MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
Disposición 70/2019
DI-2019-70-APN-SSCRYF#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2019
VISTO el Expediente EX-2018-62836774-APN-DNCH#MSYDS y las Resoluciones
del entonces Ministerio de Salud Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006; Nº
1922 de fecha 6 de diciembre de 2006; Nº 1342 de fecha 10 de octubre de
2007; Nº 1814 de fecha 9 de octubre de 2015; y las Disposiciones de la
entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN Nº 104
de fecha 24 de noviembre de 2015 y N° 279 de fecha 5 de septiembre de
2018 y;
CONSIDERANDO:
Que a través de la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de
2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD y se establecen criterios básicos, los integrantes del
sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD – COFESA -
como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano
en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO como
coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes
jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por
Entidades representativas del sector, conforme lo establecido por
Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Que a la vez dicho sistema prevé un Registro Único de Entidades
Evaluadoras, conformado por Sociedades Científicas, Universidades y
otras Organizaciones Civiles.
Que mediante Disposición Subsecretarial Nº 104 de fecha 24 de noviembre
de 2015, se han aprobado los nuevos Estándares Nacionales y Contenidos
Transversales, para la Acreditación de Residencias del Equipo de Salud,
y los formularios nacionales para la evaluación de residencias del
equipo de salud (Instrumento Nacional de Residencias del Equipo de
Salud, Encuesta de Residentes y Guía para los Evaluadores), a los
efectos de que los mismos definan los criterios mínimos para el
funcionamiento de formación de residencias, refrendados por la COMISIÓN
TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL
DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que la especialidad médica Psiquiatría está incluida en el listado de
especialidades reconocidas por el entonces MINISTERIO DE SALUD
(Resolución N° 1814/2015).
Que mediante Disposición N° 279 de fecha 5 de septiembre de 2018 de la
entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN la
entidad Asociación de Psiquiatras Argentinos ha sido incorporada al
Registro de Entidades Evaluadoras.
Que la propuesta pedagógica presentada por la Residencia se expresa en
un programa de formación que se encuadra en lo prescripto en la
Resolución Ministerial Nº 1342 de fecha 10 de Octubre de 2007.
Que la entidad Asociación de Psiquiatras Argentinos ha realizado la
evaluación de la residencia de Psiquiatría de la institución Hospital
de Clínicas Nuestra Señora del Carmen (Tucumán), utilizando el
Instrumento Nacional de Evaluación y ha informado que la Residencia
está en condiciones de ser acreditada por un período de 3 (TRES) años y
ha formulado recomendaciones para su mejora.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO elaboró un Informe Técnico
de acuerdo a la documentación remitida por la Entidad Evaluadora, a los
Estándares Nacionales de Acreditación y a las encuestas realizadas a
los residentes, expidiéndose en igual sentido y proponiendo asignar la
categoría B.
Que el MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a los efectos de
orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de esta
residencia ha elaborado las recomendaciones pertinentes.
Que la COMISIÓN ASESORA DE EVALUACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ha supervisado el procedimiento realizado.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios
para la acreditación de la residencia de Psiquiatría de la institución
Hospital de Clínicas Nuestra Señora del Carmen (Tucumán).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Acredítase la Residencia médica de Psiquiatría de la
institución Hospital de Clínicas Nuestra Señora del Carmen (Tucumán),
en la Categoría B por un período de 3 (TRES) años a partir de la fecha
de publicación de la presente, de acuerdo con los informes emitidos por
la Entidad Evaluadora Asociación de Psiquiatras Argentinos y la
DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO y en concordancia con los
Estándares Nacionales para la Acreditación de las Residencias del
Equipo de Salud.
ARTÍCULO 2º.- La Residencia Médica de Psiquiatría de la institución
Hospital de Clínicas Nuestra Señora del Carmen (Tucumán) deberá:
a. Adecuar los contenidos del Programa y su desarrollo formativo desde
los primeros años de la residencia considerando los principios
establecidos en la Ley Nacional de Derecho a la Protección de la Salud
Mental N° 26657 y su Decreto Reglamentario N° 603/2013.
b. Anexar al Programa jurisdiccional la adecuación local con
especificaciones sobre las rotaciones, actividades y evaluación propias
de la sede de la Residencia.
c. Completar en el Programa y cronograma de actividades de formación
todos los Contenidos Transversales, previendo la modalidad de enseñanza
y asegurar su desarrollo durante la Residencia, según Disposición N°
104/2015.
d. Reducir y adecuar la carga horaria de las Guardias de la Residencia,
según lo establecido en los Estándares Nacionales de Acreditación
(Disposición N° 104/2015).
e. Distribuir uniformemente la cantidad de guardias durante el trascurso de la Residencia.
f. Garantizar el cumplimiento del descanso post-guardia de no menos de
6 horas fuera de la Institución, según los Estándares Nacionales de
Acreditación (Disposición N° 104/2015) y Resolución N° 1993/2015.
g. Sistematizar el registro de prácticas y procedimientos que realiza
cada residente en la sede y en las rotaciones que resulten accesibles
para el análisis y supervisión, según lo establecido en los Estándares
Nacionales de Acreditación (Disposición N° 104/2015).
h. Realizar actividades de Investigación en las que participen los
residentes de los distintos años de formación, con niveles crecientes
de responsabilidad hacia el interior de una Investigación y/o a lo
largo de la Residencia y estimular la presentación de trabajos de
Investigación en la Especialidad, en Congresos, Ateneos y/o Jornadas
Institucionales, según Estándares Nacionales de Acreditación
(Disposición N° 104/2015).
i. Promover la formación pedagógica en el equipo docente y el
asesoramiento pedagógico para el desarrollo de actividades formativas.
j. Asegurar la supervisión capacitante sistematizada de las prácticas de los residentes.
k. Estimular el aprendizaje en contextos interdisciplinarios en todos los escenarios, incluidas las guardias externas.
l. Mejorar el acceso a bibliotecas electrónicas y a revistas de la
especialidad, según Estándares Nacionales de Acreditación (Disposición
N° 104/2015).
ARTÍCULO 3°.- La Residencia Médica de Psiquiatría de la institución
Hospital de Clínicas Nuestra Señora del Carmen (Tucumán), deberá
anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO el
listado correspondiente a los residentes activos y de los egresados
durante el período correspondiente a la vigencia de la Acreditación.
ARTÍCULO 4º.- La nueva acreditación deberá gestionarse ante este
Ministerio 6 meses antes de su vencimiento conforme lo establece la
Resolución Ministerial Nº 450 de fecha 7 de abril de 2006 y en esta, se
tendrá en cuenta el grado de cumplimiento de las recomendaciones
establecidas en el ARTÍCULO 2º para mantener o superar la categoría.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección
Nacional de Registro Oficial y archívese. Javier O’Donnell
e. 24/06/2019 N° 44169/19 v. 24/06/2019