e. 04/07/2019 N° 47584/19 v. 04/07/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial.)
ANEXO
PLAN NACIONAL PARA EL MANEJO
SOSTENIBLE DEL GUANACO (Lama guanicoe)
Contenido
1 Conservación del guanaco en
Argentina: estado del conocimiento
1.1 Introducción
1.1.1 Clasificación taxonómica
1.1.2 Distribución
El guanaco, junto a la vicuña (
Vicugna
vicugna), la alpaca (
Vicugnapacos)
y la llama (
Lama glama),
pertenece al grupo de los camélidos sudamericanos y es el herbívoro
nativo de mayor tamaño (110-140 kg en adultos) en los ambientes áridos
del oeste y sur de Sudamérica. Su distribución abarca desde Perú hasta
Tierra del Fuego y desde el nivel del mar hasta los 4.600 msnm (Puig,
1995).
En Argentina el área de distribución geográfica del guanaco comprende
diferentes territorios de las provincias de: Tierra del Fuego, Santa
Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén, La Pampa, Buenos Aires, San Luis,
Córdoba, Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca, Tucumán, Salta y Jujuy.
El guanaco fue el herbívoro dominante del sur de Sudamérica luego de la
extinción de la megafauna del pleistoceno, con un número estimado de
individuos de 30-50 millones hasta el siglo XIX (Raedeke, 1979). En
particular, predominó en la estepa patagónica (Markgraf, 1985), donde
cumplió un importante rol ecológico en el ecosistema, impactando la
distribución, abundancia y composición de las comunidades vegetales.
Fue un recurso básico para la subsistencia de las poblaciones
aborígenes precolombinas, proveyendo alimento, vivienda y vestimenta
(Borrero, 2001).
El guanaco posee numerosas adaptaciones, anatómicas y fisiológicas, a
los ambientes áridos y fríos donde habita que le permiten, entre otras
cosas, tener una eficiencia digestiva que facilita el aprovechamiento
de pasturas con alto contenido de hemicelulosa (Vila, 2012), una menor
tasa de ingesta que los rumiantes verdaderos (San Martin y Bryant,
1988) y ocupar hábitats con marcadas diferencias en estructura de la
vegetación, relieve y clima. Incluso, puede desplazarse estacionalmente
en áreas con clima inestable e inviernos rigurosos, donde la calidad
del forraje baja estacionalmente (Raedeke, 1979; Ortega y Franklin,
1995; Young y Franklin, 2004). Por el contrario, en presencia de clima
estable y buena condición de forraje, las poblaciones de guanacos
muestran tendencia al sedentarismo (Raedeke, 1979; Franklin, 1983).
Se estima que desde el Pleistoceno (entre 20 y 10 mil años atrás) el
guanaco fue el ungulado de más amplia distribución en el sur del
continente hasta que, con el inicio de la colonización europea, sus
poblaciones comenzaron a registrar una tendencia declinante. A fines
del siglo XIX la población total de guanacos no superaba los 7 millones
de individuos (Cabrera y Yepes, 1960; Torres, 1985). El modelo causal
de la declinación poblacional muestra que la principal amenaza deriva
de las actividades antrópicas que definen procesos de degradación y
pérdida de su hábitat. Actualmente la especie ocupa el 40 % de su
distribución original (Baldi
et al.,
2010). Hay que destacar la diferencia significativa del grado de
abundancia de la especie, según las áreas involucradas. La Patagonia,
en particular el sector sur, cuenta con poblaciones abundantes, y en
algunos casos con tendencias de crecimiento, mientras que en la región
centro-oeste-norte del país, la especie se distribuye en poblaciones
más pequeñas y, en muchos casos, aisladas (Puig, 1992; Franklin
et al., 1997; Baigún
et al. 2008).
No obstante ello, la Unión Internacional para la Conservación de la
Naturaleza (UICN) considera al guanaco como
preocupación menor
en función de su amplia distribución continental, aunque señala la
vulnerabilidad de algunas poblaciones pequeñas fragmentadas y aisladas,
en contraste con poblaciones que son localmente abundantes (Baldi
et al., 2016).
Igual situación plantea la Sociedad Argentina para el Estudio de los
Mamíferos
(Ojeda
et al., 2012) al considerarla como
de preocupación menor en su Libro Rojo de los Mamíferos Amenazados de
Argentina.
1.2 Hábitat
Los hábitats típicos en los que se distribuyen las poblaciones de
guanacos son las serranías, valles, mesetas y zonas desérticas; tanto
en las mesetas patagónicas, como en la precordillera, centro y norte de
Argentina. (1)
En la región Patagónica se encuentra presente en todas las provincias.
Mientras que en las serranías y llanos se lo puede encontrar en parte
de las provincias de Buenos Aires, La Pampa, San Luis y Córdoba; y en
la zona cordillerana se lo encuentra en parte de las provincias de
Mendoza, San Juan, La Rioja, Catamarca, Salta, Tucumán y Jujuy.
En el área de distribución se destaca la Patagonia árida y semiárida,
en tanto alberga entre el 80 y 90% de la población total de guanacos de
Argentina (Amaya et al., 2001). Esta región comprende un área de
alrededor de 600.000 km2 y es el único pastizal-arbustal templado de
Sudamérica.
1.3 Situación poblacional
Dentro de Argentina y como fuera mencionado, la región patagónica
reviste gran importancia dentro del área de distribución de las
poblaciones silvestres de guanacos y es en esta región donde se han
efectuado diferentes relevamientos y estimaciones poblacionales, entre
las que se destacan las siguientes:
- En Santa Cruz, Travaini y colaboradores (2015), estimaron para las
temporadas estivales de 2004/2005 y 2005/2006, un total de 1.066.000
guanacos (CV 19,65 - IC del 95%: 0,7 a 1,6 millones).
- Para la ej ecución de la Prueba Piloto desarrollada durante 2018 en
la provincia de Santa Cruz el Grupo de Recursos Naturales EEA Santa
Cruz realizó relevamientos de poblaciones de guanacos a escala predial
en 9 establecimientos ganaderos con alta densidad de guanacos los que
sumaban una superficie total de 227.217 ha, estimando una abundancia de
64.440 individuos y un rango de densidad de 10,64-61,22 ind/km2.
- Para Chubut, Pedrana y colaboradores (2019) estimaron para el año
2006, el tamaño de la población de guanaco en 657.304 individuos (IC
95% 457.437 a 944.059 individuos), con una densidad media de 2,97
guanacos/km2.
- En Tierra del Fuego, Montes y colaboradores efectuaron un análisis
poblacional en el año 2000. Para los 2.610 km2 sobrevolados, se
estimaron 19.952 guanacos con densidades medias que fluctuaron entre
0,33 ind/ km2 en la estepa y 2,13 ind/ km2 en el ecotono bosque-estepa.
- El Dr. Adrián Schiavini, investigador del CADIC menciona que el
relevamiento efectuado en 2017, estimó la población de guanacos en
Tierra del Fuego en 50 mil animales (com. pers.).
En el sector norte de Patagonia, y otras áreas de distribución de la
especie en el oeste y noroeste del país, se documentaron los siguientes
datos:
- En el Primer Censo Nacional de Camélidos Silvestres al Norte del Río
Colorado, el área de distribución del guanaco se observó altamente
fragmentada (Baigún
et al.
2008). El acceso a los sitios con esta especie resultó dificultoso,
denotando el corrimiento que tuvieron los guanacos hacia zonas
desfavorables. La densidad mínima estimada en el 76 % de la superficie
relevada fue menor a 1 individuo/km2.
- En
Distribución de densidades de
guanacos (Lama guanicoe) en el norte de la reserva La Payunia y su área
de influencia (Mendoza, Argentina) Puig
et al.
(2003) estimaron las densidades de guanacos al norte de La Payunia
durante la temporada 2002/03. La densidad promedio obtenida a lo largo
del recorrido fue de 3,79 guanacos por km2 (ES = 0,56) (2).
Cabe mencionar la existencia de un informe del INTA:
Distribución y densidad de guanacos (Lama
guanicoe) en la Patagonia elaborado por Bay Gavuzzo
et al.
(2015) en el que se estimó población y densidad de la especie en las
provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut y Santa Cruz, concluyendo que
la población total de guanacos en la región era de 2.087.039 individuos
y que la mayor densidad de guanacos correspondía a la provincia de
Santa Cruz con valores que según biozona,van desde 6,59 ind/km2 hasta
8,10 ind/km2.
Tal como reflejan los datos enunciados, si bien no existe un trabajo
completo sistemático de evaluación poblacional para todo el territorio
argentino, sí es factible concluir que las provincias de Santa Cruz y
Chubut cuentan con los mayores números poblacionales de la especie, así
como las mayores densidades registradas para diferentes zonas
geográficas. En este sentido, es más escasa la información respecto de
las poblaciones del centro-norte del país, donde en un futuro deberán
focalizarse mayores esfuerzos por identificar y caracterizar su
situación poblacional, así como los principales esfuerzos por su
conservación en vistas a que dichas poblaciones serían las más
vulnerables a nivel nacional.
1.4 Factores que inciden sobre las
poblaciones silvestres
1.4.1 Estructura social:
La estructura social tiene consecuencias importantes en la dinámica
poblacional (Wilson, 1975) y debe considerarse en el diseño de
estrategias de manejo y conservación (Dobson y Poole, 1998), sobre todo
en los animales altamente sociales como el guanaco. El guanaco es una
especie poligínica por defensa de recursos. Los grupos familiares están
constituidos por harenes, formados por hembras y crías, controlados por
un macho adulto territorial. También existen grupos de machos
socialmente excluidos temporalmente de la reproducción y, por otro
lado, machos solitarios que desafían a los machos territoriales por el
control de los harenes (Franklin, 1983; Puig y Videla, 1995), aunque en
algunos grupos de machos suele encontrarse hasta un 15 % de hembras
(Saba y de Lamo, 1990). La estructura social en los ungulados en
general está influenciada por variables ecológicas tales como la
dispersión de alimento y presencia de depredadores (
Puma concolor y Lycalopex culpaeus
para el caso del guanaco), y por factores propios de la especie tales
como tamaño corporal y sistema de apareamiento, entre otros (Jarman,
1974)
Hay evidencias de que el tamaño medio de los grupos familiares de
guanacos se mantiene en poblaciones de densidades tanto altas como
bajas (Baldi
et al, 2004;
Saba
et al.,
2004). Los principales determinantes en la variación del tamaño del
grupo en grandes herbívoros se relacionan con el riesgo de depredación,
la estructura del hábitat (como la distribución espacial de pastos y
arbustos disponibles) y la densidad poblacional (Jarman, 1974; Pulliam
y Caraco, 1984). En los guanacos, las distintas estructuras sociales
responderían diferente a estas condiciones ecológicas para determinar
el tamaño del grupo (Marino y Baldi, 2014). Por lo tanto, es de esperar
que la alta territorialidad de los grupos familiares, la tendencia a
mantener un número mínimo de individuos por grupo y ciertas condiciones
ecológicas afecten a la dinámica de las poblaciones locales y a su
probabilidad de persistencia bajo distintos grados de disturbio, ya que
a medida que disminuye la abundancia de individuos, habrá una menor
densidad de agrupaciones, o una mayor separación espacial entre núcleos
poblacionales.
1.4.2 Interacciones interespecíficas:
a) Competencia por el alimento:
el guanaco, como herbívoro generalista de selectividad intermedia, es
capaz de consumir la mayoría de las especies de plantas disponibles,
tanto pastos como especies leñosas, principalmente arbustos (Puig,
1995; Puig
et al., 2001;
Baldi
et al.,
2004). El principal ungulado introducido para ganadería en el rango de
distribución del guanaco, el ovino doméstico, es también generalista de
selectividad intermedia. Estudios llevados a cabo en la Patagonia han
mostrado que guanacos y ovinos se solapan significativamente en sus
preferencias dietarias -un 83 % en Patagonia septentrional- (Puig
et al.,
2001). Aunque guanacos y ovinos son capaces de consumir alrededor de
100 especies de plantas, el 80 % de sus dietas está compuesto por solo
17 especies y los pastos de los géneros Poa y Stipa componen hasta el
40 % de sus dietas en el este y el centro de la Patagonia (Amaya, 1985;
Baldi 1999; Baldi
et al.,
2004). A esto se suma el avance del ciervo colorado (Cervus elaphus)
(3) en el oeste de la Patagonia.
b) Depredación: El guanaco es
la principal presa del puma (Puma concolor). La interacción de ambas
especies fue afectada en partes de sus distribuciones por la
extirpación del puma, la reducción de la densidad de guanacos por la
acción humana directa y el aumento de la prevalencia de especies
introducidas (Novaro y Walker, 2005; Zanón
et al.,
2012). Recientemente, el puma ha recolonizado gran parte de su rango de
distribución original en Patagonia y su efecto sobre poblaciones de
guanacos es significativo. Donde los guanacos son abundantes y en
poblaciones que se encuentran dentro de los límites de áreas
protegidas, sigue siendo la presa esencial para el puma (Donadio
et al.,
2009) y la depredación una causa importante de muerte en los guanacos.
Por ejemplo, en la Reserva la Payunia la depredación por puma causa
72,9 % de las muertes reportadas para la especie (Bolgeri y Novaro,
2015) y en poblaciones de la costa patagónica, las muertes por
depredación también son elevadas (el 78 %, Marino, 2010; el 51 %,
Fernández y Baldi, 2014). La depredación podría limitar el crecimiento
de poblaciones de guanaco que se encuentran a baja densidad (Donadío
et al.,
2012). La estructura social del guanaco y su comportamiento puede
afectar la vulnerabilidad a la depredación, mientras que los individuos
de poblaciones que realizan desplazamientos migratorios o importantes
cambios estacionales en el uso del espacio pueden verse expuestos a
distintos niveles de depredación dependiendo donde se encuentren
(Fryxell y Sinclair, 1988; Bolgeri y Novaro, 2015).
1.4.3 Acción antrópica
Entre las amenazas para las poblaciones de guanacos se pueden mencionar
las siguientes:
- Degradación y fragmentación del
hábitat:
la pérdida y degradación de hábitat que ocupa la especie, afecta los
sitios más productivos de los paisajes, por lo que las poblaciones de
guanacos quedan restringidas en pequeñas áreas empobrecidas, perdiendo
la conectividad y el intercambio genético con otras poblaciones. Las
barreras antrópicas en el paisaje, como alambrados, rutas, campos
productivos, actividades extractivas etc., interrumpen el acceso a
sitios de alimentación y agua (Bolgeri, 2016). Por otro lado, si la
población es migratoria o realiza cambios estacionales importantes en
el uso del espacio pueden ver obstaculizada su ruta migratoria o su
rango estacional. En general es incapaz de buscar recursos en otros
sitios, por lo que comienza a ser insostenible el número de individuos
de la población, declinando la abundancia en un corto tiempo (Harris
et al.,
2009). Los alambrados además de actuar como una barrera semipermeable
para los guanacos, causan mortalidad directa por enganche,
especialmente para los individuos de un año de edad, la altura de los
alambrados es un factor de riesgo clave para la especie (Rey
et al.,
2012). Por lo tanto, la degradación y fragmentación del hábitat
conducen a la reducción de las densidades poblacionales de guanacos y a
la inestabilidad en el tiempo dado que, en general, ocurren en áreas
degradadas, pequeñas y aisladas de otras poblaciones, pudiendo
desaparecer procesos ecológicos de la especie (4). Por otro lado, en
las últimas décadas ha habido una expansión de la exploración y
extracción hidrocarburífera y minera en Patagonia, con una gran
superficie del territorio impactada por esta actividad (Radovani
et al.,
2015). En esta región, además del avance de la desertificación, merecen
ser mencionados dos hechos importantes: la prolongada sequía desde el
año 2005 y la acción de las cenizas producto de las últimas erupciones
volcánicas (volcanes Hudson -1991- y Puyehue -2011- con mayor
relevancia) que acentuaron el descenso de los índices de productividad
(Andrade y Herrera, 2016).
- Caza: En localidades
particulares, la caza furtiva, ya sea deportiva, de control o de
consumo puede significar una presión sobre determinadas poblaciones.
1.5 Áreas Protegidas
Dentro de las estrategias de conservación
in situ
el diseño y creación de áreas protegidas específicas para el guanaco
colaboran para evitar su aislamiento, mantener poblaciones viables y
ecológicamente funcionales.
