JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
Resolución 14/2019
RESOL-2019-14-APN-STIYC#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2019
VISTO los expedientes EX-2019-60718192- -APN-STIYC#JGM y
EX-2018-37397183-APN-DNRTIYC#MM, la Ley N° 27.078 de fecha 16 de
diciembre de 2014 y sus modificatorias, el Decreto N° 1060 del 20 de
diciembre de 2017 y las Resoluciones Nros 18 del 21 de agosto de 2018 y
3 del 25 de enero de 2019 de esta Secretaría de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional tiene como objetivo mejorar la calidad de los
servicios y las redes de telecomunicaciones en todo el territorio
nacional, a cuyo fin es necesario impulsar medidas orientadas a
maximizar la eficiencia en la utilización de los recursos destinados a
la prestación de Servicios de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones.
Que la Ley N° 27.078 establece, entre las competencias de la Autoridad
de Aplicación, la de regular y promover la competencia y el desarrollo
eficiente de las telecomunicaciones y los servicios digitales, y emitir
los lineamientos de carácter general para el acceso y uso compartido de
la infraestructura activa y pasiva.
Que existe un gran consenso a nivel internacional sobre la importancia
de adoptar iniciativas tendientes a facilitar el despliegue de redes de
telecomunicaciones, particularmente mediante el uso compartido de la
infraestructura, en tanto facilitan el óptimo aprovechamiento de
recursos, beneficiando a los usuarios.
Que en tal sentido, diversas autoridades regulatorias nacionales,
organismos supranacionales e internacionales establecieron lineamientos
y recomendaciones sobre las posibilidades que ofrece la compartición de
infraestructura en pos de aumentar la disponibilidad y asequibilidad de
los Servicios de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Que la promoción de medidas destinadas a fomentar la utilización
conjunta de las infraestructuras físicas existentes y el despliegue
eficiente de nuevas redes de telecomunicaciones resulta primordial para
facilitar el desarrollo de dichas redes a menores costos.
Que el artículo 6° del Decreto N° 1060 del 20 de diciembre de 2017
dispone que “el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN dictará un reglamento de
compartición de infraestructura” comprensivo de normas complementarias
a sus disposiciones.
Que en virtud de la determinación de la Secretaría de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones de dar participación pública a los
interesados en los procesos regulatorios, mediante la Resolución Nº 18
del 21 de agosto de 2018, EX-2018-37397183-APN-DNRTIYC#MM, se declaró
la apertura del procedimiento previsto en el artículo 44 y siguientes
del Reglamento General de Audiencias Públicas y Documentos de Consulta
para las Comunicaciones, aprobado por Resolución SC Nº 57/1996 de la ex
Secretaría de Comunicaciones, respecto del documento “Consulta Pública
sobre Compartición de Infraestructura”.
Que durante el referido proceso de consulta se presentaron diversos
aportes y recomendaciones, que fueron analizados por las respectivas
áreas técnicas a los efectos de la elaboración de una propuesta de
marco regulatorio sobre compartición de infraestructura pasiva, en
cumplimiento de lo establecido por las normas reseñadas.
Que numerosos participantes en la consulta pública coincidieron en la
importancia de promover políticas de compartición de infraestructura
pasiva con el objetivo de reducir los costos asociados al despliegue de
redes de telecomunicaciones, facilitar un desarrollo eficiente y
sostenible de la infraestructura y promover la competencia en el sector.
Que conforme las respuestas recibidas y el alto grado de participación
verificado, con la finalidad de dar continuidad al proceso y fortalecer
la necesaria cooperación entre todos los sectores involucrados en la
elaboración de políticas públicas, por Resolución Nº 3 del 25 de enero
de 2019 se declaró la apertura de consulta pública respecto del
proyecto de “Reglamento de Compartición de Infraestructura”.
Que en el referido proceso se verificó nuevamente una activa
participación, en tanto distintos actores y sectores involucrados
presentaron recomendaciones y observaciones sobre el proyecto sometido
a consideración, compartiendo además su visión y experiencia en
relación a los desafíos y dificultades implicadas.
Que dichas presentaciones fueron evaluadas y consideradas por los
equipos técnicos de esta Secretaría mediante un análisis
interdisciplinario, a fin de identificar las condiciones esenciales a
contemplar en una propuesta de regulación eficaz, con el objetivo
último de garantizar mayor disponibilidad de servicios para los
usuarios.
