Resolución 253/2019
RESOL-2019-253-APN-MRE
Ciudad de Buenos Aires, 15/05/2019
VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2019-38079614-APN-DGD#MRE, la Ley
Nº 22.520, el Decreto N° 174 de fecha 2 de marzo de 2018, las
Decisiones Administrativas Nros. 1146 de fecha 18 de octubre de 2016 y
308 de fecha 13 de marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley de Ministerios Nº 22.520 atribuye al MINISTERIO DE
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO las competencias para entender, desde el
punto de vista de la política exterior, en las reuniones, congresos y
conferencias de carácter internacional y las misiones especiales ante
los gobiernos extranjeros y entidades internacionales, confeccionar las
instrucciones que corresponda impartir en cada caso, así como entender
en la elaboración e interpretación de los tratados, pactos, convenios,
protocolos, acuerdos, arreglos o cualquier otro instrumento de
naturaleza internacional, en todas las etapas de la negociación,
aprobación, adhesión o accesión.
Que la Decisión Administrativa Nº 1146/16, modificada por la Decisión
Administrativa Nº 308/18, establece que es responsabilidad primaria de
la Dirección General de Consejería Legal asesorar en los asuntos en que
sean de aplicación los principios y las normas del Derecho
Internacional Público y Privado, así como supervisar y coordinar las
acciones en materia de cooperación jurídica internacional; participar
en reuniones internacionales referidas a temas o materias vinculados al
Derecho Internacional y elaborar las instrucciones correspondientes;
asesorar en la celebración, manifestación del consentimiento en
obligarse, aplicación e interpretación de los tratados e instrumentos
internacionales en todas sus etapas y supervisar la preparación de la
documentación necesaria para ello, coordinar las acciones en lo que
respecta a cooperación jurídica internacional así como supervisar la
actuación de la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional como
autoridad de aplicación en las convenciones internacionales en la
materia.
Que en vista de la diversificación y complejización del Derecho
Internacional Privado y su tratamiento en una multiplicidad de foros,
la Dirección General de Consejería Legal ha acudido en el pasado al
asesoramiento de expertos en determinados temas.
Que dicho asesoramiento consiste en la obtención de elementos e insumos
para la elaboración de lineamientos de actuación para las delegaciones
argentinas que participan en los distintos foros del Derecho
Internacional Privado.
Que ocasionalmente, dichos expertos han integrado en calidad de
asesores las delegaciones argentinas que participan en tales foros,
brindando sus opiniones y asesoría.
Que, con el objeto de otorgar un marco jurídico a dicho asesoramiento y
participación, de modo de garantizar su transparencia, continuidad y
previsibilidad, se considera conveniente institucionalizar un órgano
integrado por tales expertos y regular su participación.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Dirección General de
Consejería Legal intervinieron en el ámbito de sus respectivas
competencias.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 4º, inciso b), apartado IX) de la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones.
Por ello,
EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase la Comisión Asesora del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO en materia de Derecho Internacional Privado, con
dependencia funcional de la Dirección General de Consejería Legal, la
que se regirá por el Estatuto registrado en el Módulo Generador
Electrónico de Documentos Oficiales bajo el código
IF-2019-40035996-APN-DGCL#MRE, que como Anexo forma parte integrante de
la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Jorge Marcelo Faurie
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 04/07/2019 N° 47736/19 v. 04/07/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)