En el Sistema de Información de Biodiversidad (SIB), la conservación
del guanaco en el sistema nacional de áreas protegidas queda reflejada
de la siguiente manera:
El guanaco fue citado en las siguientes 19 áreas protegidas de
jurisdicción nacional:
1 - PNAconquija, Tucumán
2 - PN Bosques Petrificados de
Jaramillo, Santa Cruz
3 - PN Los Cardones, Salta
4 - PN Los Glaciares, Santa Cruz
5 - PN Lanín, Neuquén
6 - PN Laguna Blanca, Neuquén
7 - PN Lihué Calel, La Pampa
8 - PN El Leoncito, San Juan
9 - PN Monte León, Santa Cruz
10 - PN Nahuel Huapi, Neuquén /Río
Negro
11 - RN Punta Buenos Aires, Chubut
12 - PN Patagonia, Santa Cruz
13 - PN Perito Moreno, Santa Cruz
14 - RN Quebrada del Portugués /
Estancia El Mollar, Tucumán
15 - PN San Guillermo, San Juan
16 - PN Sierra de las Quijadas, San
Luis
17 - PN Talampaya, La Rioja
18 - PN Tierra del Fuego, Tierra del
Fuego
19 - PN Traslasierra, Córdoba
Dichas áreas naturales protegidas bajo administración de la APN
totalizan una superficie de 31.505,76 km2
Entre las áreas protegidas bajo jurisdicción provincial con presencia
de guanacos, se destacan por su relevancia:
- Reserva Total La Payunia (El Payén)
Esta Reserva Total se encuentra en Malargüe, Mendoza y sus objetivos
son la preservación de especies y diversidad genética y la conservación
de una zona enriquecida por su fauna y flora autóctonas, como así
también la preservación del hábitat. Fue creada mediante el Decreto
Provincial 003917/82. Su superficie es de 450.000 ha.
- Reserva de Uso Múltiple Auca Mahuida
Esta reserva se encuentra en la zona de transición entre las provincias
fitogeográficas del Monte y Patagonia, en la localidad de Rincón de los
Sauces, Neuquén. Sus objetivos son la preservación de especies y
diversidad genética, la protección de características naturales
específicas, proteger un área representativa del ambiente árido y
semiárido de la Patagonia extra andina y el hábitat del guanaco. Su
instrumento legal de creación es la ley 001446/96. Su superficie total
es de 77.020 ha.
- Reserva Provincial de Uso Múltiple Corazón de la Isla
Esta reserva de uso múltiple de 100.000 ha fue creada por Ley
Provincial 494/2000, se encuentra ubicada en Río Grande, Provincia de
Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur y sus objetivos generales son los
de conservar el equilibrio de sus ambientes; regular el uso de sus
recursos naturales y el uso sostenible de recursos naturales. Sus
objetivos específicos son la protección de un sector boscoso fueguino
con predominio de bosques caducifolios de lenga y ñire y la protección
de lagos y cuencas.
- Reserva Provincial de Uso Múltiple Salinas Grandes
Esta reserva se encuentra en la provincia de Córdoba en un área ubicada
en los Departamentos de Tulumba, Ischilin, y Cruz del Eje. Fue creada
mediante el Decreto 464/2003. Su superficie es de 200.000 ha.
- Reserva Provincial - Sitio Ramsar Laguna Brava
Esta área creada mediante Ley Provincial N° 3944 del año 1980, se ubica
en la zona cordillerana de la provincia de La Rioja. En febrero de 2003
fue designada como Sitio Ramsar. Entre sus objetivos se encuentra la
preservación y aprovechamiento de camélidos, vicuñas y guanacos del
ecosistema andino. Su superficie abarca 243.000 ha en Altos Andes y
162.000 ha en Puna con un total de 405.000 ha.
- Área Natural Protegida Península Valdés
Esta área fue creada mediante la Ley N° 4722 de la provincia de Chubut
como un área protegida terrestre y marítima con el objetivo de
preservación de especies y diversidad genética, y la protección de
características naturales específicas. Su superficie es de
aproximadamente 4000 km2.
Distribución del guanaco (Lama
guanicoe) en Sudamérica. Modificado de UICN (2018) y World Data Bank on
Protected Areas (WDPA).
Si se computa el total de áreas protegidas -tanto nacionales como
provinciales- que se encuentran dentro del área de distribución del
guanaco, la situación es la siguiente:
Fuente: elaboración propia en base a
cartografía de UICN (2018) y World Data Bank on Protected Areas (WDPA)
(5)
En base a estos datos un 13 % del área de distribución de la especie en
Argentina, se encontraría bajo diferentes niveles de protección.
1.6 Marco normativo sobre guanaco
Existe normativa general y específica, nacional y provincial que ampara
al guanaco y reglamenta su aprovechamiento, a saber:
1.6.1 Normativa Nacional
A nivel nacional, existe legislación general vinculada a fauna
silvestre, que aplica a la situación de la especie, y resoluciones
específicas de la autoridad ambiental que tienen incidencia sobre
diferentes aspectos del manejo y conservación de la misma:
- Ley 22.344. Convención sobre el Comercio Internacional de Especies
Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES) del año 1980.
- Decreto 522/1997. Decreto reglamentario de la Ley 22.344.
- Ley 22.421. Protección y Conservación de la Fauna Silvestre del año
1981.
- Decreto 666/1997. Decreto reglamentario de la Ley 22.421. Protección
y Conservación de la Fauna Silvestre.
- Resolución N° 026/1992 Ex SRNyAH. Creación de un Registro Nacional de
Criaderos. Requisitos que deben cumplimentar los mismos.
- Resolución N° 753/1996 Ex SRNyAH. Establece la Guía Única de Tránsito
a Nivel Nacional.
- Resolución N° 437/2006 Ex SAyDS. Actualización de los formularios
utilizados para realizar trámites de exportación, importación, guías de
tránsito, acreditaciones, pedidos de saldo, recupero de mercaderías y
transferencias en jurisdicción federal de animales vivos, productos y
subproductos de la fauna silvestre.
- Resolución N° 477/2006 Ex SAyDS. Apruébase el Plan Nacional de Manejo
del Guanaco.
- Resolución N° 711/2017 MAyDS
- Resolución N° 766-E/2017 MAyDS
1.6.2 Normativa Provincial sobre
guanaco
Las provincias en particular, han desarrollado marcos normativos
dispares, lo que refleja en parte la diversidad de situaciones en las
que se encuentra la especie a lo largo de su distribución, y que se
adaptan según el estado de conservación en que se encuentra en cada
territorio, desde situaciones más restrictivas (mayor grado de
protección) hasta la promoción del aprovechamiento sustentable de la
especie.
Tierra del Fuego: prohíbe en
todo el ámbito de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas
del Atlántico Sur, la caza por cualquier medio, la comercialización y
la industrialización de todo tipo de pinnípedos, cetáceos, guanacos,
zorros colorados y aves silvestres de cualquier especie (conf. Ley
provincial N° 101).
Santa Cruz: cuenta con Plan
Provincial de Manejo de Guanaco y tiene por objetivo manejar las
poblaciones silvestres de la especie guanaco en la provincia de Santa
Cruz, mediante la conservación, preservación y control para que cumplan
su rol ecológico y sean valoradas por su inserción y aprovechamiento en
los ámbitos económico, social y cultural, compatibilizando su presencia
con la producción ganadera sustentable y otras actividades económicas.
Asimismo, y como antecedente se señala que cuenta con diversa normativa
regulando la materia:
- La Resolución N° 184/05, crea el "PROGRAMA PROVINCIAL DE DESARROLLO
DE LA CRIA Y EL USO SUSTENTABLE DEL GUANACO.
- La Ley Provincial 2745/05 declara de interés Provincial la Cría en
cautividad o semicautividad del Guanaco a los fines de la
comercialización de ejemplares, productos y subproductos provenientes
de criaderos legalmente habilitados por la Autoridad de Aplicación.
- El Decreto N° 2276/07, autoriza al Consejo Agrario Provincial (CAP) a
hacer efectivo el Proyecto de Aprovechamiento Sustentable de Plan de
Manejo del Guanaco de Santa Cruz
- La Resolución 253/07 del CAP, establece que la provincia de Santa
Cruz adhiere al Plan Nacional de Manejo del Guanaco establecido por
Resolución N° 477/2006 de la Dirección de Fauna Silvestre de la
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación.
- Ley Provincial 3039/08 crea el programa Provincial de Manejo
Sustentable del Guanaco, e instruye al CAP a elaborar un Plan de Manejo
de la especie.
- La Resolución N° 420/08 regula las actividades de caza de las
especies faunísticas, la comercialización de los productos y
sub-productos provenientes de la fauna silvestre, el sistema de
arancelamiento para distintas certificaciones y el sistema de multas.
- La Resolución N° 654/10 crea, en el ámbito del Consejo Agrario
Provincial, el registro Provincial de identificación de
establecimientos autorizados para el expendio de carne de guanacos en
fresco, plantas procesadoras y elaboradoras de alimentos, platos, etc.,
a base de carne de guanacos.
- Decreto N° 32/2015 que aprueba el Plan de Manejo del Guanaco en Santa
Cruz.
Chubut: adhirió al Plan
Nacional de Manejo de Guanaco (2006) por Resolución 47/07. Cuenta con
Plan Provincial de Guanaco aprobado por Resolución N° 131/2012 y lleva
un Registro de Evaluadores de las Poblaciones de Guanaco, los cuales
realizarán relevamientos (conf. Disposición N° 30/14). El Plan
Provincial tiene por objetivo conservar las poblaciones silvestres de
la especie guanaco en la provincia de Chubut para que las mismas puedan
cumplir con su papel biológico y ecológico en las áreas de su
distribución natural, y lograr su valoración desde el punto de vista
biológico, ecológico, económico, social y cultural. Asimismo, Chubut
establece los procedimientos a los cuales deberán ajustarse las
solicitudes de manejo de poblaciones de guanacos para esquila en
silvestría.
La normativa que regula la materia en la provincia de Chubut es la
siguiente:
Disposición N° 51/02: Requisitos Criaderos Resolución N° 47/07:
Adhesión al PNMG
Disposición N° 131/2012: Aprobación del Plan Provincial de Manejo
Disposición N° 30/2014: Registro de Evaluadores de las Poblaciones de
Guanaco Disposición N° 31/2014: Pautas de manejo para uso comercial
sustentable Disposición N° 35/2014: Pautas para la esquila en silvestría
Río Negro: el manejo del
guanaco en la provincia se rige por lo establecido en la Disposición
001/2004, reglamentaria de la Ley Provincial N° 2056 de Fauna
Silvestre, mediante la cual se establecen los requisitos que deben
presentar los interesados en realizar proyectos productivos con la
especie.
Neuquén: mediante la Resolución
545/2012 -que clasifica a las especies de fauna silvestre de la
provincia según su estatus de conservación- las poblaciones aisladas de
Guanacos en los Departamentos Pehuenches, Añelo, Catan Lil y Collón
Cura, son consideradas vulnerables, mientras que en el resto de los
departamentos, las poblaciones son clasificadas en peligro y de
importancia prioritaria para su conservación.
Mendoza: el guanaco se
encuentra protegido por la ley provincial N° 4.602/84, modificada por
la ley N° 7.308/05; reglamentada por el Decreto N° 1.890/05. Mediante
la ley N° 6.599/98 se declara al guanaco monumento natural provincial.
1.7 Antecedentes de uso comercial
Entre la década del año 1950 y hasta principios de la década del año
1970, la exportación de pieles de guanaco desde la Argentina promediaba
los 70.000 ejemplares por año (García Fernández, 1993); registrándose a
partir de ese momento un notable incremento en las exportaciones de
pieles llegando a exportar entre 1972 y 1979 un total de 443.655 pieles
de chulengos (crías de guanaco), por un valor de 3,6 millones de
dólares (Ojeda y Mares, 1982).
Con algunos altibajos las exportaciones continuaron hasta que, en el
año 1993, la CITES recomendó a las partes la suspensión de las
importaciones de guanaco desde Argentina, decisión que fue acompañada
por la Autoridad Ambiental nacional que mediante la Resolución N°
220/1998 (de la ex-Secretaría de Recursos Naturales y Desarrollo
Sustentable de la Nación -SRNyDS-) prohibió dichas exportaciones.
La Autoridad Ambiental Nacional dio inicio entonces a un proceso
tendiente a estructurar un plan nacional para la conservación y
aprovechamiento sostenible del guanaco. En tal dirección se inscriben
las Resoluciones N° 220/98 de la ex SRNyDS (antes mencionada), la N°
82/03 y posteriormente la N° 477/06 de la ex-Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sostenible de la Nación (SAyDS), estableciendo directrices
para regular las actividades de exportación, tránsito interprovincial y
comercialización en jurisdicción federal de productos y subproductos de
guanaco.
En el ámbito de algunas provincias se desarrolló legislación específica
que regula diversos aspectos del aprovechamiento del guanaco. En la
última década el Estado Nacional a través del Ex-Ministerio de Ciencia,
Técnica e Innovación Productiva, impulsó proyectos sociales de uso de
fibra de animales esquilados y liberados, particularmente en la Reserva
Payunia, Malargüe, provincia de Mendoza. También en el ámbito privado
se desarrollaron diferentes experiencias, en general de pequeña escala,
tanto de esquila en silvestría como de cría en cautiverio.
Desde la aprobación en 2006 del Plan Nacional de Manejo del Guanaco y
de acuerdo a la base de datos de CITES, las exportaciones de Guanaco y
sus productos y subproductos hasta 2017 reportadas por el país
exportador fueron las siguientes:
En total, entre 2006 y 2017 se exportaron desde Argentina 8.632 kg de
fibra. De este total aproximadamente 70 % se originó por esquila en
silvestría en vivo, mientras que el 30 % restante se produjo en
criaderos.
En las últimas tres décadas el aprovechamiento sostenible del guanaco
se ha centrado en la producción de fibra por el atractivo particular
para el mercado textil, siendo su finura comparable a las mejores
fibras naturales. Esta producción se ha realizado mediante modalidades
de esquila en silvestría o cría en cautiverio. No obstante ello, el
aprovechamiento y comercialización de la fibra de guanaco no redundó
hasta el momento en el desarrollo de una actividad económica sostenida.
Entre los factores que definieron tal situación, se destacan: la falta
de escala, la falta de un esquema de comercialización y apertura de
mercados de exportación, la necesidad de tecnologías adecuadas para el
proceso textil y la baja eficiencia y altos costos de los sistemas de
manejo.
Frente a esta situación, en 2017 el Gobierno Nacional consideró
pertinente avanzar hacia un ensayo de diferentes modalidades de manejo
que permitieran identificar formas económicamente eficientes capaces de
generar empleo local, mientras se garantiza la viabilidad de las
poblaciones silvestres promoviendo buenas prácticas para la
sostenibilidad de los pastizales y producciones agropecuarias
complementarias, al mismo tiempo que poner a prueba opciones de
comercialización y sondeos de mercado para los distintos productos y
subproductos de la especie.
Fue así que, en acuerdo con la provincia de Santa Cruz, el Gobierno
Nacional decidió desarrollar una Prueba Piloto con el objeto de generar
información indispensable para el desarrollo de las cadenas de valor de
la fibra, el cuero y la carne, analizando la viabilidad de un
desarrollo sostenible del recurso, a escala. Cabe destacar que la
provincia de Santa Cruz cuenta con la mayor densidad de guanacos por
km2 y con un Plan de Manejo del Guanaco Provincial, creado por Decreto
N° 32/2015 (antes mencionado) que estableció el objetivo de manejar las
poblaciones silvestres de la especie mediante la conservación,
preservación y control, para que cumplan su rol ecológico y sean
valoradas por su inserción y aprovechamiento en los ámbitos económico,
social y cultural, compatibilizando su presencia con la producción
ganadera sustentable y otras actividades económicas.
Esta decisión quedó plasmada mediante las Resoluciones N° 711/17 y N°
766/17 del ex-Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante
las que se establecieron excepciones a la Resolución Na 477/06 ex SAyDS
y cupos para el uso integral de especímenes de la provincia de Santa
Cruz, en el marco de una Prueba Piloto de Uso Sustentable de Guanacos
Silvestres, que se desarrolló durante 2018 en la provincia de Santa
Cruz, alcanzando los siguientes resultados generales:
La experiencia piloto abarcó la puesta a prueba de diferentes hipótesis
para tres modalidades de manejo a campo:
- caza comercial,
- arreo y faena, y
- esquila y liberación en silvestría.
Durante los meses de septiembre y octubre, se logró probar exitosamente
la metodología de arreo y captura con mangas móviles, superándose las
metas previstas para cantidad de guanacos capturados. También se probó
la metodología de mangas fijas.
Al mismo tiempo, se ensayaron diferentes situaciones vinculadas a
distintas cadenas de valor de los productos de guanaco.
Carne:
Sobre los 2.342 animales obtenidos a partir de las experiencias de caza
comercial y de arreo y faena, se estimaron los siguientes resultados
para parámetros de interés:
- Incidencia total de sarcosporidiosis: afectación 69% de los animales.
- Incidencia de la sarcosporidiosis discriminada por corte: el 84%
correspondió a cogote y otros cortes no comerciales, mientras que en
los cortes comerciales, la incidencia fue de: 3% lomo/bife; 5%
costilla/vacío; 4% paleta y 4% pierna.
