FIRMA DIGITAL
Decisión Administrativa 627/2019
DA-2019-627-APN-JGM - Decisión Administrativa N° 927/2014. Derogación.
Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2019
VISTO: el Expediente N° EX-2017-14110453-APN-SECMA#MM, la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992)
y sus modificatorias, las Leyes Nros. 25.506 y 27.446, los Decretos
Nros. 561 del 6 de abril de 2016 y 182 del 11 de marzo de 2019, la
Decisión Administrativa N° 927 del 30 de octubre de 2014, la Resolución
N° 399-E del 5 de octubre de 2016 del entonces MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 y su modificatoria Ley N° 27.446 legislaron sobre
la firma electrónica, la firma digital, el documento digital y su
eficacia jurídica, estableciendo disposiciones relativas a los
componentes de la Infraestructura de Firma Digital de la República
Argentina.
Que por el Decreto Nº 182 del 11 de marzo de 2019 se reglamentó la ley
antes citada –derogándose asimismo la reglamentación vigente hasta el
momento-, regulándose el empleo de la firma electrónica y la firma
digital y su eficacia jurídica, asignándose competencias a la Autoridad
de Aplicación para establecer determinados actos y procedimientos.
Que, oportunamente, por la Decisión Administrativa N° 927 del 30 de
octubre de 2014 se estableció la Política Única de Certificación
relativa a la Infraestructura de Firma Digital de la REPÚBLICA
ARGENTINA.
Que la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorias, en su oportunidad, dispuso en su
artículo 23 octies las competencias del entonces MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, entre las cuales se encontraba la de actuar como
Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la
infraestructura de firma digital para el sector público nacional.
Que por el artículo 8° del Decreto Nº 561 del 6 de abril de 2016
–derogado por el citado Decreto N° 182/19-, se asignó al entonces
MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, en su carácter de Autoridad de Aplicación
de la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina, las
funciones establecidas en los incisos a), d) e i) del artículo 13 del
entonces vigente Decreto N° 2628/02.
Que en virtud de dichas competencias, el ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN
dictó la Resolución N° 399-E de fecha 5 de octubre de 2016 , por la
cual se establecieron las pautas técnicas complementarias del marco
normativo de firma digital, aplicables al otorgamiento y revocación de
licencias a los certificadores que así lo soliciten.
Que toda vez que por la citada Resolución del entonces MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN N° 399/16-E se estableció una nueva Política Única de
Certificación, la citada Decisión Administrativa N° 927/14 ha quedado
implícitamente derogada.
Que en consecuencia, y a los fines de simplificar la normativa que
regula esta materia, corresponde derogar expresamente la referida
Decisión Administrativa N° 927/14.
Que ha tomado intervención el servicio permanente de asesoramiento jurídico competente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Derógase la Decisión Administrativa N° 927 del 30 de octubre de 2014.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL y archívese. Marcos Peña - Rogelio Frigerio
e. 29/07/2019 N° 54976/19 v. 29/07/2019