SECRETARÍA DE FINANZAS
Y
SECRETARÍA DE HACIENDA
Resolución Conjunta 44/2019
RESFC-2019-44-APN-SECH#MHA - Deuda pública: Dispónese la ampliación de la emisión de Letras del Tesoro Capitalizables en Pesos.
Ciudad de Buenos Aires, 19/06/2019
Visto el expediente EX-2019-55161110-APN-DGD#MHA, la ley 27.467, los
decretos 1344 del 4 de octubre de 2007 y 585 del 25 de junio de 2018, y
la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de
Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de
Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA), y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 41 de la ley 27.467 se autoriza al Órgano
Responsable de la Coordinación de los Sistemas de Administración
Financiera a emitir Letras del Tesoro para dar cumplimiento a las
operaciones previstas en el programa financiero, las que deberán ser
reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emiten.
Que en el apartado I del artículo 6° del anexo al decreto 1344 del 4 de
octubre de 2007, modificado mediante el artículo 11 del decreto 585 del
25 de junio de 2018, se establece que las funciones de Órgano
Responsable de la Coordinación de los Sistemas que integran la
Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas
conjuntamente por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de
Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda.
Que en el marco de una estrategia financiera integral, se considera
conveniente proceder a ampliar la emisión de las “Letras del Tesoro
Capitalizables en Pesos con vencimiento 31 de julio de 2019”
originalmente emitidas a través del artículo 1° de la resolución
conjunta 30 del 8 de abril de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la
Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda
(RESFC-2019-30-APN-SECH#MHA).
Que a través del artículo 3° de la resolución conjunta 43 del 13 de
junio de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de
Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-43-APN-SECH#MHA)
se amplió el total emitido de las “Letras del Tesoro vinculadas al
Dólar Estadounidense 4,25% Vto. 4 de septiembre de 2019”, “Letras del
Tesoro vinculadas al Dólar Estadounidense 4,25% Vto. 3 de octubre de
2019”, “Letras del Tesoro vinculadas al Dólar Estadounidense 4,25% Vto.
5 de noviembre de 2019” y “Letras del Tesoro vinculadas al Dólar
Estadounidense 4,25% Vto. 4 de diciembre de 2019”, emitidas
originalmente mediante la resolución conjunta 37 del 14 de mayo de 2019
de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del
Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-37-APN-SECH#MHA), por un monto en
conjunto de hasta valor nominal original dólares estadounidenses
ochocientos millones (VNO USD 800.000.000), quedando un saldo pendiente
de colocación de un valor nominal original dólares estadounidenses
quinientos sesenta y tres millones trescientos sesenta mil ochocientos
treinta y uno (VNO USD 563.360.831), por lo que se considera
conveniente proceder a su desafectación.
Que a través del artículo 2° de la resolución conjunta 19 del 18 de
septiembre de 2018 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de
Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda
(RESFC-2018-19-APN-SECH#MHA), se dispuso la emisión de las “Letras del
Tesoro Capitalizables en Pesos con vencimiento 30 de septiembre de
2019” por un monto de hasta un valor nominal original pesos cincuenta
mil millones (VNO $ 50.000.000.000), quedando un saldo pendiente de
colocación de valor nominal original pesos cinco mil novecientos
sesenta y un millones ochocientos diecisiete mil ciento treinta y cinco
(VNO $ 5.961.817.135), por lo que se considera conveniente afectar a
las autorizaciones presupuestarias del corriente ejercicio un total de
valor nominal original pesos tres mil setecientos noventa y dos
millones treinta mil seiscientos dieciocho (VNO $ 3.792.030.618).
Que a través del artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de
enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de
Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA)
se sustituyeron las normas de “Procedimiento para la Colocación de
Instrumentos de Deuda Pública”, aprobadas mediante el artículo 1° de la
resolución 162 del 7 de septiembre de 2017 del ex Ministerio de
Finanzas (RESOL-2017-162-APN-MF).
Que la ampliación de la emisión de las letras a cuarenta (40) días de
plazo remanente está contenida dentro del límite que al respecto se
establece en el artículo 41 de la ley 27.467.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el
artículo 41 de la ley 27.467, y en el apartado I del artículo 6° del
anexo al decreto 1344/2007.
Por ello,
EL SECRETARIO DE FINANZAS
Y
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1 º.- Disponer la ampliación de la emisión de las “Letras del
Tesoro Capitalizables en Pesos con vencimiento 31 de julio de 2019”
originalmente emitidas a través del artículo 1° de la resolución
conjunta 30 del 8 de abril de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la
Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda
(RESFC-2019-30-APN-SECH#MHA), por un valor nominal original pesos
cuatro mil doscientos noventa millones trescientos catorce mil
cuatrocientos treinta y seis (VNO $ 4.290.314.436), las que serán
colocadas conforme las normas de procedimiento aprobadas mediante el
artículo 2° de la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la
Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del
Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA).
ARTÍCULO 2º.- Disponer la desafectación del saldo emitido y no colocado
de las “Letras del Tesoro vinculadas al Dólar Estadounidense 4,25% Vto.
4 de septiembre de 2019”, “Letras del Tesoro vinculadas al Dólar
Estadounidense 4,25% Vto. 3 de octubre de 2019”, “Letras del Tesoro
vinculadas al Dólar Estadounidense 4,25% Vto. 5 de noviembre de 2019” y
“Letras del Tesoro vinculadas al Dólar Estadounidense 4,25% Vto. 4 de
diciembre de 2019”, emitidas originalmente a través de los artículos
1°, 2°, 3° y 4° de la resolución conjunta 37 del 14 de mayo de 2019 de
la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del
Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-37-APN-SECH#MHA), y ampliadas
mediante el artículo 3° de la resolución conjunta 43 del 13 de junio de
2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas
del Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-43-APN-SECH#MHA), por un total
de valor nominal original dólares estadounidenses quinientos sesenta y
tres millones trescientos sesenta mil ochocientos treinta y uno (VNO
USD 563.360.831).
ARTÍCULO 3º.- Afectar a las autorizaciones presupuestarias del
corriente ejercicio el monto emitido y no colocado en ejercicios
anteriores de las “Letras del Tesoro Capitalizables en Pesos con
vencimiento 30 de septiembre de 2019”, emitidas mediante la resolución
19 del 18 de septiembre de 2018 de la Secretaría de Finanzas y de la
Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda
(RESFC-2018-19-APN-SECH#MHA), por un valor nominal original pesos tres
mil setecientos noventa y dos millones treinta mil seiscientos
dieciocho (VNO $ 3.792.030.618), las que serán colocadas conforme las
normas de procedimiento aprobadas mediante el artículo 2° de la
resolución conjunta 9/2019 de la Secretaría de Finanzas y de la
Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Hacienda.
ARTÍCULO 4º.- Autorizar al Director Nacional de la Oficina Nacional de
Crédito Público, o al Director de Administración de la Deuda Pública, o
al Director de Programación e Información Financiera, o al Director de
Análisis del Financiamiento, o al Coordinador de Títulos Públicos, o al
Coordinador de Emisión de Deuda Interna, a suscribir en forma
indistinta la documentación necesaria para la implementación de las
operaciones dispuestas en los artículos 1°, 2° y 3° de esta resolución.
ARTÍCULO 5º.- Esta medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Santiago Bausili - Rodrigo Hector Pena
e. 24/06/2019 N° 44171/19 v. 24/06/2019