MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Resolución 253/2019

RESOL-2019-253-APN-MRE

Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2019

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2019-38079614-APN-DGD#MRE, la Ley Nº 22.520, el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, las Decisiones Administrativas Nros. 1146 de fecha 18 de octubre de 2016 y 308 de fecha 13 de marzo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 atribuye al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO las competencias para entender, desde el punto de vista de la política exterior, en las reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y las misiones especiales ante los gobiernos extranjeros y entidades internacionales, confeccionar las instrucciones que corresponda impartir en cada caso, así como entender en la elaboración e interpretación de los tratados, pactos, convenios, protocolos, acuerdos, arreglos o cualquier otro instrumento de naturaleza internacional, en todas las etapas de la negociación, aprobación, adhesión o accesión.

Que la Decisión Administrativa Nº 1146/16, modificada por la Decisión Administrativa Nº 308/18, establece que es responsabilidad primaria de la Dirección General de Consejería Legal asesorar en los asuntos en que sean de aplicación los principios y las normas del Derecho Internacional Público y Privado, así como supervisar y coordinar las acciones en materia de cooperación jurídica internacional; participar en reuniones internacionales referidas a temas o materias vinculados al Derecho Internacional y elaborar las instrucciones correspondientes; asesorar en la celebración, manifestación del consentimiento en obligarse, aplicación e interpretación de los tratados e instrumentos internacionales en todas sus etapas y supervisar la preparación de la documentación necesaria para ello, coordinar las acciones en lo que respecta a cooperación jurídica internacional así como supervisar la actuación de la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional como autoridad de aplicación en las convenciones internacionales en la materia.

Que en vista de la diversificación y complejización del Derecho Internacional Privado y su tratamiento en una multiplicidad de foros, la Dirección General de Consejería Legal ha acudido en el pasado al asesoramiento de expertos en determinados temas.

Que dicho asesoramiento consiste en la obtención de elementos e insumos para la elaboración de lineamientos de actuación para las delegaciones argentinas que participan en los distintos foros del Derecho Internacional Privado.

Que ocasionalmente, dichos expertos han integrado en calidad de asesores las delegaciones argentinas que participan en tales foros, brindando sus opiniones y asesoría.

Que, con el objeto de otorgar un marco jurídico a dicho asesoramiento y participación, de modo de garantizar su transparencia, continuidad y previsibilidad, se considera conveniente institucionalizar un órgano integrado por tales expertos y regular su participación.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de Consejería Legal intervinieron en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 4º, inciso b), apartado IX) de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.

Por ello,

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase la Comisión Asesora del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO en materia de Derecho Internacional Privado, con dependencia funcional de la Dirección General de Consejería Legal, la que se regirá por el Estatuto registrado en el Módulo Generador Electrónico de Documentos Oficiales bajo el código IF-2019-40035996-APN-DGCL#MRE, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jorge Marcelo Faurie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/07/2019 N° 47736/19 v. 04/07/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)