- En base a la incidencia de sarcosporidiosis por corte y otros
factores, el 87,16 % de los 1.355 individuos de la prueba de caza
comercial resultaron aptos para consumo, mientras que el 77,7 % de los
987 individuos de la prueba de arreo y faena resultaron también aptos
para consumo.
- El rendimiento en la prueba piloto para carne fue: 16,47 kg netos por
guanaco de carne sin hueso.
- Mercados: a fines de 2018 se concretó una exportación de 19.503,07 kg
de carne sin hueso a Bélgica a un precio de U$S8/kg, además de la
colocación de diferentes cortes en el mercado local a un valor de
$150/kg.
- Productos: Se testearon a través de INTI Carnes, diferentes
aplicaciones en embutidos, entre otros.
Cuero:
Se realizó la caracterización del cuero del guanaco, que exhibió
propiedades subjetivas (plenitud, blandura, felpa corta, rasa y
cerrada, etc.) que lo ubican en un nivel de calidad que supera a la de
los cueros similares caprinos; mostrando elevada resistencia mecánica y
adaptabilidad en la manufactura de calzado. Estas características abren
muy buenas perspectivas para el aprovechamiento del guanaco adulto.
Fibra:
Los encierres permitieron la obtención de 232 kg de fibra en total, con
un promedio de 0,420 kg por guanaco.
Entre las pruebas previstas se analizarán los resultados del proceso de
esquila; la calidad de los lotes de fibra obtenidos; los lotes de
producción antes y después del descerdado; la calidad de los hilados
desarrollados; la posibilidad de desarrollo de la cadena productiva de
la fibra; se realizarán determinaciones de caracterización y calidad de
productos.
1.7.1 Experiencia internacional en el
aprovechamiento comercial de la especie
A nivel mundial -tanto en valor monetario como en tonelaje- Chile ha
sido en los últimos años el principal productor y exportador, basado
principalmente en la exportación de carne a Holanda.
Pese a su potencial, el mercado de la fibra muestra un escaso volumen
global y está caracterizado por la provisión de materia prima
fundamentalmente proveniente de Argentina, aunque en volúmenes
sumamente escasos.
De acuerdo a la base de datos de la CITES, Chile y Argentina son los
únicos países que registran exportaciones de carne de guanaco entre
2006 y 2018.
En cuanto a la fibra de guanaco y según la base de datos de la CITES,
las exportaciones entre 2006 y 2017 son las siguientes.
Chile
En la XII Región, se está desarrollando un plan de Manejo Productivo y
Sustentable del Guanaco en la Isla de Tierra del Fuego, que involucra
el desarrollo de técnicas de captura y cosecha basándose en la dinámica
poblacional y el desarrollo de modelos de simulación.
En el marco del mencionado plan también se efectúan estudios de mercado
para los productos y subproductos que se obtienen del manejo.
La determinación de las cuotas de extracción autorizadas se basa en la
variación demográfica de la población, teniendo en cuenta el
comportamiento de los principales parámetros poblacionales, biológicos
y conductuales.
De acuerdo a la base de datos de la CITES, las exportaciones
registradas de productos y subproductos del guanaco desde Chile, que
muestran un único país importador, Holanda, fueron las siguientes:
Bolivia
De acuerdo a la base de datos de la CITES, las exportaciones
registradas de productos y subproductos del guanaco desde Bolivia en
2006 fueron de 37,2 kg de fibra exportada a la Argentina y en 2007
fueron 131,5 kg de fibra exportada a Perú.
Perú
De acuerdo a la base de datos de la CITES, las exportaciones
registradas de productos y subproductos del guanaco desde Perú en su
gran mayoría se han elaborado en base a fibras importadas desde
Argentina
Pese a contar con la mayor población de la especie a nivel mundial, la
Argentina no ha logrado desarrollar un mercado estable y significativo
para productos de guanaco, limitándose a volúmenes pequeños de fibra,
con una producción intermitente. Por su parte, Chile logró avanzar en
el desarrollo de una demanda sostenida de carne, en los últimos años,
que abastece al mercado holandés con volúmenes crecientes de ese
producto.
2 Fundamentos de la actualización del
Plan
El avance en el estado del conocimiento de la especie y su hábitat
registrado en los 13 años transcurridos desde la aprobación del Plan
Nacional de Manejo de Guanaco en
Argentina, como así también la información recogida en las diferentes
experiencias de aprovechamiento desarrolladas durante ese período, hoy
posibilitan plantear una necesaria actualización del mencionado Plan.
Tal actualización, enmarcada en los objetivos de la
Estrategia Nacional sobre la Biodiversidad,
incorpora la visión que integra la conservación de la especie y su
hábitat a través de su uso sustentable, favoreciendo alternativas de
aprovechamiento de productos y subproductos con alto valor agregado.
Hay que destacar que, desde la aprobación del primer Plan Nacional de
Manejo de Guanaco para la República Argentina, se ha logrado revertir
el proceso de retracción de varias poblaciones existentes en nuestro
país. No obstante, ni las pautas fijadas en dicho Plan ni las políticas
implementadas (en materia de investigación y desarrollo, incentivos a
la inversión, tecnología, mercados, etc.), como fuera mencionado,
fueron suficientes para promover adecuadamente el desarrollo de una
actividad económica basada en el uso de la especie.
Los avances recientes en este sentido, tanto a nivel de Argentina como
de la República de Chile, así como la recuperación de las poblaciones
del guanaco, permiten definir un nuevo marco de políticas que
incentiven el uso sustentable de la especie, la generación de
oportunidades de desarrollo para regiones importantes del país como la
Patagonia y la integración de la especie a los sistemas productivos, lo
cual podría redundar en sumar incentivos para la lucha contra la
desertificación, la promoción de buenas prácticas de manejo ganadero.
Al mismo tiempo, podría ser parte de una estrategia de adaptación
productiva al cambio climático en tanto, a diferencia de los herbívoros
domésticos exóticos, la especie posee una mejor adaptación a
condiciones climática extremas, con lo que su incorporación a sistemas
productivos más diversificados, podría contribuir a la sostenibilidad
de dichos sistemas en un contexto de cambio climático.
Tal como ya fuera mencionado, durante los años 2017 y 2018, el Gobierno
Nacional y el de la Provincia de Santa Cruz llevaron adelante una
experiencia piloto de aprovechamiento integral del guanaco. Este piloto
permitió poner a prueba procedimientos y procesos de aprovechamiento
integral y sostenible a escala comercial en materia de captura,
esquila, faena y desarrollo de productos y subproductos.
La información obtenida sirvió para analizar cadenas de valor y
comercialización de la fibra, cuero, carne y sus subproductos; como así
también, incrementó el conocimiento disponible sobre diferentes
técnicas y tecnologías aplicables al aprovechamiento de la especie,
optimizando costos de implementación y mejorando su efectividad y
eficiencia, así como para diseñar medidas de monitoreo y para su manejo
poblacional.
Basándose en la información disponible con anterioridad a la prueba
piloto y la provista por ella surge este
Plan Nacional para el Manejo Sostenible
del Guanaco
(PNMSG) centrado en una gestión basada en la aplicación de principios
científicos y técnicos, con objetivos de conservación de poblaciones y
hábitats de la especie mediante su manejo adaptativo, con estándares
claros; instrumentos de gestión; desarrollo de herramientas de
trazabilidad; simplificación de las tareas de seguimiento, recopilación
y análisis de datos y el establecimiento de mecanismos efectivos de
coordinación y toma de decisiones entre las diferentes jurisdicciones
involucradas.
El uso sustentable de las especies de la fauna silvestre constituye una
oportunidad para promover su conservación. Adicionalmente, en el caso
del guanaco existe una motivación más compleja por cuanto la percepción
de su rol en la producción ganadera es negativa, ya que se lo considera
un competidor para el ganado ovino. La transferencia al sector
productivo de metodologías adecuadas de uso de guanacos silvestres
permitiría su utilización sostenible y propendería a la valoración de
la especie, cambiando esa percepción negativa para convertirse en uno
de los argumentos de su conservación.
El proceso de actualización del mencionado Plan Nacional de 2006,
cuenta con numerosos antecedentes de índole técnica, que generaron
insumos relevantes para su actualización. Entre los principales se
encuentran:
- "Primera Reunión para una Estrategia Regional de Manejo del Guanaco
en la Patagonia", Puerto Madryn, mayo 2011;
- "Los Desafíos del Uso Sostenible de Camélidos Silvestres en
Argentina", Buenos Aires, agosto 2014;
- "Encuentro Patagónico de Fauna Silvestre-Taller de Predadores y Mesa
de Guanaco", Rawson, Chubut, septiembre 2015;
- "Taller de Síntesis Nociones ecológicas clave para el manejo del
guanaco en Patagonia", Puerto Madryn, Chubut, diciembre 2015;
- "Taller de Actualización del PNMG", Buenos Aires, julio 2016;
- "Taller comercialización de productos y subproductos de camélidos
silvestres", Buenos Aires, noviembre 2016; y
- "Criterios de sostenibilidad para el manejo de poblaciones de
guanacos silvestres", Buenos Aires, octubre 2017.
Al mismo tiempo, y en base a estos antecedentes, se llevó a cabo la
prueba piloto mencionada, autorizada mediante la Resolución N° 766/2017
del ex MAyDS. Esta Resolución, al mismo tiempo, constituyó en el ámbito
de la ex Secretaría de Política Ambiental, Cambio Climático y
Desarrollo Sustentable, la
Mesa
Interinstitucional sobre Manejo del Guanaco
integrada por representantes de los organismos nacionales vinculados
con la conservación y el aprovechamiento sostenible del guanaco, y
representantes de la provincia de Santa Cruz.
La prueba piloto aportó información para fundamentar la incorporación
de las modalidades de cosecha (punto 9 del presente).
En este PNMSG las directrices y protocolos de buenas prácticas para las
diferentes modalidades de uso están principalmente basadas en aquellas
incluidas en el Plan Nacional de Manejo del Guanaco (Resolución SAyDS
N° 477/2006) y en los protocolos desarrollados y ajustados durante la
prueba piloto.
2.1 Visión de largo plazo
El guanaco (Lama guanicoe) es una especie abundante con poblaciones
silvestres ecológicamente funcionales en toda su área de distribución y
sus hábitats poseen un buen estado de conservación. Es un recurso
valorado por la sociedad, que provee ingresos para las economías
regionales y oportunidades de desarrollo local, minimizando los
impactos sobre los ecosistemas naturales.
3 Objetivos
3.1 General
- Establecer un marco de políticas nacionales que aseguren la
conservación del guanaco en poblaciones silvestres y ecológicamente
funcionales, su diversidad genética a lo largo del rango de
distribución natural, su hábitat y promuevan el desarrollo de una
actividad económica basada en el aprovechamiento sostenible de la
especie como contribución para el desarrollo de las economías
regionales.
3.2 Específicos
- Promover el desarrollo de planes de conservación e investigación
sobre la especie y su hábitat, en forma complementaria a la
instrumentación del Programa de Acción Nacional de Lucha contra la
Desertificación, Degradación de Tierras y Mitigación de la Sequía
(Resolución SGAyDS N° 70/2019).
- Promover el aprovechamiento sostenible del guanaco bajo diferentes
modalidades de manejo, con enfoque adaptativo y altos estándares de
bienestar animal.
- Generar un sistema de monitoreo de las poblaciones silvestres bajo
manejo, como uno de los instrumentos para garantizar la sustentabilidad
de las prácticas implementadas, y como fuente de información para
adoptar medidas correctivas.
- Instrumentar un sistema de control de documentación, que permita la
trazabilidad y fiscalización de productos y subproductos de las
distintas modalidades de manejo.
4 Marco institucional para la
implementación del PNMSG
Este PNMSG se enmarca dentro de los objetivos de la Estrategia Nacional
de Biodiversidad y las metas nacionales prioritarias incluidas en el
Plan de Acción 2016-2020.
Operativamente el PNMSG tiene como meta armonizar y coordinar las
acciones, programas e iniciativas que -directa o indirectamente- se
vinculan con la protección y aprovechamiento sostenible de la especie.
Desde una perspectiva más amplia, el PNMSG sienta las bases para el
manejo y la conservación de la especie en todo el territorio nacional.
Nuestro país es parte contratante de la Convención sobre el Comercio
Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
(CITES) aprobando la misma mediante la Ley 22.344, como así también sus
Apéndices y las Enmiendas a los mismos; reglamentando sus disposiciones
mediante el Decreto N° 522/97. La Autoridad de Aplicación es la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
El guanaco (
Lama guanicoe) se
encuentra incorporado en el Apéndice II de la CITES desde el 12 de
agosto de 1978, lo que implica que su comercio a nivel internacional se
encuentra regulado, a los fines de prevenir que la demanda de dichos
productos incentive un manejo no sustentable de la especie.
Asimismo, a nivel nacional la fauna silvestre se encuentra regulada
mediante la Ley 22.421, cuyas disposiciones rigen el comercio
interprovincial e internacional, y en los lugares sujetos a la
jurisdicción exclusiva del Gobierno Nacional.
Dentro de las funciones de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE, como autoridad nacional de aplicación, se
encuentra la de fiscalizar el comercio internacional e interprovincial
de los productos de la fauna silvestre en todo el territorio nacional y
también fiscalizar la importación y la exportación de los animales
silvestres, de sus productos, subproductos y demás elementos biológicos.
Asimismo, el Decreto N° 666/97 reglamentario de la Ley 22.421 establece
que:
la
autoridad de aplicación, sobre la base de los estudios y evaluaciones
realizadas respecto de aquellas especies de la fauna silvestre cuya
utilización fuera posible y conveniente, elaborará planes nacionales de
manejo a efectos de lograr un aprovechamiento racional y sostenible de
las mismas, y también que: El aprovechamiento de las especies que
involucrarán estos planes deberá limitarse a una cantidad o porcentaje
tal que no comprometa la estabilidad de sus poblaciones.
Es por todo lo anterior que la Autoridad Ambiental Nacional tiene la
función de desarrollar planes nacionales para el manejo de distintas
especies, estableciendo de esta forma los lineamientos para la
utilización sostenible de las mismas, y los requerimientos necesarios
para garantizar la sostenibilidad de la especie, el comercio
interprovincial de los productos de la fauna silvestre en todo el
territorio nacional y también para la importación y exportación de los
animales silvestres, de sus productos, subproductos y demás elementos
biológicos.
Asimismo, la Dirección Nacional de Biodiversidad en su carácter de
Autoridad Científica de CITES para fauna silvestre, debe informar
respecto de las variaciones relevantes del status poblacional de
aquellas especies incluidas en el Apéndice II, coordinando la
realización de programas de conservación y manejo, así como fijar los
lineamientos a cumplirse para la emisión de los dictámenes de
extracción no perjudicial en el marco de la emisión de certificados de
exportación.
Es en cumplimiento de estas funciones que se establece el presente
PNMSG, que ofrece un marco de actuación claro y uniforme para todo el
territorio nacional, con el objeto de fortalecer la gestión y
articulación entre jurisdicciones sistemas de uso sostenible de esta
especie silvestre, con la plasticidad suficiente como para considerar
las diferentes realidades de cada jurisdicción, y respetando su
autonomía para la definición de la política de uso y conservación de
los recursos en su territorio. Al mismo tiempo, el Plan Nacional se
enfoca en generar instrumentos comunes de gestión, enfocados en brindar
las garantías básicas para que el comercio no genere un efecto
significativo sobre la conservación de las poblaciones de la especie.
Para ello, propone en particular la implementación de un sistema
transparente de trazabilidad de acceso común por parte de todas las
jurisdicciones, que genere estadísticas confiables, y permita además
que la Argentina acredite el legítimo origen y la sostenibilidad del
aprovechamiento de los productos que comercialice tanto a nivel interno
como externo.
Por su parte, compete a las jurisdicciones provinciales el manejo y
administración del recurso en el ámbito de sus territorios. Entre sus
funciones se encuentran:
a. La política de conservación y aprovechamiento de la especie dentro
de su territorio.
b. Las autorizaciones de aprovechamiento.
c. El monitoreo de las poblaciones silvestres de la especie.
d. El poder de policía para el control de las actividades no
autorizadas y el tráfico de productos y subproductos de origen ilegal,
dentro de sus respectivas jurisdicciones.
Este esquema institucional propuesto, requiere una articulación
efectiva entre los diferentes niveles de gobierno y jurisdicciones, por
lo que el presente PNMSG establece una serie de pautas básicas que cada
jurisdicción deberá acreditar ante la Autoridad Nacional de Aplicación,
a los efectos de acceder a habilitar el tránsito interjurisdiccional de
individuos, productos y subproductos de la especie; o para su
exportación.
