ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 2539/2019

RESOL-2019-2539-APN-ENACOM#JGM FECHA 3/7/2019 ACTA 48

EX-2019-52601191-APN-SDYME#ENACOM - ACTA 48

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:

1.- Convócase a Concurso Público a Empresas con Participación de los Estados Provinciales que sean Licenciatarios de Servicios TIC y cuenten con registro del servicio a prestar, para la presentación de proyectos que tengan como finalidad la extensión y actualización de la infraestructura de redes mayoristas y minoristas que favorezcan el acceso al Servicio Fijo de Acceso a Internet de Banda Ancha en áreas con necesidades insatisfechas, a ser financiados parcialmente, a través de Aportes no Reembolsables, en los términos del Pliego de Bases y Condiciones que se aprueba en el Artículo 2° de la presente Resolución.

(Artículo sustituido por art. 1 de la Resolución Sintetizada N° 270/2020 del Ente Nacional de Comunicaciones B.O. 16/3/2020. Vigencia: regirá para los proyectos que se adjudiquen con posterioridad a la publicación de la presente Resolución en el BORA)

2.- Apruébanse los términos del Pliego para la Adjudicación de Aportes no Reembolsables para Empresas con participación de los Estados Provinciales, en el marco del PROGRAMA DE CONECTIVIDAD, registrado como Anexo IF-2019-56324371-APN-DNFYD#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que forman parte integrante de la presente Resolución.

(Artículo sustituido por art. 2 de la Resolución Sintetizada N° 270/2020 del Ente Nacional de Comunicaciones B.O. 16/3/2020. Vigencia: regirá para los proyectos que se adjudiquen con posterioridad a la publicación de la presente Resolución en el BORA)

3.- La selección y adjudicación de los proyectos presentados en el marco de la convocatoria determinada en el Artículo 1, se instrumenta a través del mecanismo de Concurso Público Nacional de Etapa Múltiple.

4.- Para el cumplimiento de los compromisos resultantes de las adjudicaciones emergentes de la presente convocatoria, el Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES podrá destinar hasta la suma de $ 1.500.000.000,00. del FONDO FIDUCIARIO DEL SERVICIO UNIVERSAL. Además, podrán destinarse recursos, dentro del citado monto, para solventar las contrataciones a Organismos Públicos en pos de la realización de las verificaciones de la ejecución de los Proyectos que se aprueben en el marco de la presente Convocatoria.

5.- Establecer que aquellas Empresas que resulten adjudicatarias en el marco de la presente Convocatoria, no podrán participar de otras Convocatorias abiertas en el marco del PROGRAMA CONECTIVIDAD aprobado por Resolución ENACOM N° 3.597/2016.

6.- Comuníquese, notifíquese, publíquese. Firmado: Silvana Myriam Giudici, Presidenta, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

(Nota Infoleg: las modificaciones al Anexo que se hayan publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace "Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")

e. 05/07/2019 N° 48485/19 v. 05/07/2019