas para la
elaboración de vinos de calidad, que figuran en el apartado III, inciso
c), Punto 2, del Anexo II del Decreto Reglamentario N° 57 de fecha 14
de enero de 2004 y a la lista de Variedades Autorizadas para la
Elaboración de Vinos Reserva y Gran Reserva incluida como anexo de la
Resolución N° C.11 de fecha 11 de marzo de 2011.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido,
archívese. Carlos Raul Tizio Mayer
e. 24/06/2019 N° 44327/19 v. 24/06/2019