Atendiendo a lo anterior, las provincias en cuyos territorios se
produzca el aprovechamiento del guanaco bajo alguna de las modalidades
detalladas en el punto "9" y cuya producción y/o comercialización
implique movimientos interjurisdiccionales y/o exportación de productos
o subproductos del guanaco, deberán acreditar ante la Autoridad
Nacional de Aplicación, el cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. Implementar un sistema de monitoreo poblacional de escala
provincial, con actualización periódica (máximo de cuatro años), según
los parámetros establecidos en el Capítulo 6.
2. Contar con un modelo de dinámica poblacional adaptado a cada
situación local, que permita establecer cupos de extracción anuales a
ese nivel, según los parámetros establecidos en el Capítulo 7.
3. Implementar el Sistema Único Nacional de Trazabilidad de Productos y
Subproductos del Guanaco, emitiendo las autorizaciones y documentación
requeridas en el mismo (Certificado de Origen y Legítima Tenencia
Electrónico -COLTE-, Guías de tránsito), cuyas características se
describen en el Capítulo 8.
4. Aprobar las directrices para cada una de las modalidades de
aprovechamiento que implemente en su territorio, según el Capítulo 9.
Los requisitos 1 y 2 serán exigibles únicamente para jurisdicciones que
autoricen las modalidades de aprovechamiento basadas en la extracción
de individuos de las poblaciones silvestres. No obstante lo anterior,
resulta recomendable cumplir con el requisito 1 en el caso de esquila
en silvestría con liberación.
La emisión de documentos de tránsito interjurisdiccional, así como los
certificados CITES para exportación de productos y subproductos de
guanaco, serán otorgados a quienes desarrollen proyectos o
comercialicen productos que provengan de aquellos aprobados por las
autoridades provinciales competentes, en aquellas provincias que hayan
acreditado ante la Autoridad de Aplicación Nacional, el cumplimiento de
los puntos mencionados.
Con el objeto de evaluar y coordinar las acciones requeridas para la
puesta en marcha del PNMSG y para efectuar su seguimiento, la SGAyDS
creará la MESA INTERJURISDICCIONAL DEL GUANACO (MIG) en la que
participarán los organismos nacionales vinculados a la conservación y
aprovechamiento sostenible de la especie y su hábitat, como así también
las provincias de su área de distribución.
La MIG convocará a referentes, expertos de reconocida trayectoria en la
conservación y aprovechamiento sostenible del guanaco, organizaciones
de la sociedad civil y del sector productivo para integrar un COMITÉ
ASESOR que colabore en el seguimiento del PNMSG, con el objeto de su
evaluación periódica y la formulación de recomendaciones.
En ese sentido, el seguimiento y la evaluación periódica del PNMSG
permitirá cotejar el grado de cumplimiento de los objetivos y, frente a
un escenario futuro y ante las distintas realidades regionales y
provinciales, se podrán plantear otras alternativas de manejo para la
especie o suspender modalidades de manejo vigentes. Toda nueva opción
de manejo del guanaco deberá ser explicitada con su fundamentación
técnica y científica, y los mecanismos específicos de evaluación de
sostenibilidad, considerados en el marco de la visión y los objetivos
del presente PNMSG.
Como todo plan de manejo adaptativo, este PNMSG podrá ser revisado y
actualizado de acuerdo a los resultados obtenidos, los escenarios
futuros y las distintas realidades nacionales, regionales y
provinciales, de acuerdo a los criterios aprobados por la Autoridad
Nacional de Aplicación en consulta con la Mesa Interjurisdiccional
arriba mencionada. Así mismo esta Mesa -periódicamente- evaluará los
impactos del PNMSG en los ámbitos económico, social y ambiental, y sus
interacciones.
Mediante el desarrollo del sistema de trazabilidad y fiscalización, y
acciones de capacitación, la Autoridad Nacional de Aplicación
facilitará el fortalecimiento institucional de las diferentes
jurisdicciones, como así también fomentará la investigación básica y
aplicada sobre la especie, el desarrollo de tecnologías y la promoción
de las nuevas prácticas y productos.
5 Estructura del Plan
Este Plan Nacional para el Manejo Sostenible del Guanaco (PNMSG) queda
estructurado sobre cuatro pilares fundamentales, en función de los
objetivos particulares fijados:
El conocimiento y conservación implican el desarrollo de políticas
activas para promover la generación de conocimiento científico y
tecnológico aplicado al manejo de la especie, así como la
implementación de medidas de conservación de sus poblaciones silvestres
y de su hábitat en todo su rango de distribución.
El monitoreo comprende el relevamiento poblacional a escala provincial,
de tal manera de poder reunir información básica que permita la
evaluación de los efectos del manejo sobre las poblaciones silvestres
de la especie.
La trazabilidad incluye los mecanismos, circuitos, autorizaciones y
documentos formales que permiten el seguimiento de los productos y
subproductos del guanaco desde su origen hasta su destino final,
facilitando la fiscalización, el control y eventual certificación.
El manejo adaptativo definido como la integración de diseño, manejo y
monitoreo, para probar sistemáticamente ciertos supuestos, para poder
adaptarse y aprender comprende diferentes propuestas de manejo que
permiten esclarecer las incertidumbres iniciales y ajustar, en el
tiempo, mediante nuevas propuestas, configurando un ciclo continuo
integrado por las fases de: diseño, puesta en práctica, monitoreo,
evaluación y ajuste.
6 Monitoreo de poblaciones silvestres
Las jurisdicciones que habiliten modalidades de uso extractivo de
poblaciones silvestres, deberán presentar
en un plazo máximo de 18 meses a partir de
la mencionada habilitación,
el primer informe de situación poblacional (línea de base) avalado por
profesional competente y responsable, que cumpla con los siguientes
requisitos básicos:
1. Muestreo representativo de los diferentes sistemas naturales con
presencia de poblaciones de guanaco.
2. Error de muestreo.
3. Una frecuencia de muestreo que no exceda los 4 años.
4. La incorporación de áreas intervenidas y no intervenidas (testigo)
para evaluar cambios temporales.
5. Información que permita un mapeo preciso de distribución y
abundancia de la especie en la provincia, identificando niveles de
fragmentación del paisaje y poblaciones.
6. Línea de base inicial, con indicadores y metodologías de
seguimiento, asociadas a un sistema de toma de decisiones para
autorización de nuevos cupos de extracción. Entre los indicadores se
deberá revisar el estado poblacional como factor fundamental para la
definición de cupos.
Cumplido el plazo de 18 meses, sin haber acreditado ante la Autoridad
Nacional de Aplicación, el primer informe de situación poblacional
(línea de base), se suspenderá el tránsito interjurisdiccional y la
emisión de certificados CITES de exportación para productos y
subproductos provenientes de modalidades de Caza Comercial y Esquila y
Faena.
En base a los resultados de la implementación del Plan de Monitoreo
Poblacional desarrollado por cada jurisdicción, en pos de preservar las
poblaciones silvestres de la especie ante un uso comercial que pueda
poner en riesgo su supervivencia, y aplicando un enfoque precautorio,
la Autoridad Nacional de Aplicación podrá definir cupos máximos anuales
de productos comercializables por provincia. Para tal definición y como
fuera arriba señalado, entre los indicadores se deberá revisar el
estado poblacional como factor fundamental para la definición de cupos.
La no actualización en el plazo máximo establecido (4 años) de los
datos poblacionales por parte de una jurisdicción, habilitará a la
Autoridad Nacional de Aplicación a fijar un cupo cero para la
exportación y tránsito interjurisdiccional de productos derivados de la
especie provenientes de dicha jurisdicción.
7 Modelo de dinámica poblacional y
cupos de extracción prediales
Las jurisdicciones que habiliten modalidades de uso extractivo de
poblaciones silvestres de guanaco, deberán acreditar en un plazo máximo
de 6 meses, el modelo matemático de poblaciones de guanaco ajustado a
la situación de su territorio, a través del cual podrán autorizar
anualmente los cupos de extracción a nivel predial. Dichos modelos
deberán contar con un procedimiento de ajuste y mejora continuo, en
función de datos empíricos surgidos de los relevamientos pre y
post-captura a nivel de establecimiento, así como del monitoreo
poblacional a escala provincial.
En los mencionados modelos de dinámica poblacional deberán incluirse,
como mínimo las siguientes variables:
Superficie afectada.
- Densidad poblacional de guanacos y ganado.
- Receptividad de pastizales (considerando la selectividad de los
herbívoros).
- Estructura de clases de edad.
- Tasas de natalidad y mortalidad.
- Comportamiento y la estructura social.
- Consideración de competencia con otros herbívoros.
- Consideración de sus parásitos y depredadores,
El modelo deberá introducir un factor de salvaguarda -técnicamente
fundamentado- como una medida de protección adicional, con un enfoque
precautorio, fijando un tope a las tasas que el modelo poblacional
pueda establecer.
El modelo a ser utilizado en cada jurisdicción, deberá presentarse ante
la Autoridad Nacional de Aplicación, a los fines de su validación y
acreditación como sistema de otorgamiento de cupos de extracción
predial.
El modelo deberá nutrirse de datos de campo, estimados como máximo con
60 días corridos de anticipación al momento de la cosecha autorizada
(Relevamiento pre- captura).
Al mismo tiempo, la intervención deberá incorporar un
relevamientopost-captura, en un plazo no mayor a los 30 días corridos
desde el momento de la intervención a campo, a los fines de obtener
información real sobre el impacto de la actividad instrumentada sobre
las poblaciones silvestres de guanaco en cada establecimiento.
Será competencia de la autoridad de aplicación provincial
correspondiente, por medio del personal autorizado, velar por que se
cumplan los supuestos del modelo poblacional de cosecha y aplicarlo a
partir de la información relevada en el predio del solicitante y
declarada en el Plan operativo.
8 Sistema de trazabilidad
Para asegurar la trazabilidad de los animales vivos, productos y
subproductos del guanaco se implementará un sistema único de
trazabilidad para lograr el seguimiento de los mismos desde su origen
hasta su destino final, facilitando la fiscalización, el control y
eventual certificación. Con tal objetivo, la Secretaría de Gobierno de
Ambiente y Desarrollo Sustentable desarrollará un Sistema de
Administración, Control y Verificación de la Biodiversidad (SACVEBIO),
el cual tiene por finalidad la informatización y sistematización de
todas las autorizaciones para el aprovechamiento de guanaco a nivel
nacional.
El mismo, contará de tres componentes fundamentales:
a. Las
autorizaciones de
aprovechamiento de guanaco bajo cualquiera de sus modalidades,
b. Los
Certificados de Origen y
Legítima Tenencia Electrónicos (COLTE),
como documento que acredite la tenencia legal en todas las etapas de
elaboración e industrialización de productos y subproductos,
c. Las
Guías Únicas de Tránsito
Electrónicas para el movimiento de cualquier producto y
subproducto derivado del guanaco.
Al mismo tiempo, este sistema único de gestión, contendrá las
siguientes funcionalidades:
1.
Tramitación a Distancia,
que
permitirá que los particulares puedan iniciar y realizar el seguimiento
de los trámites a través del sistema de Trámites a Distancia (TAD),
particularmente para los trámites de exportación y obtención de
certificados CITES.
2.
Componente de Registro de Origen
de la producción, el cual será utilizado por el personal de la
Autoridad Local para documentar las autorizaciones de aprovechamiento
otorgadas por establecimiento productivo, documentando su origen, así
como el respaldo técnico/legal. Tendrá al menos los siguientes
componentes:
- Instrumento Administrativo de aprobación de la
intervención/operación, incluyendo los cupos asignados, de
corresponder, junto con toda la documentación técnica respaldatoria de
dichos cupos (relevamientos pre y post-captura, evaluación de
receptividad, etc.). Fecha de validez.
- Datos de Personas físicas y jurídicas responsables de la operación
(técnico responsable, predio donde se encuentre el aprovechamiento).
- Datos básicos del predio habilitado para el aprovechamiento
(vinculado al RENSPA).
- Acta de constatación donde se registre el volumen de los productos y
subproductos surgidos de la intervención autorizada (Certificado de
Origen y Legítima Tenencia Electrónico), el cual será considerado como
el crédito inicial validado con el que cuenta el productor para todos
sus movimientos posteriores.
3.
Componente de Trazabilidad,
se trata del módulo que permite la emisión de documentos únicos de
tránsito para todo el país, incluyendo las Guías Únicas de Tránsito
Electrónicas y los COLTE para cada eslabón de la cadena de
comercialización.
-
Certificado de Origen y Legítima
Tenencia Electrónico
(COLTE). Deberá acreditarlo cualquier operador que tenga en su poder
productos o subproductos en un establecimiento para su
industrialización o comercialización. Se exceptúa a aquellos productos
en tránsito, los cuales estarán acreditados por una Guía Única de
Tránsito Electrónica. Todo COLTE estará vinculado a un origen de la
materia prima, en el marco del Componente de Registro de Origen.
-
Guía Única de Tránsito Electrónica.
Serán emitidas como único documento válido para el tránsito a nivel
nacional de productos y subproductos de guanaco, a excepción de la
carne y sus derivados, los cuales se trazarán de acuerdo a la normativa
de SENASA, y estarán sujetos a la emisión del Documento de Tránsito
Electrónico (DTE). En este último caso, la emisión del DTE para carne
de guanaco o sus derivados, deberá contar con la firma conjunta de la
autoridad sanitaria y de la autoridad local de aplicación de la ley de
fauna silvestre. Toda Guía Única de Tránsito Electrónica, estará
necesariamente vinculada a un COLTE y por consiguiente a un origen
determinado.
-
Identificación. El sistema
de trazabilidad incluirá diferentes técnicas de marcación o
individualización de los productos o subproductos del guanaco
proveniente de las diferentes modalidades de aprovechamiento.
4.
Componente de Control y
Fiscalización,
el cual será utilizado por el personal encargado de la fiscalización en
los diferentes eslabones de la cadena de industrialización, y en el
tránsito de productos (Autoridad Provincial, Gendarmería, Aduana,
Policía Federal, Policías locales, etc.).
5.
Integración, se trata del
módulo que permite la integración con otros sistemas de trazabilidad en
cabeza de otros organismos nacionales (p.ej. Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria -SENASA-). A través de este proceso,
se buscará la compatibilidad de los sistemas informáticos y de bases de
datos, particularmente con el Registro Nacional Sanitario de
Productores Agropecuarios (RENSPA), Sistema de Información Gerencial de
Salud (SIGSA), Sistema de Gestión de Certificaciones (SIGCER), Sistema
Integral de Gestión de Inocuidad y Calidad (SIGICA) y el Documento de
Tránsito Electrónico (DTE). Los sistemas electrónicos y sus bases de
datos, integrarán recíprocamente la información necesaria para una
adecuada gestión de la misma.
9 Modalidades y directrices de manejo
Las directrices fijan pautas de buenas prácticas de manejo y de
bienestar animal (6) que deberán aplicarse en las diferentes
modalidades de manejo del guanaco.
A los fines del presente PNMSG, se definen estas pautas para las
siguientes modalidades de manejo:
1. Esquila en silvestría mediante el método de arreo, encierre, esquila
y liberación de los ejemplares intervenidos.
2. Manejo en silvestría mediante el método de arreo, encierre y cosecha
de ejemplares (con o sin esquila).
3. Caza comercial.
4. Cría en cautiverio.
El PNMSG no contempla la exportación de animales en pie y en el caso de
acceso a recursos genéticos de Guanaco se deberá cumplir con lo
establecido por el Protocolo de Nagoya y por la normativa nacional y
provincial que deriva del mismo.
Toda modalidad de uso no contemplada en el presente podrá ser integrada
al PNMSG mediante resolución de la máxima autoridad ambiental nacional,
en tanto sea explicitada con su fundamentación técnica y científica que
garantice su sostenibilidad y en el marco de la visión y los objetivos
del presente PNMSG.
Para el desarrollo de las modalidades de aprovechamiento en las
diferentes jurisdicciones resulta recomendable la inclusión de
estrategias de participación pública y comunicación, como así también
resulta necesario el desarrollo de actividades capacitación de los
diversos actores involucrados.
Para todas aquellas poblaciones relativamente pequeñas en una escala de
paisaje o que sean vulnerables, tanto por encontrarse fragmentadas y
aisladas, o por otras causas no se autorizará el transito
interjurisdiccional ni la exportación de productos o subproductos del
guanaco en ellas originados.
En cualquiera de las modalidades de aprovechamiento que se adopten se
deberá garantizar la sostenibilidad de los pastizales y la aplicación
de buenas prácticas ganaderas como requerimientos básicos para su
desarrollo.
Cuando corresponda, los proyectos de aprovechamiento -en cualquiera de
sus modalidades- deberán contar con procesos de consulta previa a los
pueblos originarios.
