ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4510/2019
RESOG-2019-4510-E-AFIP-AFIP -
Procedimiento. Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus
modificaciones. Régimen de facilidades de pago. Obligaciones vencidas
hasta el 31/01/2019, inclusive. Resolución General N° 4.477. Norma
modificatoria.
Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2019
VISTO la Resolución General N° 4.477, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada norma se estableció un régimen de facilidades de
pago en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES” aplicable a la
cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la
seguridad social vencidas hasta el día 31 de enero de 2019, así como
refinanciar planes vigentes presentados conforme a lo previsto por la
Resolución General N° 4.289, y sus modificatorias, sin que ello
implique la reducción total o parcial de los intereses resarcitorios
y/o punitorios o la liberación de las pertinentes sanciones.
Que atendiendo a razones de administración tributaria y a los fines de
coadyuvar al cumplimiento de las referidas obligaciones, resulta
aconsejable extender la fecha de adhesión a los planes de facilidades
de pago previstos en el Título I, para los contribuyentes que no
registren la condición de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en el
“REGISTRO DE EMPRESAS MiPyMES” y que hayan solicitado planes cuyo pago
a cuenta sea del VEINTE POR CIENTO (20%) del monto consolidado.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y de
Recaudación.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°- Sustitúyese en el punto 1.2 del Apartado 1 del Artículo 21
de la Resolución General N° 4.477, la expresión “… 25 de junio de
2019…”, por la expresión “…31 de julio de 2019…”.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Leandro Germán Cuccioli
e. 26/06/2019 N° 45487/19 v. 26/06/2019