Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2019
VISTO los Expedientes Nº EX-2017-28586662-APN-SG#SSS y Nº
EX-2018-02780136-APN-GAJ#SSS y el Decreto Nº 858, del 26 de septiembre
de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto citado en el VISTO se intervino, por el término de
CIENTO OCHENTA (180) días, la OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES
Y MONOTRIBUTISTAS – OSDEPYM (RNOS N° 4-0170-4), designándose
interventor al Sr. José Alberto BERECIARTÚA (D.N.I. N ° 14.156.150).
Que en este marco, el nombrado -a través de esta Repartición- debía
informar mensualmente a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD sobre
la situación de la entidad y su evolución administrativa y prestacional.
Que así pues, el Sr. BERECIARTÚA presentó los informes de gestión de
estilo, los que dieron lugar a la intervención de las áreas técnicas de
la SUPERINTENDENCIA DE SERVCIOS DE SALUD, que llevaron a cabo -en la
sede del Agente del Seguro de Salud- sendas Auditorías prestacional y
contable.
Que con fecha 7 de junio de 2019, el Interventor de la Obra Social
informó que en cumplimiento del Decreto Nº 858/18 y la Resolución
Particular I.G.J. Nº 764/2018 se ha previsto la convocatoria a Asamblea
General Ordinaria y Extraordinaria de OSDEPYM para el próximo 7 de
agosto del corriente año 2019; encontrándose abocado a dicha tarea
conjuntamente con la Inspección General de Justicia.
Que en este orden, solicitó se prorrogue la Intervención del Agente del
Seguro de Salud dispuesta por el citado Decreto, como así, su
designación como Interventor de la referida entidad, por un plazo de
NOVENTA (90) días o hasta la asunción de las nuevas autoridades de
OSDEPYM, lo que primero acontezca.
Que es dable señalar, que el mencionado Decreto en su artículo 4º
expresamente instruía al Interventor a disponer -cuando las condiciones
institucionales de la Obra Social así lo permitieran- la convocatoria a
una Asamblea General Ordinaria a fin de llevar a cabo el acto
eleccionario, para la definitiva normalización de las condiciones de
funcionamiento de la OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y
MONOTRIBUTISTAS – OSDEPYM (RNOS N° 4-0170-4).
Que el artículo 1° de la norma citada facultó a este MINISTERIO DE
SALUD Y DESARROLLO SOCIAL a prorrogar el plazo de la intervención, de
considerarse necesario para la consecución de los objetivos
perseguidos, tendientes a la normalización del referido Agente del
Seguro de Salud.
Que la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD ha prestado la conformidad pertinente.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
SALUD del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBSECRETARÍA DE
ARTICULACIÓN JURÍDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD Y
DESARROLLO SOCIAL han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones
conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el plazo de NOVENTA (90) días la
Intervención dispuesta por Decreto Nº 858 del 26 de septiembre de 2018,
de la OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS –
OSDEPYM (RNOS N° 4-0170-4) o hasta la asunción de las nuevas
autoridades del Agente del Seguro de Salud, lo que primero acontezca.
ARTÍCULO 2°.- Prorrógase por el plazo de NOVENTA (90) días la
designación dispuesta por Decreto Nº 858 del 26 de septiembre de 2018,
del Sr. José Alberto BERECIARTÚA (D.N.I. N° 14.156.150) como
Interventor de la OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y
MONOTRIBUTISTAS – OSDEPYM (RNOS N° 4-0170-4) o hasta la asunción de las
nuevas autoridades del Agente del Seguro de Salud, lo que primero
acontezca.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese. Carolina Stanley
e. 25/06/2019 N° 44808/19 v. 25/06/2019