A continuación, y en función de los objetivos planteados en este PNMSG
se establecen las directrices y recomendaciones de manejo para las
diferentes modalidades, las cuales deberán ser adoptadas por las
jurisdicciones que implementen cada modalidad, y acreditar su adopción
en el marco normativo provincial ante la Autoridad Nacional de
Aplicación.
9.1 Directrices para la esquila en
silvestría mediante el método de arreo, encierre, esquila y liberación
La autorización para el manejo se otorgará ante la presentación del
interesado de un proyecto de aprovechamiento.
Las autoridades competentes deberán identificar y evaluar los
potenciales impactos del proyecto, de acuerdo a la normativa vigente,
pudiendo aprobar, rechazar o solicitar la modificación del mismo.
9.1.1 Proyecto:
Contendrá una descripción detallada de los objetivos y procedimientos
de la actividad, incluyendo como mínimo los siguientes aspectos
sustanciales:
- Datos del solicitante, responsable profesional de probada experiencia
en manejo de poblaciones de fauna silvestre y objetivos específicos del
proyecto.
- Fecha propuesta para la realización de cada actividad.
- Localización y descripción: documentación catastral con nomenclatura
del/los establecimientos/s donde se desarrollará el manejo. Deberá
indicarse la topografía, hidrografía, comunidades de vegetación
dominante, superficie total del predio, subdivisiones, infraestructura,
existencias ganaderas por categoría, otras actividades económicas que
se desarrollen.
- Descripción y ubicación en un croquis de los corrales, mangas y otros
elementos de encierre, desde el inicio de los movimientos hasta la
liberación de los ejemplares.
- Descripción del sistema de esquila y características de las
instalaciones propuestas.
- Resultado del relevamiento poblacional de guanacos pre-esquila.
- Nómina de operarios y función. Técnicos intervinientes.
- Equipamiento y Logística necesaria para el desarrollo del proyecto.
- Todo otro detalle que se considere pertinente prever.
9.1.2 Relevamientos poblacionales:
El relevamiento pre-esquila deberá realizarse con un máximo de 30 días
antes de la fecha estipulada para la esquila, posteriormente a las
experiencias de esquila deben realizarse evaluaciones que permitan
conocer el impacto de las mismas sobre las poblaciones de guanacos
silvestres.
Los relevamientos deberán incluir:
- Lugar y fecha.
- Responsables de la evaluación.
- Diseño de muestreo: identificación del área relevada sobre mapa
georreferenciado, croquis, imagen satelital y/o fotográfica, indicando
la superficie total del área.
- Definición de la metodología empleada, la cual quedará suj eta a las
características del sitio y la población de guanacos a relevar. Debe
utilizarse un método de muestreo que sea lo más exacto y preciso
posible. Entre las técnicas posibles se incluyen transectas terrestres
en línea con registro de distancia a los individuos, censo total y
relevamientos aéreos. El total del área muestreada debe ser
representativo del predio.
- Indicadores biológicos a relevar para el manejo de guanacos:
- Tamaño poblacional: estimación del número total de individuos de la
población. Debe constar la abundancia y densidad de guanacos previa y
posterior al manejo.
- Estructura poblacional:
- Categorías de edad: clasificar al menos en adultos, juveniles y crías
- Sexo y organización social: proporciones de distintos grupos de
guanacos observados, clasificados al menos en grupo de solteros, grupos
familiares, individuos solitarios e indeterminados. Proporción de
hembras con cría dentro de los grupos familiares y tamaño de los grupos.
- Los resultados del relevamiento deberán expresarse con el respectivo
error de estimación.
La evaluación post esquila deberá realizarse entre los 7 y 45 días
posteriores a las experiencias en el sector destinado a manejo y área
de influencia.
Se deberá presentar un informe final que incluya los resultados del
manejo: el personal participante de la operación, los materiales
empleados en el armado de la infraestructura, la cantidad de animales
capturados y esquilados, detalle según sexo y categoría etaria de los
ejemplares, tipo de identificación de los animales, así como su
numeración, color, etc., número de animales muertos y los
inconvenientes surgidos durante el procedimiento, el peso de los
vellones obtenidos, el posible destino de la fibra (venta,
transformación de la fibra, confección de prendas, etc.) y cualquier
otro aspecto que se considere de interés para la evaluación de la
experiencia. El informe final debe incluir los resultados del
relevamiento post-esquila, con una sección detallando la cantidad de
animales muertos encontrados (si los hubiere), su condición (esquilado
o no) y, si estuviera esquilado, los datos identificatorios que
permitan discernir sexo y categoría etaria de los ejemplares.
9.1.3 Periodo de esquila
La captura y esquila podrá ser autorizada en dos períodos diferentes:
- El comprendido entre el 15 de septiembre y el 15 de noviembre
(período preparto), periodo en el que se extremarán los recaudos con el
objeto de reducir el riesgo de abortos que puede implicar este manejo
cerca de las pariciones.
- El comprendido entre el 15 de enero hasta el 15 de febrero (período
post-parto) período en el que se deberán extremar los recaudos a fin de
reducir el riesgo que involucra arrear crías menores de un mes, lo cual
puede generar la separación y eventual orfandad posterior de las mismas.
Estos períodos podrán ser modificados en virtud de las condiciones
climáticas de cada zona en particular y las fechas particulares de
parición.
Se recomienda realizar la esquila pre-parto para reducir el riesgo de
traumatismos y mortalidad de crías. Por otro lado, el manejo pre-parto
posibilita en mayor medida que el animal recupere el pelo para afrontar
el invierno.
9.1.4 Otras directrices:
A fin de garantizar que las actividades para el aprovechamiento de las
poblaciones de guanacos incluyan criterios de bienestar animal, se
formulan recomendaciones de buenas prácticas de manejo que se agregan
al presente como Anexos 11.1.1 y 11.1.2
9.2 Directrices para el manejo en
silvestría mediante el método de arreo, encierre y cosecha (con o sin
esquila)
Ante la presentación del interesado (titular del predio) de un proyecto
de aprovechamiento y de obtenida su aprobación por parte de la
autoridad competente, esta procederá a la autorización de la extracción
correspondiente a cada campaña.
El proyecto y la información contenida en el mismo, deberá permitir el
análisis de las condiciones de la población de guanacos a manejar, la
receptividad de las pasturas/vegetación natural, considerando
herbívoros domésticos y silvestres, y el impacto económico de la
intervención propuesta.
Las autoridades competentes deberán identificar y evaluar los
potenciales impactos del proyecto, pudiendo aprobar, rechazar o
solicitar la modificación del mismo.
La información contenida en el mismo, deberá permitir la carga de
información básica para que puedan establecerse los cupos de extracción
a nivel predial, en base al modelo poblacional desarrollado.
Es recomendable que, siempre que sea posible, la presentación de
proyectos de proponentes vecinos o con propiedades colindantes, se
realice en forma coordinada/articulada.
No se deberá autorizar un manejo poblacional de guanacos por medio de
cosecha, en sitios donde las poblaciones son relativamente pequeñas en
una escala de paisaje, o se encuentran fragmentadas y aisladas,
independientemente de los resultados que pudiese arrojar el modelo
poblacional para un predio particular.
9.2.1 Proyecto:
Deberá contener una descripción detallada de los objetivos y
procedimientos de la actividad, incluyendo como mínimo los siguientes
aspectos sustanciales:
- Datos del solicitante y del responsable técnico quien deberá ser un
profesional que cuente con probada experiencia en manejo de poblaciones
de fauna silvestre.
- Objetivos específicos del proyecto.
- Fecha propuesta para la realización de cada actividad.
- Localización y descripción: documentación catastral con nomenclatura
del/los establecimientos/s donde se desarrollará el manejo. Deberá
indicarse la topografía, hidrografía, comunidades de vegetación
dominante, superficie total del predio, subdivisiones, infraestructura,
existencias ganaderas por categoría, otras actividades económicas que
se desarrollen.
- Resultado del relevamiento poblacional de guanacos pre-cosecha.
- Descripción de la propuesta de manejo ovino del/los establecimientos
acorde al manejo de guanacos que se propone.
- Descripción del sistema de faena y características de las
instalaciones propuestas.
- Descripción del sistema de esquila (de corresponder).
- Nómina de operarios y función. Técnicos intervinientes.
- Logística necesaria para el desarrollo del proyecto.
- Todo otro detalle que se considere pertinente prever.
- Historia de uso del/los establecimientos/s: evolución de la majada,
registro de relevamientos de pastizales, desde que se incorporaron
estas prácticas.
- Descripción y ubicación en un croquis de los corrales, mangas,
noqueador y otros elementos, y de las instalaciones.
9.2.2 Relevamientos poblacionales
Los relevamientos pre y post- cosecha serán realizados en el sector
destinado a manejo y su área de influencia. La información relevada
durante el monitoreo pre-cosecha será presentada en el proyecto
mientras que, los datos post-cosecha serán presentados en un informe
final. La evaluación de los indicadores como así también la metodología
utilizada, debe incorporarse en el proyecto.
Previa y posteriormente a las experiencias de cosecha deben realizarse
evaluaciones que permitan conocer el impacto de las mismas sobre las
poblaciones de guanacos silvestres.
Los relevamientos deberán incluir:
- Lugar y fecha.
- Responsables de la evaluación
- Diseño de muestreo: identificación del área relevada sobre mapa
georreferenciado, croquis, imagen satelital y/o fotográfica, indicando
la superficie total del área.
- Definición de la metodología empleada, la cual quedará sujeta a las
características del sitio y la población de guanacos a relevar. Debe
utilizarse un método de muestreo que sea lo más exacto y preciso
posible. Entre las técnicas posibles se incluyen transectas terrestres
en línea con registro de distancia a los individuos, censo total y
relevamientos aéreos. El total del área muestreada debe ser
representativo del predio.
- Indicadores biológicos a relevar para el manejo de guanacos:
- Tamaño poblacional: estimación del número total de individuos de la
población. Debe constar la abundancia y densidad de guanacos previa y
posterior al manejo.
- Estructura poblacional:
- Categorías de edad: clasificar al menos en adultos, juveniles y crías
- Sexo y organización social: proporciones de distintos grupos de
guanacos observados, clasificados al menos en grupo de solteros, grupos
familiares, individuos solitarios e indeterminados. Proporción de
hembras con cría dentro de los grupos familiares y tamaño de los grupos.
- Los resultados del relevamiento deberán expresarse con el respectivo
error de estimación.
- Tasas vitales de guanacos (mortalidad, natalidad, supervivencia) o
indicadores indirectos como el número de chulengos en relación al
número de hembras o de adultos.
- Grado de fragmentación espacial de la población, impedimentos a la
conectividad necesaria para la especie en el área de influencia.
- Capacidad de carga/receptividad de los pastizales: evaluación de
pastizales actualizada, siguiendo el protocolo indicado por la
autoridad competente de la provincia. Se recomienda seleccionar algún
método que considere la receptividad mixta de herbívoros domésticos y
silvestres (en particular el guanaco).
- Proporción de herbívoros del predio: silvestres (en particular el
guanaco) y domésticos.
- Depredadores: presencia de puma (Puma concolor), zorro colorado
(Lycalopex culpaeus) y/o perro cimarrón, como principales depredadores
de guanacos; funcionalidad de la especie como presa.
- Estado sanitario de la población: proporción de individuos
identificados con signos patológicos (dificultad al caminar, marcas en
la piel, decaimiento, desnutrición o cualquier otra anomalía anatómica
o fisiológica).
- Los resultados del relevamiento deberán expresarse con el respectivo
error de estimación.
El relevamiento pre cosecha tiene como finalidad la determinación del
cupo a autorizar, en función del modelo poblacional que se implemente.
En este sentido, la información del relevamiento pre-cosecha, a los
fines de la efectividad de la estimación, deberá relevarse dentro de
los 60 días previos a la fecha estipulada para la intervención
(cosecha).
La evaluación post captura deberá realizarse entre los 7 y 45 días
posteriores a las experiencias en el sector destinado a manejo y área
de influencia.
Se deberá presentar un informe final que incluya los resultados del
manejo y una sección detallando, por categoría etaria y sexo, la
cantidad de animales muertos encontrados (si los hubiere), su condición
(esquilado o no).
9.2.3 Período de cosecha
Las fechas autorizadas para la extracción de individuos de guanacos
silvestres estarán comprendidas desde el destete de chulengos (dentro
del segundo semestre) lo que maximiza su supervivencia y hasta antes
del inicio de las pariciones, cuando pueden identificarse para su
liberación las hembras con un avanzado estado de preñez.
9.2.4 Otras directrices:
Se deberán aplicar los protocolos de buenas prácticas que se agregan
como anexo al presente, que surgen del trabajo de Carmanchahi y Marull
(2017), con respecto al arreo y esquila, y la experiencia del manejo
realizado en la Prueba Piloto de Uso Sustentable de Guanacos Silvestres.
Se excluirá de la cosecha a las crías y juveniles de hasta un año de
edad, hembras con evidencia de poseer crías lactantes e individuos que
hayan sido esquilados previamente.
9.3 Directrices para proyectos de cría
en cautiverio
Todo proyecto de cría en cautiverio de guanacos deberá estar habilitado
y contar con todas las inscripciones previstas por la autoridad de
aplicación provincial correspondiente. Al mismo tiempo, a los fines del
tránsito interjurisdiccional de productos y subproductos de guanaco,
deberá inscribirse ante la autoridad nacional, cumpliendo con toda la
normativa vigente en la materia.
La continuidad de los emprendimientos estará condicionada al buen
cuidado y mantenimiento del plantel otorgado al productor, así como al
plan de trabajo contemplado en el proyecto.
9.3.1 Proyecto
La aprobación de un proyecto de cría en cautiverio debe basarse en el
cumplimento de las normativas vigentes a nivel nacional y provincial
para este tipo de establecimientos.
9.3.2 Plantel inicial de cría
La obtención de planteles de cría, a partir de la extracción de
individuos de la población silvestre deberá seguir los lineamientos
planteados en el apartado 9.2.2 del presente y deberá ser evaluada
mediante un modelo de dinámica poblacional (según el apartado 7) y, de
corresponder, ser aprobada por la Autoridad Local de Aplicación, quien
deberá acreditar el Origen y Legítima Tenencia del plantel reproductor
inicial.
Dicha autorización, se dará en el marco de un relevamiento previo a
escala predial, de la condición de la población de guanacos del
establecimiento de origen.
El relevamiento deberá realizarse con un máximo de 30 días antes de la
fecha estipulada para la extracción de guanacos para la formación del
plantel inicial.
Se autorizará la extracción de guanacos del medio silvestre, cuando la
estimación de densidad realizada durante el relevamiento poblacional
previo en el establecimiento solicitante, satisfaga los criterios de
conservación para la región, fijados por la autoridad competente de
fauna silvestre.
Todas las operaciones de extracción deberán estar fiscalizadas por la
autoridad de fauna provincial correspondiente a su jurisdicción.
La autoridad de aplicación deberá interrumpir la extracción en caso que
la mortalidad u otros daños, ocasionados a los animales a extraer,
pongan en riesgo la conservación de la especie y el bienestar animal.
9.3.3 Otras directrices:
Se deberán aplicar los protocolos de buenas prácticas que se agregan
como anexo al presente, en las diferentes etapas de manipulación,
esquila y faena de los individuos.
9.4 Directrices para proyectos de caza
comercial
Las jurisdicciones que habiliten la caza comercial como mecanismo de
manejo de poblaciones silvestres de guanaco, regularán la actividad
siguiendo lineamientos básicos que aseguren:
a. Un registro actualizado de los operarios capacitados y habilitados
para ejercer la actividad.
b. Que la misma se desarrolle únicamente en los establecimientos
habilitados para tal fin, y que hayan presentado el Proyecto de
aprovechamiento descripto en el apartado 9.2, cumplimentando lo
establecido en el presente Plan de Manejo.
c. Que del número de individuos a extraer se ajuste estrictamente a lo
autorizado por la autoridad provincial, en función de la aplicación de
cupos por establecimiento autorizado, derivados de la aplicación de
modelos poblacionales según lo indicado en el apartado 9.2.
La caza de los animales deberá realizarse velando en todo momento por
el respeto de principios éticos básicos de caza, destacando entre
estos, el empleo exclusivo de armas y municiones de caza mayor,
debidamente equipadas y colimadas; focalizando en blancos que
garanticen la muerte rápida de los animales, procurando el menor
sufrimiento posible; y asegurando la caza de todos los animales que
quedasen heridos.
Es recomendable ejecutar la caza en días en los que las condiciones
climáticas permitan disminuir el margen de deriva del proyectil hacia
el blanco. Las armas de fuego utilizadas para la caza deberán estar
inscriptas ante la autoridad competente. Las mismas deberán ser
manipuladas únicamente por cazadores autorizados y con credenciales
vigentes de su capacitación.
