MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 1087/2019
RESOL-2019-1087-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 15/07/2019
VISTO el expediente EX-2017-29025707-APN-DNCHYSO#MS, del registro del
ex MINISTERIO DE SALUD, la Ley N° 17.132, sus complementarias y
modificatorias, la Ley N° 22.127, la Resolución N° 450 del ex
MINISTERIO DE SALUD Y AMBIENTE de fecha 7 de abril de 2006, la
Resolución N° 1922 del ex MINISTERIO DE SALUD de fecha 6 de diciembre
de 2006, la Resolución Nº 1342 del ex MINISTERIO DE SALUD de fecha 10
de octubre de 2007, y la Disposición N° 104 de la ex SUBSECRETARÍA DE
POLÍTICAS REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de fecha 24 de noviembre de 2015; y
CONSIDERANDO:
Que el ordenamiento racional, la planificación y distribución de los
Recursos Humanos en Salud, son un componente central en la política
sanitaria de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del MINISTERIO DE SALUD
Y DESARROLLO SOCIAL.
Que a través de la Resolución Ministerial N° 450 de fecha 7 de abril de
2006 se crea el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL
EQUIPO DE SALUD y se establecen los criterios básicos, los integrantes
del sistema y los registros.
Que el SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD se encuentra integrado por el CONSEJO FEDERAL DE SALUD - COFESA -
como rector de la política a seguir en la formación del recurso humano
en salud, es presidido por la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y
FISCALIZACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO como
coordinador, la COMISIÓN TÉCNICA, integrada por representantes
jurisdiccionales y la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, conformada por
entidades representativas del sector, conforme lo establecido por
Resolución N° 450/2006.
Que por Resolución N° 1342/2007 se aprobaron los “Criterios y
Estándares Básicos de las Residencias del Equipo de Salud”, “Esquema de
Presentación de Programas Docentes de Residencias en Salud” y
“Requisitos para la Inscripción de Entidades Evaluadoras”, así como el
REGISTRO NACIONAL ÚNICO DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD ACREDITADAS,
el REGISTRO DE PROGRAMAS DE RESIDENCIAS ACREDITADAS y el REGISTRO ÚNICO
DE ENTIDADES EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
Que mediante Disposición N°104/2015 de la entonces SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS
REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de fecha 24 de noviembre de 2015 se aprobaron los nuevos
Estándares Nacionales y Contenidos Transversales, para la Acreditación
de Residencias del Equipo de Salud, y los formularios nacionales para
la evaluación de residencias del equipo de salud (Instrumento Nacional
de Residencias del Equipo de Salud, Encuesta de Residentes y Guía para
los Evaluadores), a los efectos de que los mismos definan los criterios
mínimos para el funcionamiento de los programas de formación de
residencias, refrendados por la COMISIÓN TÉCNICA INTERJURISDICCIONAL y
la COMISIÓN ASESORA DEL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS
DEL EQUIPO DE SALUD.
Que en correlato con la implementación del SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, la DIRECCIÓN NACIONAL
DE CAPITAL HUMANO identificó la necesidad de contar con un marco que
regule y organice el desarrollo pedagógico de las residencias del
equipo de salud a nivel nacional.
Que en ese contexto se coordinó el diseño y la implementación de un
procedimiento de trabajo basado en acuerdos metodológicos y de
contenidos sucesivos con el objetivo de generar Marcos de Referencia
para la Formación en Residencias Médicas que regulen y organicen el
desarrollo pedagógico de las residencias del equipo de salud a nivel
nacional.
Que la elaboración de los Marcos de Referencia para la Formación en
Residencias Médicas constituye una herramienta central del proceso de
armonización de la formación en residencias en tanto establecen los
componentes mínimos que tienen que estar presentes en la formación.
Que por las actuaciones citadas en el VISTO, se desarrolló el trámite
de elaboración del Marco de Referencia de la Especialidad Ortopedia y
Traumatología, IF-2017-29042832-APN-DNCHYSO#MS.
Que la elaboración de los documentos fue una tarea conjunta con
representantes de instituciones asistenciales, asociaciones
profesionales y cuerpos técnicos jurisdiccionales que constituyen
comisiones consultivas de la Especialidad Ortopedia y Traumatología,
bajo la coordinación de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CAPITAL HUMANO.
Que el Documento Marco de Referencia de la Especialidad Médica que nos
ocupa, fue aprobado por la Comisión Asesora del SISTEMA NACIONAL DE
ACREDITACIÓN DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD (Acta reunión del 10 de
abril de 2017) y Comité Técnico del Encuentro Nacional de
Planificación, Formación y Gestión de Recursos Humanos en Salud (Acta
de fecha 2 de agosto de 2017) y que su aprobación fue incluida en el
Acta COFESA, de la Reunión Ordinaria de fecha 25 de marzo de 2019.
Que la especialidad médica “ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA”, se encuentra
incluida en el listado de especialidades reconocidas por el ex
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN (Resolución Nº1814/2015).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2019 y
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE
ARTÍCULO 1° - Apruébase el “MARCO DE REFERENCIA PARA LA FORMACIÓN EN
RESIDENCIAS MÉDICAS - ESPECIALIDAD ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA” que como
ANEXO I (IF-2017-29042832-APN-DNCHYSO#MS), forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 2° - Incorpórese el “MARCO DE REFERENCIA PARA LA FORMACIÓN EN
RESIDENCIAS - ESPECIALIDAD ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGÍA”, como estándar de
evaluación de las residencias que se acrediten en el marco del SISTEMA
NACIONAL DE ACREDITACION DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD.
ARTÍCULO 3° - Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Boletín Oficial y archívese. Adolfo Luis Rubinstein
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/07/2019 N° 50649/19 v. 16/07/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)