JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN
Resolución 1108/2019
RESOL-2019-1108-APN-SGM#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 21/06/2019
VISTO: el Expediente EX-2019-54714643-APN-SECMA#JGM, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438 del 12 de marzo de 1992)
y sus modificatorias, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de
Presupuesto (t.o. 2014), el Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de
2017, las Resoluciones Nros. (RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de
diciembre de 2017 y (RESOL-2018-106-APN-MM) del 22 de febrero de 2018
del entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, y la Resolución N°
(RESOL-2018-109-APN-SGM#JGM) del 11 de diciembre de 2018 de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 1109 de fecha 28 de diciembre de 2017 se derogó el
Decreto N° 2345 del 30 de diciembre de 2008, sus modificatorios y sus
normas complementarias y se estableció un nuevo régimen de
contrataciones de servicios personales destinados a desarrollar
estudios, proyectos y/o programas especiales.
Que mediante el artículo 2° del citado Decreto N° 1109/17 se dispuso
que la relación contractual que vincule a las partes se regirá por las
disposiciones del régimen aprobado por dicha norma, por las normas que
se dicten en su consecuencia y por los contratos que a tal efecto se
celebren, de acuerdo con el Modelo de Contrato que establezca la
Autoridad de Aplicación, pudiendo en cada caso incorporarse cláusulas
especiales adecuadas a la contratación que se propusiera.
Que por el artículo 4° del Decreto N° 1109/17 se estableció que el
régimen de contratación para personas humanas, con el objeto de la
prestación de servicios profesionales autónomos que sean necesarios
para el desarrollo de tareas, estudios, proyectos o programas
especiales resultará de aplicación a la contratación de Consultores,
Asesores o Asistentes.
Que el citado artículo 4° indica que los requisitos para acceder a
tales funciones, las tareas correspondientes a cada una de ellas, así
como los requisitos para los niveles que podrán revestir las mismas,
serán determinados por la Autoridad de Aplicación, siendo, de acuerdo
al artículo 12 del Decreto N° 1109/17, el ex MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN.
Que la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N°
(RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de diciembre de 2017 estableció una
grilla de honorarios cuya unidad de medida se denomina Unidad
Retributiva.
Que mediante la Resolución N° (RESOL-2018-106-APN-MM) del entonces
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN de fecha 22 de febrero de 2018 se
estableció el valor la unidad de medida.
Que la Resolución N° (RESOL-2018-109-APN-SGM#JGM) de fecha 11 de
diciembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, sustituyó el Anexo II de la
Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N°
(RESOL-2017-729-APN-MM) de fecha 28 de diciembre de 2017.
Que en esta instancia corresponde actualizar el valor en pesos de dicha Unidad Retributiva.
Que ha tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 23 octies del Decreto N° 513/17 y del artículo 12 del
Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Actualícese el valor de la unidad retributiva fijada
mediante Resolución N° (RESOL-2018-106-APN-MM) a partir del 1° de julio
de 2019 en PESOS TREINTA Y SEIS CON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($36,47).
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Andrés Horacio Ibarra
e. 10/07/2019 N° 48982/19 v. 10/07/2019