El proceso de caza deberá realizarse con máxima discreción, evitando de
esta forma desvirtuar la concepción técnica del manejo sostenible de la
población. El titular deberá implementar las medidas logísticas,
operativas y de seguridad necesarias que hagan del proceso un trabajo
oportunamente coordinado en el plano técnico y administrativo.
La autorización de la extracción se otorgará ante la presentación del
interesado (titular del predio) de un proyecto de aprovechamiento,
junto con la nómina de operarios debidamente autorizados que
intervendrán en la operatoria.
El proyecto y la información contenida en el mismo, deberá permitir el
análisis de las condiciones de la población de guanacos a manejar, la
receptividad de las pasturas/vegetación natural, considerando
herbívoros domésticos y silvestres, y el impacto económico de la
intervención propuesta.
Las autoridades competentes deberán identificar y evaluar los
potenciales impactos del proyecto, pudiendo aprobar, rechazar o
solicitar la modificación del mismo.
Es recomendable que, siempre que sea posible, la presentación de
proyectos de proponentes vecinos o con propiedades colindantes, se
realice en forma coordinada/articulada.
9.4.1 Proyecto:
Deberá contener una descripción detallada de los objetivos y
procedimientos de la actividad, incluyendo como mínimo los siguientes
aspectos sustanciales:
- Datos del solicitante, responsable técnico y objetivos específicos
del proyecto.
- Fecha propuesta para la realización de cada actividad.
- Localización y descripción: documentación catastral con nomenclatura
del/los establecimientos/s donde se desarrollará el manejo. Deberá
indicarse la topografía, hidrografía, comunidades de vegetación
dominante, superficie total del predio, subdivisiones, infraestructura,
existencias ganaderas por categoría, otras actividades económicas que
se desarrollen.
- Resultado del relevamiento poblacional de guanacos pre-cosecha.
- Descripción del sistema de manejo, incluyendo protocolos para el
manejo de los ejemplares abatidos, disposición de residuos, etc.
- Nómina de operarios habilitados. Técnicos intervinientes.
- Logística necesaria para el desarrollo del proyecto.
- Todo otro detalle que se considere pertinente prever.
- Historia de uso del/los establecimientos/s: evolución de la majada,
registro de relevamientos de pastizales, desde que se incorporaron
estas prácticas.
9.4.2 Relevamientos poblacionales
Los relevamientos pre y post-cosecha serán realizados en el sector
destinado a manejo y su área de influencia. La información relevada
durante el monitoreo pre-cosecha será presentada en el proyecto
mientras que, los datos post-cosecha serán presentados en un informe
final. La evaluación de los indicadores como así también la metodología
utilizada, debe incorporarse en el proyecto.
El relevamiento pre cosecha tiene como finalidad la determinación del
cupo a autorizar, en función del modelo poblacional que se implemente.
En este sentido, la información del relevamiento pre-cosecha, a los
fines de la efectividad de la estimación, deberá relevarse dentro de
los 60 días previos a la fecha estipulada para la intervención
(cosecha).
Los relevamientos deberán incluir:
- Lugar y fecha.
- Responsables de la evaluación
- Diseño de muestreo: identificación del área relevada sobre mapa
georreferenciado, croquis, imagen satelital y/o fotográfica, indicando
la superficie total del área.
- Definición de la metodología empleada, la cual quedará sujeta a las
características del sitio y la población de guanacos a relevar. Debe
utilizarse un método de muestreo que sea lo más exacto y preciso
posible. Entre las técnicas posibles se incluyen transectas terrestres
en línea con registro de distancia a los individuos, censo total y
relevamientos aéreos. El total del área muestreada debe ser
representativo del predio.
- Indicadores biológicos a relevar para el manejo de guanacos:
- Tamaño poblacional: estimación del número total de individuos de la
población. Debe constar la abundancia y densidad de guanacos previa y
posterior al manejo.
- Estructura poblacional:
- Categorías de edad: clasificar al menos en adultos, juveniles y crías
- Sexo y organización social: proporciones de distintos grupos de
guanacos observados, clasificados al menos en grupo de solteros, grupos
familiares, individuos solitarios e indeterminados.
Proporción de hembras con cría dentro de los grupos familiares y tamaño
de los grupos.
- Los resultados del relevamiento deberán expresarse con el respectivo
error de estimación.
- Tasas vitales de guanacos (mortalidad, natalidad, supervivencia) o
indicadores indirectos como el número de chulengos en relación al
número de hembras o de adultos.
- Grado de fragmentación espacial de la población, impedimentos a la
conectividad necesaria para la especie en el área de influencia.
- Capacidad de carga/receptividad de los pastizales: evaluación de
pastizales actualizada, siguiendo el protocolo indicado por la
autoridad competente de la provincia. Se recomienda seleccionar algún
método que considere la receptividad mixta de herbívoros domésticos y
silvestres (en particular el guanaco).
- Proporción de herbívoros del predio: silvestres (en particular el
guanaco) y domésticos.
- Depredadores: presencia de puma (Puma concolor), zorro colorado
(Lycalopex culpaeus) y/o perro cimarrón, como principales depredadores
de guanacos; funcionalidad de la especie como presa.
- Estado sanitario de la población: proporción de individuos
identificados con signos patológicos (dificultad al caminar, marcas en
la piel, decaimiento, desnutrición o cualquier otra anomalía anatómica
o fisiológica).
- Los resultados del relevamiento deberán expresarse con el respectivo
error de estimación.
El relevamiento post cosecha tiene como finalidad la determinación del
efecto de la intervención sobre la población silvestre en el corto
plazo, así como la detección de mortalidad post-cosecha o migraciones
temporales de individuos hacia otras áreas fuera del sitio de
intervención. En este sentido, la información post-cosecha deberá
relevarse entre los 15 y 30 días posteriores en el sector destinado al
manejo y área de influencia.
Asimismo, se deberá presentar un informe final que contenga los
resultados del manejo y del relevamiento post-cosecha, incluyendo
cantidad de animales abatidos, detallando sexo, categoría etaria y
condición de pregnancia de los ejemplares. Si se realizó cosecha por
caza determinar, además, esfuerzo de caza y registro del sitio de
impacto del proyectil. Se deberán indicar inconvenientes surgidos
durante el procedimiento y cualquier otro aspecto que se considere de
interés para la evaluación de la experiencia. Dicho informe deberá ser
presentado a la autoridad provincial competente con un lapso no mayor a
50 días posteriores al manejo.
9.4.3 Autorización de caza comercial
Las autorizaciones para la caza comercial de individuos de guanacos
silvestres deberán contemplar las siguientes restricciones: no se
deberán cosechar crías y juveniles de hasta un año de edad; ni hembras
con evidencia de preñez y/o poseer crías lactantes; ni una proporción
de hembras mayor a la observada en la población.
No se deberá realizar un manejo poblacional de guanacos por medio de
cosecha en sitios donde las poblaciones son relativamente pequeñas en
una escala de paisaje, o se encuentran fragmentadas y aisladas,
independientemente de los resultados que pudiese arrojar el modelo
poblacional para un predio en consideración.
9.4.4 Capacitaciones a operarios
Los cazadores encargados de realizar la cosecha deben ser capacitados
en los siguientes ítems:
- Disposiciones legales y administrativas sobre los requisitos de
policía sanitaria, salud pública e higiene, aplicables a la puesta en
el mercado del producto silvestre cazado.
- Conceptos de anatomía, fisiología y comportamiento general de la
especie;
- Comportamientos anómalos y alteraciones patológicas de la especie,
provocados por enfermedades;
- Buenas prácticas y bienestar animal para el manejo del guanaco como
especie silvestre autóctona, cuyo objetivo es asegurar su conservación
a largo plazo;
- Principios éticos básicos de caza de animales silvestres;
- Normas de higiene y técnicas adecuadas para la manipulación,
transporte, evisceración y demás operaciones a las que debe someterse
dichos animales tras su muerte;
Los agentes capacitadores actuarán bajo la responsabilidad de los
operadores de las plantas procesadoras y organismos de fauna
provinciales. Se recomienda que la provincia organice dichas
capacitaciones como mínimo cada tres años.
La precitada capacitación se realizará previa al inicio de la actividad
de cosecha y tendrá una vigencia de tres años. Aquellos cazadores que
se inicien en la actividad deberán cumplir con dicho curso.
9.4.5 Otras directrices:
Se deberán aplicar los protocolos de buenas prácticas que se agregan
como anexo al presente, que surgen de la experiencia del manejo
realizado en la Prueba Piloto de Uso Sustentable de Guanacos Silvestres.
10 Programa de investigación y
conservación
Se deberán identificar los vacíos de información necesarios para el
manejo de la especie, contemplando tanto su uso como su conservación.
La Autoridad Nacional de Aplicación convocará al sector
científico-técnico y a las organizaciones de la sociedad civil para
realizar un análisis de este tema, incluyendo la evaluación de la
efectividad de las áreas protegidas con presencia de guanacos y
necesidad de creación de nuevas áreas protegidas, otras medidas de
conservación, ordenamiento territorial teniendo en cuenta la
biodiversidad, etc.
Un ejemplo a tener en cuenta es el rol que juegan las enfermedades
sobre la dinámica de las poblaciones de guanacos. Las oportunidades de
encuentro y transmisión de enfermedades entre animales nativos e
introducidos, a la luz de la acelerada expansión humana, son cada vez
más frecuentes, y no se necesita contacto directo para que la misma
ocurra dada la capacidad de algunos agentes de permanecer viables en el
ambiente por mucho tiempo. Para el guanaco, considerando los
antecedentes reportados por Karesh et al. (1998) para el sudeste de
Chubut, Moreno
et al. (2015)
y Rago
et al.
(2008) en Payunia, hay evidencias de que existe interacción
epidemiológica interespecífica con rumiantes domésticos, reflejando la
susceptibilidad del guanaco.
Sin embargo, es necesario continuar profundizando este tipo de estudios
para evaluar la interacción y dinámica de las enfermedades de
herbívoros silvestres y domésticos en esta región. Esta información
será de importancia crítica para la implementación de pautas de manejo
que orienten hacia la conservación de las especies nativas en un
ambiente básicamente productivo.
Es necesario profundizar en el conocimiento de los factores que afectan
la estructura social y su incidencia en las poblaciones es de alta
relevancia para el manejo sostenible del guanaco (Puig, 1995).
Asimismo, es fundamental adecuar los modelos demográficos y de
distribución con el objeto de predecir los posibles escenarios
resultantes de diferentes acciones de manejo.
Entre otros temas se destacan los siguientes:
- Línea de base en distribución, abundancia y tendencias de la especie
- Relevamientos regionales: metodologías indicadas, efectividad de
vehículos aéreos no tripulados vs avión vs camioneta
- Elaboración de plan de monitoreo
- Ecología
- Dinámica espacial
- Ambiente
- Variación de la biodiversidad en relación a las diferentes
modalidades de manejos del guanaco.
- Conservación del suelo y pastizales en distintos escenarios de uso de
ganado, mixto y guanaco exclusivo.
- Manejo
- Metodología de evaluación del impacto de cada cosecha
- Evaluación del impacto de la modalidad de cosecha
- Evaluación de los efectos de las distintas modalidades de arreo
- Modelo económico de modalidades de manejo (ganadero vs mixto vs
guanaco).
- Modelo de cosecha
- Inclusión de la dinámica espacial en modelos de cosecha
- Variables a incluir con respecto a la receptividad en simpatría con
ovinos en modelos de cosecha
- Estimación del área mínima de manejo en modelos de cosecha
- Esquila
- Efectividad de modalidades o Clasificación de la fibra
- Socioeconomía
- Evaluación de impacto socioeconómico de las distintas modalidades de
uso.
-Elaboración y desarrollo de marca guanaco.
11 ANEXO I: PROTOCOLOS DE BUENAS
PRÁCTICAS
Debido a la susceptibilidad de los guanacos como especie silvestre a
situaciones de estrés u otros aspectos vinculados con el bienestar
animal, el personal deberá ser capacitado de acuerdo a las distintas
modalidades de uso. Es recomendable aprovechar la instancia de
capacitación para explicar al personal la diferencia entre manejar una
especie silvestre y una doméstica, las amenazas a la conservación del
guanaco y los cuidados especiales que deben tenerse en virtud que el
Estado autoriza trabajar con una especie de la fauna silvestre que no
es propiedad de quienes la aprovechan, a diferencia del ganado
doméstico.
11.1.1 Buenas prácticas para arreo y
manipulación (7)
11.1.1.1 Arreos
Velocidad: Para evitar
los potenciales abortos y la separación de crías de sus madres, como
así también lesiones por caídas o resbalones, es de fundamental
importancia que los arreos se realicen en forma cuidadosa y por
personal capacitado. Se debe conducir despacio a los animales hacia la
infraestructura de captura sin obligarlos a desplazarse a una velocidad
superior a su ritmo de marcha normal. Puede agilizarse el arreo en el
último tramo, facilitando así el ingreso al corral de la mayoría de los
animales arreados.
Métodos de arreos: Se
sugiere el arreo con motos a baja velocidad o caballos. No se deben
utilizar perros en los arreos.
Horario recomendado:
No debe realizarse el arreo en horas de altas temperaturas ya que este
factor, junto al estrés, está directamente asociado a patologías (como
miopatía de captura) que pueden desencadenar mortalidades de magnitud
en el corto a mediano plazo (horas a meses).
Factores climáticos:
No se deberán programar o realizar arreos frente a previsiones de
temperaturas o condiciones climáticas extremas.
Priorizar varios arreos cortos:
Se deben sectorizar potreros/áreas para reducir distancias y tiempo de
arreo, y evitar los arreos de gran número de animales, que pueden
dificultar y prolongar el manejo posterior.
Liberación de otras especies
arreadas:
Todo ejemplar de otra especie que ingrese en el arreo deberá ser
liberado con la mayor celeridad posible para evitar accidentes y
muertes.
Descanso de animales
post-arreo: Finalizado el arreo se debe dejar descansar a los
animales al menos una hora antes de iniciar los procedimientos de
esquila.
11.1.1.2 Encierre y paso por el brete
La autoridad de aplicación podrá solicitar luego de una inspección o en
cualquier etapa del proceso de manejo, modificaciones en los materiales
e instalaciones según lo demande el bienestar animal y dependiendo de
la tasa de accidentes durante la ejecución de cada proyecto.
Infraestructura: La
construcción y/o modificación de mangas o alambrados preexistentes que
impliquen una elevación por encima de la altura de los alambrados
convencionales deberá ser transitoria y circunscribirse al período en
que se desarrolle la operación de arreo, captura y esquila. No deben
quedar rastros permanentes de las experiencias que pudieran causar
daño, mortalidad y/o impedir el libre tránsito de ejemplares de fauna
silvestre. Las instalaciones y alambres que pudieran producir estos
efectos deberán ser retirados en su totalidad dentro de los 30 días
después de finalizado el encierre.
Material de la infraestructura:
Los materiales a emplear en la infraestructura destinada a la captura y
esquila de los guanacos deben ser blandos, restringiendo al máximo
posible el uso de materiales rígidos en la estructura. Este requisito
obedece a la necesidad de evitar posibles traumatismos y/o muertes de
los ejemplares que pudieran producirse por golpes en los lugares
destinados al encierre transitorio de los animales.
Corrales de encierre:
Los corrales destinados al encierre de los animales deberán contar con
subdivisiones, lo que permite dividir en grupos más pequeños a los
animales encerrados, evitando el hacinamiento y facilitando su manejo.
Se debe utilizar algún sistema que permita reducir los más posible es
estímulo visual externo para los guanacos (Ej: media sombra, lycra,
alfombra, etc.).
Evitar el hacinamiento:
Una alta densidad de guanacos dentro de los corrales produce un
incremento de los comportamientos de malestar (por ejemplo: peleas
entre individuos) y heridas, por lo tanto, se recomienda no superar una
densidad de 1 guanaco/m2 dentro de los corrales de manejo.
Corrales de reencuentro para
manejo post-parto:
En caso de realizarse manejo post-parto es necesaria la construcción de
corrales de reencuentro en donde se deben separar a los chulengos
capturados y las hembras en estado de amamantamiento. Los corrales de
reencuentro deben construirse con redes de nylon resistente recubiertas
por un material que impida totalmente la visión de los animales hacia
el exterior. No deben utilizarse alambrados ya que los animales
liberados tienden a embestir estas zonas con alta proporción de casos
fatales debido a desnucamientos, consecuencia de la fragilidad de sus
cuellos. Además, deben tener una zona con sombra permanente y
garantizarles la provisión de alimento y agua.
Bretes: La zona de
bretes debe construirse con paneles de madera o un material similar,
sin elementos cortantes y evitando que queden espacios por donde los
animales puedan introducir sus extremidades. Los bretes deben estar
techados con media sombra o material similar debido a que se pudo
determinar que esto disminuye los intentos de escape y posibles
lesiones al saltar. Se sugiere acolchar esta última estructura. Los
materiales de cobertura (redes, media sombra, lycra, etc.) deben
revisarse periódicamente y más frecuentemente durante los días de mucho
viento, ya que el movimiento de esos materiales puede asustar a los
animales.