Que la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(“OCDE”) destaca, entre las buenas prácticas regulatorias, la necesidad
de que los procesos sean de carácter abierto y participativo, que la
información sea accesible, que las propuestas se publiquen previamente,
que se otorguen plazos razonables para su discusión y que existan
mecanismos transparentes de toma de decisiones.
Que en tal sentido, el análisis de impacto regulatorio es una
herramienta fundamental de política pública basada en evidencia, que
ofrece a quienes toman decisiones información detallada sobre los
efectos esperados de medidas regulatorias, identificando beneficios y
costos potenciales, considerando aspectos económicos, sociales y
medioambientales, entre otros.
Que la adopción de esta herramienta refuerza la transparencia de los
procesos regulatorios y su justificación, y tiene como objetivo
apuntalar la legitimidad de las políticas e incrementar la confianza
pública en las instituciones y los procesos de toma de decisiones.
Que en función de ello, los equipos técnicos de esta Secretaría
elaboraron el documento “Compartición de Infraestructura Pasiva -
Antecedentes, Análisis y Conclusiones a partir de la Finalización del
Proceso de Consulta Pública”, con el objetivo de brindar una discusión
ordenada sobre los aspectos esenciales relativos a una futura
reglamentación sobre compartición de infraestructura pasiva.
Que tal documento, incorporado como Anexo a la presente resolución,
incluye un estudio de los principios adoptados en el proyecto de
reglamento publicado a consulta, los beneficios esperados de una
eventual regulación, un relevamiento de antecedentes internacionales y
literatura académica sobre la materia, y una síntesis de las
principales observaciones recibidas en el marco de la consulta pública,
con sus consiguientes comentarios y conclusiones.
Que en relación a los aportes y comentarios sobre el proyecto de
reglamento de compartición de infraestructura presentados durante la
consulta, en el marco del análisis desarrollado en el documento se
consideraron sus implicaciones y potenciales efectos mediante
respuestas técnicas orientadas a esclarecer las principales inquietudes
planteadas por los participantes, exponiendo los criterios adoptados
desde una perspectiva integral, contemplando aspectos jurídicos,
económicos y de modelo regulatorio.
Que mediante la publicación del referido documento se busca fortalecer
la transparencia y legitimidad del proceso regulatorio, garantizando
una adecuada cooperación de todas las partes interesadas en la
elaboración y realización de políticas públicas.
Que la experiencia recogida permite evaluar positivamente los
resultados alcanzados con el procedimiento de consulta pública, toda
vez que ello aporta equilibrio y claridad a las prácticas regulatorias,
que se reflejan en la gran cantidad de aportes y sugerencias
presentadas por las partes interesadas, y su constructiva consideración
durante la etapa de análisis.
Que conforme lo establece el Decreto Nº 958 del 25 de octubre de 2018,
compete a la Secretaría de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones asistir al Secretario de Gobierno de Modernización en la
interpretación de las Leyes N° 19.798, 20.216, 26.522 y 27.078, así
como en el diseño de políticas y regulaciones que permitan un mayor
desarrollo e inclusión de las comunicaciones, y elaborar estudios y
propuestas de regulaciones, en el ámbito de su competencia.
Que mediante Decreto N° 894 del 1 de noviembre de 2017 se aprobó el
texto ordenado del “Reglamento de Procedimientos Administrativos -
Decreto 1759/72 - T.O. 2017”.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el Decreto Nº 174 del 2 de marzo de 2018, modificado por
Decreto Nº 958 del 25 de octubre de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dese por finalizado el procedimiento previsto en el
artículo 44 y siguientes del Reglamento General de Audiencias Públicas
y Documentos de Consulta para las Comunicaciones, aprobado por
Resolución SC Nº 57/1996 de la ex Secretaría de Comunicaciones,
respecto de los documentos sometidos a consideración mediante las
Resoluciones Nros 18/2018 y 3/2019 de esta Secretaría.
ARTICULO 2°.- Establécese que los interesados podrán acceder al
documento “Compartición de Infraestructura Pasiva - Antecedentes,
Análisis y Conclusiones a partir de la Finalización del Proceso de
Consulta Pública” que como Anexo [IF-2019-62897801-APN-SSR#JGM] forma
parte de la presente resolución, ingresando a la página web
https://www.argentina.gob.ar/modernizacion/setic.
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. Hector Maria Huici
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/07/2019 N° 50707/19 v. 16/07/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)