MINISTERIO DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE MERCADO ELÉCTRICO
Disposición 43/2019
DI-2019-43-APN-SSME#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2019
Visto el expediente EX-2018-20309722-APN-DGDO#MEM y el expediente EX-2018-22838587-APN-DGDO#MEM en tramitación conjunta, y
CONSIDERANDO:
Que la provincia de Corrientes solicitó su habilitación para operar en
el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) como Provincia Comercializadora de
Regalías en Especie a través de la Dirección Provincial de Energía de
Corrientes (DPEC), en el marco de lo establecido en la resolución 61
del 29 de abril de 1992 de la ex Secretaría de Energía Eléctrica y la
resolución 137 del 30 de noviembre de 1992 de la ex Secretaría de
Energía ambas dependientes del ex Ministerio de Economía y Obras y
Servicios Públicos y sus modificatorias.
Que mediante nota B-127025-1 del 15 de mayo de 2018, obrante en el
expediente EX-2018-22838587-APN-DGDO#MEM, la Compañía Administradora
del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) informó que
la provincia de Corrientes ha presentado toda la información necesaria
para la administración de sus transacciones, conforme lo establece el
punto 4 del anexo 31 de Los Procedimientos.
Que la antedicha solicitud se publicó en el Boletín Oficial 33.892 del
15 de junio de 2018 sin haberse recibido objeciones u oposiciones que
impidan el dictado de la presente.
Que la Dirección Nacional de Regulación del Mercado Eléctrico Mayorista
dependiente de la ex Subsecretaría de Energía Eléctrica ha tomado la
intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente de la Secretaría de Gobierno de
Energía del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le
compete.
Que esta medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 35 y 36 de la ley 24.065 y el artículo 1° de la
resolución 12 del 16 de abril de 2019 de la Secretaría de Recursos
Renovables y Mercado Eléctrico dependiente de la Secretaría de Gobierno
de Energía del Ministerio de Hacienda (RESOL-2019-12-APN-SRRYME#MHA).
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE MERCADO ELÉCTRICO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar el ingreso de la Dirección Provincial de
Energía de Corrientes (DPEC) en calidad de Provincia Comercializadora
de Regalías en Especie del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM),
ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.
ARTÍCULO 2°.- Notificar a la Dirección Provincial de Energía de
Corrientes (DPEC), a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista
Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) y al Ente Nacional Regulador de la
Electricidad (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de
la Secretaría de Gobierno de Energía dependiente del Ministerio de
Hacienda.
ARTÍCULO 3°.- Instruir al Organismo Encargado del Despacho (OED) a
informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en el presente acto.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan Alberto Luchilo
e. 24/07/2019 N° 53555/19 v. 24/07/2019