11.1.1.3 Sujeción, volteo e
inmovilización
Extracción de crías en manejo
post-parto:
En el caso de una esquila post-parto, primero se debe realizar la
extracción de las crías (a las que no se esquilará) y separarlas en el
corral de reencuentro, en el que deberán ser también colocadas las
hembras lactógenas, luego de ser esquiladas. El resto de los animales
capturados y esquilados deberán ser liberados inmediatamente.
Tiempo máximo de encierro:
El tiempo máximo de encierro en los corrales no puede superar bajo
ninguna excepción las 48 hs. Está comprobado que a partir de las 21 hs
de encierro los animales muestran una mayor frecuencia de conductas de
malestar.
Manipulación sin violencia:
El movimiento del animal debe producirse mediante métodos que lo hagan
desplazarse sin producirle dolor ni heridas de ningún tipo. Los
operarios no recurrirán en ninguna circunstancia a procedimientos
violentos como aplastarles la cola o sujetar violentamente las orejas.
Los operarios no aplicarán objetos cortantes ni sustancias irritantes a
los animales. Los instrumentos útiles y autorizados para mover a los
animales incluyen paneles, banderas, bolsas de plástico y cencerros.
Estos instrumentos se utilizarán únicamente para estimular y dirigir el
movimiento de los animales sin que causen un estrés indebido. Los
animales no deben ser arrastrados. No se gritará a los animales, ni se
harán ruidos fuertes para incitarles a moverse.
Traslados: El arreo de
los animales dentro de los corrales de encierre se debe realizar a pie,
de manera muy tranquila y conduciendo pasivamente a los animales hacia
el brete.
Liberación de guanacos
debilitados:
Antes de la esquila, se evaluará el estado de los animales para
detectar cualquier problema de salud que pudieran presentar. En caso de
que el profesional a cargo considere que el animal expresa alguna
patología o estado corporal debilitado, deberá ser liberado
inmediatamente sin ser esquilado.
Sujeción de individuos:
La sujeción de cada individuo debe realizarse en cuanto el animal entra
a la última porción del brete. En el momento del embretado y volteo, el
animal deberá ser sujetado al menos por dos personas, una que agarre la
parte posterior del animal intentando levantarlo para que sus patas
posteriores pierdan apoyo (con esta maniobra se evita que el animal
salte), y otro operario que sujete simultáneamente la cabeza y tórax
(en general se lo sostiene del cayo pectoral) del animal. Debe evitarse
la sujeción por las orejas ya que este tipo de maniobra produce
inmovilización del animal, pero a consecuencia de estímulos dolorosos
que a su vez elevan el estrés.
Inmovilización de individuos:
La inmovilización del animal debe hacerse rápido porque la duración de
esta maniobra se relaciona positivamente con la frecuencia de
comportamientos de malestar. Por lo tanto, se recomienda que esta
maniobra no dure más de un minuto.
Uso de capucha para reducir
estímulo visual:
Inmediatamente se le colocará una capucha para reducir el estímulo
visual, la cual debe confeccionarse con materiales elásticos, oscuros y
de un largo que no ocluya las narinas. Se recomienda la confección de
capuchas con correas a modo de agarraderas para facilitar la sujeción
de la cabeza o método similar (y de esta forma evitar la sujeción
permanente por las orejas). Es crucial destinar un operador
exclusivamente para la sujeción de la cabeza, desde que se inicia la
maniobra de sujeción hasta la finalización de la esquila (procedimiento
completo).
Volteo de individuos:
El volteo debe hacerse con el mayor cuidado en todos los animales y
teniendo especial precaución en el manejo pre-parto debido a la
existencia de hembras en estado de gestación avanzada, pudiendo
decidir, en ese momento, liberar a esta categoría de animales sin
esquilarlos.
Volteo mecánico:
Consiste en obligar al animal a entrar a un brete de placas móviles que
lo sujeta lateralmente y, de esa manera, el brete permite hacer un giro
de 90° dejando al animal en posición horizontal; con esta postura el
guanaco es maneado y trasladado a una camilla. Es necesaria la
participación de al menos cuatro operadores. Se sugiere no utilizar la
metodología mecánica en la esquila pre-parto debido a que la sujeción
no es recomendable en estados avanzados de preñez.
Volteo manual: Es el
método más comúnmente utilizado, se realiza a través de cuatro
operadores que sujetan al animal firmemente, sin causarle dolor, y lo
acuestan suavemente en una camilla con ruedas, previa colocación de
alguna herramienta de inmovilización. En general se utiliza como
herramienta de volteo a una varilla extensible, acolchada y con sogas
en sus extremos que permite manear al animal rápidamente dejándolo en
una posición anatómicamente cómoda.
Operadores: Es
necesaria la participación de al menos cuatro operadores y es
recomendable que estén capacitados en el manejo de los animales. Se
sugiere que dos grupos de volteadores se turnen ya que es una maniobra
que requiere un esfuerzo físico importante para las personas
involucradas.
Uso de camillas: Es
recomendable realizar el volteo de cada animal sobre camillas
deslizables (con ruedas) para facilitar el transporte de los mismos
dentro del galpón de esquila.
Maneo de individuos:
El maneado de los miembros debe realizarse inmediatamente luego del
volteo. Para esto debe tenerse en cuenta que el mismo debe asegurar una
postura anatómicamente cómoda para el animal. Las maneas deben ser
anchas, planas y de materiales blandos como el algodón o lienzo, para
permitir la normal circulación sanguínea de los miembros y evitar
también lesiones por fricción.
Formas de maneo:
- A dos patas con el cuerpo estirado: no se recomienda ya que, aunque
permite la esquila de la zona ventral, representa una posición
incómoda, dolorosa y estresante para el animal.
- A dos patas usando una herramienta de volteo: permite que el animal
quede en una posición anatómica cómoda y posibilita la esquila de la
zona ventral.
- A cuatro patas juntas: permite que el animal quede en una posición
anatómica cómoda, pero dificulta el acceso a la zona ventral para su
esquila y también para la toma de muestras de sangre.
Toma de muestras biológicas:
En caso de realizar estudios (e.g. sanitarios, fisiológicos, genéticos)
que requieran la colecta de diferentes tipos de muestras, es
recomendable que las mismas sean tomadas por profesionales o técnicos
con experiencia en estas tareas. Para las muestras sanguíneas, se
recomienda la extracción de sangre de la vena femoral. No es
recomendable la utilización de la vena yugular debido a la dificultad
de su ubicación por masas musculares que la cubren.
Atención de urgencias. Manejo
clínico:
Se debe contar con un botiquín básico de primeros auxilios que contenga
antibiótico inyectable, cicatrizante en aerosol ("curabichera"),
desinfectante líquido (yodo-povidona), hemostático (agua oxigenada),
corticoides, eutanásico y material de sutura. Es imprescindible la
presencia de un veterinario que esté a cargo de las urgencias y el
manejo clínico de los animales, así como de tomar la decisión de
realizar una eutanasia cuando correspondiere. Las posibles necropsias y
toma de muestras para estudios diagnósticos también son responsabilidad
de este profesional.
Eutanasia: Bajo
estricta recomendación del profesional veterinario, se sacrificarán
aquellos animales que por accidente hayan sufrido lesiones
irreversibles. Es indispensable el uso de un método de eutanasia
incruento, recomendándose el uso de eutanásicos comerciales o en su
defecto una alta dosis de un anestésico disociativo, seguido de un
método cruento (cuchillo en corazón o degüello). Es fundamental
realizar la necropsia de los animales que mueran en forma previa
durante o con posterioridad a la esquila, con la correspondiente
colecta de muestras diagnósticas, que permitan establecer la causa de
muerte, posibles patógenos presentes y determinar si estuvo relacionada
o no con la experiencia de esquila.
11.1.2 Buenas prácticas para proceso
de esquila
11.1.2.1 Esquila
Cuidado de individuos: Deben
evitarse las cortaduras al esquilar al animal.
Zonas del cuerpo a esquilar:
Para los casos de liberación, se deberá esquilar solamente el área del
vellón y no esquilar la zona ventral del animal, ya que esta parte
carece de valor comercial e incrementa el tiempo de esquila, con el
consecuente incremento del estrés. Por otro lado, se ha demostrado que
las regiones axilares y los flancos inferiores son "ventanas térmicas"
las cuales son reguladas mediante diferentes posturas para disminuir la
pérdida de calor por radiación y convección. Por lo tanto, esquilar la
zona ventral y los flancos inferiores podrían incrementar el área de
estas ventanas térmicas, impidiendo que lo animales puedan hacer una
termorregulación postural efectiva.
Maquinaria: La esquila debe
realizarse preferentemente con máquinas alimentadas por un generador de
energía eléctrica (no a explosión), el que deberá ubicarse a una
distancia tal que no produzca un estímulo audible que perturbe a los
animales.
- Debe evitarse que se sobrecalienten los peines y cuchillas de la
manija de esquila; si esto ocurre, se debe cambiar de manija
inmediatamente.
- Deben mantenerse lubricada la herramienta de esquila.
- Deben cambiarse los peines y las cuchillas de las manijas cuando se
note que comienzan a desafilarse.
- El afilado de los peines y cuchillas debe realizarse en un lugar
alejado al galpón de esquila o realizarlo cuando los animales no estén
encerrados, para que el ruido que esta tarea ocasiona no perturbe a los
animales
- Se recomienda contar con un operario exclusivamente destinado al
mantenimiento de las máquinas y manijas de esquila.
Tiempo de manipulación y esquila:
La maniobra completa de sujeción-volteo-esquila- liberación debe
realizarse en forma continua en el menor tiempo posible. La maniobra
completa no debería superar los 10 minutos, ya que tiempos superiores
podrían incrementar la frecuencia de conductas de malestar y aumentar
el estrés.
Se recomienda esquilar y liberar en primer lugar a los individuos
menores a dos años, ya que esta categoría etaria presenta mayor
frecuencia de comportamientos de malestar, valores más altos de
cortisol sérico.
11.1.2.2 Liberación
Para reducir el golpe de los animales cuando se los baja de la camilla,
se recomienda, en particular con las hembras preñadas, realizar una
maniobra que consiste en levantar un solo lado la camilla y deslizar al
animal al suelo con el lomo más cerca del mismo. Un operador debe
sujetar al animal del lomo mientras es bajado de la camilla. Luego se
voltea al animal, sujetándolo por las maneas hasta que quede totalmente
recostado en el suelo y se continúa con la remoción de capucha y maneas.
Para la liberación del animal esquilado se debe conducir al mismo hasta
el sitio de liberación con la capucha colocada y la cabeza sujetada.
Luego deben retirarse las maneas y la capucha sin dejar de sujetar al
animal por la cabeza, dándole unos minutos para que pueda acostumbrarse
nuevamente a la luz. Es importante que el animal no sea espantado para
favorecer su orientación y desplazamiento, libre de factores
estresantes adicionales.
La liberación debe hacerse en un lugar abierto, fuera del galpón de
esquila, sin obstáculos para la libre huida del animal. Para
facilitarla conviene orientarlo de forma tal que al retirarle la
capucha se encuentre de espaldas al galpón de esquila. Los operarios y
demás personas que se encuentren realizando esta maniobra deben
colocarse detrás del animal, permitiendo su libre desplazamiento al ser
liberado y permanecer en silencio.
11.1.2.3 Necropsia de animales
esquilados hallados muertos:
Es muy importante realizar la necropsia completa de los animales
hallados muertos y que la misma debe ser realizada por personal
capacitado. La información sobre la posible causa de muerte deberá ser
detallada en el informe final o comunicado posteriormente a la
autoridad de aplicación correspondiente. Estas evaluaciones deberán
realizarse luego de cada operación de manejo.
11.1.3 Buenas prácticas para caza
El proceso de caza deberá realizarse con máxima responsabilidad,
evitando desvirtuar la concepción técnica del manejo sostenible de la
población. El titular deberá implementar las medidas logísticas,
operativas y de seguridad necesarias que hagan del proceso un trabajo
oportunamente coordinado en el plano técnico y administrativo.
Es importante registrar el número de animales cazados por día y el
esfuerzo de caza realizado. Considerar el esfuerzo de caza como el
producto entre el número de cazadores y los días efectivos de caza.
Como así también, registrar el sitio de impacto del proyectil en los
animales cosechados y la distancia de escape de los guanacos una vez
que detectan al cazador. Esta información deberá ser incorporada al
informe final de la actividad.
En cuanto a la capacitación remitirse al apartado 9.4.4
En el caso particular de la caza deportiva se recomienda la evaluación
por parte de la autoridad provincial de fauna de tal forma de
considerar el impacto de los proyectos de cosecha en marcha en su
jurisdicción.
11.1.4 Buenas prácticas para el
proceso de sacrificio y transporte
Se sacrificará solamente animales adultos y juveniles mayores a un año
de edad. No se sacrificarán las hembras encerradas a partir del 15 de
septiembre, o fecha anterior indicada por la autoridad de aplicación de
fauna silvestre, de acuerdo a las particularidades del área de manejo,
las cuales de acuerdo a los recaudos para el bienestar animal deben ser
liberadas. El traslado hacia los frigoríficos se realizará cumpliendo
con la normativa nacional y provincial en la materia, actuando tanto en
el transporte como en los frigoríficos los organismos fiscalizadores
correspondientes de acuerdo a las normativas vigentes y garantizando
altos estándares de bienestar animal.
11.1.4.1 Subproceso de
Insensibilización, Sacrificio y Desangrado a campo
Para el sacrificio a campo, para la evaluación de bienestar animal y
hasta que se proceda a la evisceración, deberá hallarse presente un
profesional veterinario bajo las órdenes de dichas autoridades de
aplicación.
11.1.4.1.1 Actividades clave
- Fiscalización de Infraestructura Base: la autoridad de aplicación
provincial de fauna silvestre deberá fiscalizar y verificar que se
encuentran todos los elementos de infraestructura implementados para el
sacrificio, para dar lugar al proceso.
- Traslado al Sitio de Sacrificio: el encerrador facilitará la
inmovilización del animal para su correcta insensibilización y
posterior sacrificio a campo.
- Autorización ante-mortem: se deberá cumplimentar en esta instancia
con la Inspección ante-mortem según los lineamientos descriptos en el
Decreto 4238/68 SENASA Capítulo X. Dicha actividad estará a cargo de
profesional veterinario de la autoridad de aplicación provincial de
fauna silvestre quien asentará sus observaciones y dejará constancia de
su conformidad con referencia a su sanidad, fijando día y hora de su
actuación.
11.1.4.1.2 Sacrificio:
- Un operario del frigorífico realizará la insensibilización del animal
de manera de reducir el sufrimiento del animal al mínimo durante el
sacrificio. Este método consiste en el abatimiento mediante la
utilización de una pistola tipo Jarvis u otro método menos cruento a
determinar por personal del frigorífico, en concordancia con la
autoridad de aplicación provincial de fauna silvestre.
- Se realizará el control de síntomas de recuperación de sensibilidad.
En caso de detectarse alguno de los siguientes síntomas se aplicará un
nuevo disparo del método de insensibilización:
.1. Respiración rítmica.
.2. Vocalización mientras cuelgan del riel de desangrado. .3. Reflejos
oculares en respuesta al tacto. .4. Pestañeo.
.5. Reflejo de enderezamiento del lomo arqueado
Los movimientos de las extremidades deberán ser pasados por alto si la
lengua cuelga hacia abajo y el animal está definidamente insensible.
Los movimientos de la boca son signos de la agonía cerebral y no
deberán ser tenidos en cuenta (Gregory 1988).
Deberá tenerse tolerancia cero para el colgado en el riel de desangrado
de animales despiertos, sin haberlos insensibilizado o en posición
invertida.
- Una vez insensibilizado el animal se realizará el izado en riel, es
decir, se alzará en una estructura metálica de riel en la cual deberá
colgar derecho y tener la cabeza floja. Se procederá entonces al
degüello y sangrado del animal, que deberá mantenerse por unos pocos
minutos.
En caso que el ejemplar forme parte de la muestra Esquila Post
Sacrificio se continúa con la actividad de Esquila y Acondicionamiento.
En caso que el ejemplar ya se encuentre esquilado se continuará con la
siguiente actividad.
11.1.4.2 Subproceso de Evisceración y
Tratamiento de Desechos
Se deberá hacer cumplir un protocolo específico en la materia definido
por las autoridades provinciales competentes. Asimismo, dichas
autoridades adoptarán medidas para mitigar el potencial impacto de las
vísceras sobre carroñeros, debido a los volúmenes a ser desechados.
11.1.4.2.1 Descripción y Responsables
- Fiscalización Infraestructura Base: la autoridad de aplicación
provincial de fauna silvestre deberá fiscalizar los elementos de
infraestructura implementados en el proceso de evisceración y
tratamiento de desechos en el terreno según normativa vigente.
- Evisceración: el personal del frigorífico procederá a la extracción
de las vísceras para su disposición final en el campo.
- Se comenzarán a realizar las incisiones de piel y pared abdominal.
Empleando un cuchillo limpio, se incidirá la piel en la línea media,
comenzando por sobre el manubrio del esternón, hasta llegar al pubis,
sin cortar la pared abdominal. En caso de tratarse de hembras se tendrá
en cuenta el estado de la glándula mamaria, la cual de estar en estadio
de lactancia será removida de forma completa. Luego se incidirá la
pared abdominal a lo largo de la línea media (alba), siguiendo el mismo
trayecto que el corte de la piel.
- Se continuará luego realizando las ligaduras intra-abdominal: con
Clips o con un material para ligadura, se efectuarán dos ligaduras en
el extremo intra-abdominal del esófago. Luego de la primera ligadura se
desplazará su contenido en dirección al estómago y se procederá a
efectuar la segunda ligadura a unos 15 cm de la anterior.
- A continuación se procederá a la extracción de las vísceras verdes y
rojas: se seccionará el esófago entre ambas ligaduras extrayendo en
primer lugar las vísceras verdes, cuidando que no se rasguen, hasta
llegar al recto, en donde se operará de igual manera que en el esófago.
- Verificar Inocuidad: El profesional veterinario bajo las órdenes de
la autoridad de aplicación provincial de fauna silvestre y/o SENASA
realizará la Verificación de Inocuidad de las vísceras extraídas. A
través de una inspección visual se determinará si existe alguna
anomalía que pueda considerarse un signo de la presencia de algún
peligro que, vinculado al estado del animal, pueda representar un
riesgo para la inocuidad alimentaria.
.1. En caso que se detecten signos de enfermedades infecto-contagiosas
se realizará el descarte TOTAL de la pieza y se enviará a tratamiento
de desechos.
.2. En caso que no se detecten signos de enfermedades
infecto-contagiosas, se decidirá si las vísceras rojas ingresarán a la
muestra sanitaria.
.2.1. En caso que las vísceras rojas ingresen a la muestra sanitaria se
realizará la preparación de la muestra sanitaria y se descartarán las
vísceras verdes.
.2.2. En caso que las vísceras rojas no ingresen a la muestra sanitaria
se realizará el descarte de las vísceras verdes y las rojas no
ingresadas a la muestra y se enviarán a tratamiento de desechos.
.3. Descarte de las vísceras verdes y las rojas no ingresadas a la
muestra: estas serán enviadas por la empresa y/o frigorífico al
Tratamiento de Desechos.
.4. Preparación de Muestra Sanitaria: Las vísceras abdominales sólidas
(rojas) serán colocadas por el profesional veterinario en una bolsa
plástica de primer uso a fin de realizar un muestreo sanitario de las
mismas de forma posterior. No deben extraerse las membranas que se
hallan adheridas al cuerpo ni la piel ni la cabeza.
.5. Tratamiento de Desechos: la autoridad de aplicación provincial de
fauna silvestre verificará en el lugar de sacrificio la correcta
disposición final por parte de la empresa y/o frigorífico de las
vísceras verdes, vísceras rojas no muestreadas y piezas de descarte
siendo enterradas y calcificadas en el campo según la normativa
vigente. Se tendrá particular precaución en evitar el contacto de
mascotas y fauna nativa con las vísceras, sangre y descartes para
eliminar la posibilidad de transmisión de parásitos (p. ej.
endoparásitos Sarcocystis sp.), tomando las medidas que resulten
adecuadas para este fin.
Se deberá proveer los recursos necesarios para tratar la sangre y
vísceras en el lugar de extracción. Se deberá desarrollar un protocolo
específico en la materia.
- Fiscalización de evisceración y tratamiento de Desechos: la autoridad
de aplicación provincial de fauna silvestre fiscalizará el cumplimiento
de acuerdo a la normativa vigente. Una vez eviscerado e inspeccionado
el animal en campo se procederá a consignar las novedades y
observaciones que surjan en la inspección en una planilla o registro de
origen firmada por personal registrado autorizado.
- Registro en base de conocimientos: la autoridad de aplicación
provincial de fauna silvestre consolidará los datos de los formularios
Resultados Evisceración y se adjuntará también toda la documentación
relacionada.
11.1.4.3 Subproceso de traslado a
Frigorífico
A tal fin, se deberá contar con un sistema de rieles para subir al
camión térmico. El traslado se realizará en dichos camiones hacia los
frigoríficos que estén habilitados para tránsito federal. El tiempo de
traslado en el camión térmico no será mayor de 12 - 18 horas desde el
momento del sacrificio.
11.1.4.4 Subproceso de Fiscalización y
obtención de certificados de trazabilidad
El control a llevar a cabo por la autoridad de aplicación provincial de
fauna silvestre se realizará en todas y cada una de las etapas del
proceso, con la presencia de Agentes de Control y Fiscalización.
Los Certificados a obtener son:
- Certificado de guía de traslado fauna provincial detallando el RENSPA
de origen con todos los demás datos del formulario.
- Precintado del camión térmico refrigerado (autoridad de aplicación
provincial de fauna silvestre).
Se sumarán los datos de información y/o novedades en caso de
evisceración a campo.
Una vez eviscerado e inspeccionado el animal procederá a consignar las
novedades (observaciones que surgieron en la inspección de vísceras
etc.) que hubiere en una planilla o registro de origen (complementando
a la guía de traslado animal fauna provincial) confeccionado con datos
tales como la fecha, hora y lugar del animal, firmado por personal
registrado autorizado verificado.
11.1.5 Buenas prácticas para el
proceso de faena
Se entiende por Faena el trabajo ejecutado desde el sacrificio de los
animales, hasta su entrada a cámaras frigoríficas o su expendio con
destino al consumo o industrialización de las reses, media res o
cuartos. Por su extensión se incluyen en el vocablo los animales que
puedan ingresar muertos, para su posterior elaboración (Decreto SENASA
4238/68 Capítulo I) (8)
De manera de dar garantías de procesos unificados de Inspección de
Productos y Subproductos y Derivados de Origen Animal y de inocuidad el
proceso de faena se desarrollará teniendo en cuenta los procedimientos
descriptos en:
- El manual POE (Procedimientos Operativos Estandarizados RES 233-1998
60) de cada empresa, validados por SENASA. o Lo mencionado en el
Decreto SENASA 4238/68 Capítulo XIX donde establece pautas y requisitos
a cumplir en la faena de especies de Caza Mayor.
Durante el proceso la autoridad de aplicación en fauna silvestre de la
provincia, entre otros aspectos, deberá verificar:
- La presencia de un profesional veterinario;
- El correcto funcionamiento del aparato insensibilizador;
- El número de cartuchos, que deberá ser superior por un amplio margen
al máximo número de individuos que se estime capturar en la jornada; y
- El cumplimiento de protocolos de tratamiento de animales heridos y
sometidos a eutanasia.
Dichos procedimientos serán adecuados a la especie guanaco, de forma
tal que permitan optimizar el proceso de faena industrial, como por
ejemplo se deberá utilizar una línea de faena diseñada especialmente
para esta especie.
Ejecución
- Paso 1: Insensibilización (mediante pistola de perno cautivo o
metodología menos cruenta) + degüello + eviscerado + traslado en camión
térmico de campo a frigorífico.
- Paso 2: Carcaza + cuero + oreo.
- Paso 3: Desposte + envasado + congelamiento (-25 °C).
- Paso 4: Cámara fría (-18 °C).
- Paso 5: De contar con las correspondientes autorizaciones de la
autoridad provincial de aplicación en fauna silvestre, queda libre para
comercializar.
11.1.5.1 Subproceso de obtención de
Carne
- Fiscalización de la Infraestructura de Base: personal autorizado por
SENASA deberá fiscalizar los elementos de infraestructura implementados
para estos procesos y su adaptación para la faena de camélidos, según
normativa de dicha entidad. La autoridad de aplicación provincial de
fauna silvestre deberá fiscalizar el cumplimiento de las condiciones
expresadas en la autorización para la cosecha de acuerdo a los
Lineamientos y Requisitos para Proyectos de Cosecha de este PNMSG, así
como la correcta aplicación del Protocolo de Buenas Prácticas de Manejo
de Guanacos (
Lama guanicoe)
Silvestres (Carmanchahi y Marull, 2017).
- Recepción de Reses: se realizará la recepción de las reses
sacrificadas y evisceradas en sus vísceras verdes y rojas. El
frigorífico realizará la revisión de documentación y se identificarán
los ejemplares a través de un precinto numerado.
- Inspección de Admisión: personal autorizado por el SENASA realizará
una inspección de admisión de manera de evaluar la condición sanitaria
para llevar a cabo la faena
- Desollado: el personal del frigorífico procederá a la obtención del
cuero. El mismo será enviado y tratado de acuerdo al Subproceso
Procesado Inicial de Cuero (ver a continuación).
- Inspección post mortem: personal autorizado por el SENASA realizará
la inspección post mortem de carcasas y vísceras de muestreo.
- Desposte: el personal del frigorífico procederá a realizar la
higienización y se conservarán las reses en las cámaras frigoríficas
destinadas al oreo. Una vez oreadas las reses se procederá a obtener
los cortes cárnicos, envasado, rotulado y pesaje.
- Informe de Faena: como resultado de esta actividad el personal del
frigorífico realizará un informe volcando los resultados en el
formulario Resultados Faena. Este informe de faena deberá contener como
mínimo las siguientes variables a medir:
1. Estudio de vida útil (tiempo).
2. Cantidad de carne obtenida (kg).
3. Rinde de cada corte (%).
4. Calidad de la carne (color veteado, capacidad de retención de agua,
olor, firmeza, jugosidad, terneza, sabor, sin hematomas, limpia sin
pelos del animal ni del operario, no presentar cuerpos extraños,
abscesos, síntomas de enfermedad).
5. Calidad Sanitaria. Debe ser una carne limpia, sana, libre de
cualquier contaminante, en concordancia con la Resolución 336/2016 de
SENASA en lo que respecta a "Carne de Caza Silvestre".
6. Eficiencia de metodologías y herramientas (Cantidad de Guanacos
faenados por Hora /Hombre).
7. Se medirá el PH en 30 animales ensayo no destructivo dentro de las
primeras 48 hs de faena.
8. Temperatura (°C).
9. Caracterización de la Carne de Guanaco. Ensayos Físico/Químicos.
- Fiscalización de Faena: personal autorizado por el SENASA fiscalizará
el cumplimiento de los procedimientos de acuerdo a la normativa vigente.
11.1.5.2 Subproceso Procesado Inicial
de Cuero
Atendiendo a las características de la piel de guanaco, las
posibilidades de manejo de un frigorífico estándar, las condiciones
climáticas existentes en la zona y el traslado de las pieles obtenidas
a los posibles destinatarios de las mismas, se tomará la "conservación
por salado" como la variable adecuada para un buen manejo de este
producto. Una vez sacrificado el animal y realizado el desuello, es
importante conservar la piel para que pueda ser aprovechada como sub
producto, teniendo en cuenta que el plazo no exceda las 6 horas
aproximadamente, entre la faena y el inicio del proceso de conservación.
Lo aconsejable es intentar bajar la temperatura de las pieles, apenas
se realice su extracción. De esta forma se reduce el riesgo de
generación de bacterias, con la consecuente degradación de la materia
prima. Una vez que se logra esta reducción de la temperatura, se
recomienda realizar una conservación con sal gruesa, cubriendo toda la
superficie del lado carne. Otros métodos como el congelamiento o secado
no son aconsejables por las distancias a las curtiembres y el clima de
la zona.
Independientemente de lo expuesto, no se considerará esta variante de
conservación como una condición excluyente para la realización del
trabajo posterior, pudiéndose llevar adelante el mismo si se partiere
de pieles conservadas por secado.
11.1.5.3 Subproceso de Fiscalización y
obtención de certificados de trazabilidad
Se ejecutarán los sistemas operativos de trazabilidad del frigorífico,
el Manual de Trazabilidad y recall validado por SENASA, Circular 3958-
SENASA, Sistemas oficiales SIGSA_SIGICA_SIGCER. Se utilizarán los
procedimientos descriptos en Manual POE (Procedimientos Operativos
Estandarizados) de cada empresa, validados por SENASA.
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(1) Los grupos estructurales donde habita el guanaco, de acuerdo a las
citas documentadas en el Sistema de Información sobre Biodiversidad
(SIB) son las siguientes:
-
Bosques bajos: vegetación
con un estrato abierto o cerrado de leñosas de hasta 15 m de altura.
-
Comunidades de régimen hídrico
especial: comunidades de tipo
intermedio entre los ambientes acuáticos y terrestres, la existencia de
cuyos componentes está condicionada por una determinada calidad o nivel
de agua.
-
Estepas: vegetación con una
superficie de suelo desnudo superior al
20 % e inferior al 60 %, un estrato abierto de leñosas de hasta 5 m de
altura presente o ausente, con especies perennes distanciadas no más de
dos veces su diámetro y vegetación herbácea xerofítica.
-
Matorrales: vegetación densa
de arbustos con un estrato superior cerrado de leñosas de hasta 5 m de
altura.
-
Semidesiertos: Más del 60 %
de la superficie de suelo desnudo,
vegetación leñosa de más de 0,5 m. de altura ausente o dispersa.
(2) Se analizaron las diferencias en la densidad de guanacos entre el
interior del área protegida y su área de influencia, y comparando
dichas densidades con las obtenidas en el momento de creación del área
protegida, y cuando se planificó su manejo. Las densidades resultaron
mayores en el interior del área protegida y fueron significativamente
superiores a las de 1982-84. Dicha densidad se elevó a 4,89 ind/ km2
(ES = 0,69) al promediar por separado los 7 sectores del área
protegida, mientras que para los sectores correspondientes a su área de
influencia la densidad promedio fue de 0,004 ind./km2 (ES = 0,004). La
diferencia entre sectores internos y externos al área protegida fue
significativa (F = 31.030, p < 0,0001).
(3) El ciervo colorado, introducido en el sur de Neuquén en la década
del 1920, se ha expandido al oeste de Río Negro y Chubut y se sabe que
también existen poblaciones silvestres en las provincias de Mendoza, La
Pampa, Salta, Jujuy, Tucumán y San Luis. Su distribución se está
ampliando por dispersión natural y por el traslado y confinamiento en
cautiverio (Relva y Sanguinetti, 2016). Existe amplia evidencia de que
los ciervos pueden alterar la estructura y dinámica de la comunidad de
plantas a través de la herbivoría y sus actividades asociadas (pisoteo,
raspado y descortezado, defecaciones y orina). Estas modificaciones
pueden luego tener un efecto en cascada hacia el resto de la comunidad,
alterando la composición de la fauna, las interacciones ecológicas y
los procesos ecosistémicos (Relva y Sanguinetti, 2016), por ejemplo,
podrían subsidiar a las poblaciones de pumas, con el consiguiente
efecto que éstas pueden tener sobre poblaciones de guanacos a
densidades bajas (Novaro y Walker, 2005).
(4) Cabo Dos Bahías, en Chubut, es un ejemplo de las consecuencias que
factores como el tamaño del área de reserva, degradación del hábitat y
conectividad poblacional -entre otros- pueden tener sobre las
poblaciones de guanacos. En este caso y luego de un año extremadamente
seco, la población colapso durante el invierno del año 2000, muriendo
más del 80 % de los individuos. (Baldi
et al. 2001)
(5) Datos proporcionados por la secretaría técnico - administrativa del
Sistema Federal de Áreas Protegidas (SiFAP) - Equipo de AP de la
Dirección Nacional de Planificación y Ordenamiento Ambiental del
Territorio (DNPyOAT).
(6) Se define como bienestar animal (BA) a la consideración del animal
en un estado de armonía con su ambiente y la forma por la cual
reacciona frente a los cambios del medio, tomando en cuenta su confort,
alojamiento, trato, cuidado, nutrición, prevención de enfermedades,
cuidado responsable, manipulación y eutanasia responsable cuando
correspondiese. (Carmanchahi y Marull 2012)
(7) Carmanchahi y Marull, (2017)
(8)
http://www.senasa.gob.ar/sites/default/files/ARBOL_SENASA/INFORMACION/NORMATIVA/4238/capitulo_i.pdf).
IF-2019-58568424-APN-SGAYDS#SGP
Hoja
Adicional de Firmas
Informe gráfico
Número:
IF-2019-58568424-APN-SGAYDS#SGP
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 1 de Julio de 2019
Referencia:
EX-2019-40419834-APNDRIMAD#SGP - ANEXO I PNMSG
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