Resolución 86/2019
RESOL-2019-86-APN-SECLYA#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 05/08/2019
Visto el expediente EX-2019-35904521-APN-DGD#MHA, la resolución 339 del
7 de junio de 2010 del entonces Ministerio de Economía y Finanzas
Públicas, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución 339 del 7 de junio de 2010 del entonces
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se crea el Comité de
Seguridad de la Información como único canal para realizar propuestas
al Ministro relativas a la política de seguridad, los procedimientos
internos y los sistemas de prevención, a fin de asegurar la
homogeneidad y unicidad de criterios y objetivos en la materia.
Que a través del artículo 2° de la citada resolución, se establece que
el Comité estará conformado por dos (2) Directores Generales o
Nacionales por cada secretaría a propuesta de su titular y por el
suscripto, quien los designará mediante resolución.
Que las Secretarías de Política Económica, de Hacienda, de Finanzas y
la Secretaría de Gobierno de Energía han propuesto a los integrantes
que las representarán en el mencionado Comité (cf.,
NO-2019-36066454-APN-SECPE#MHA, NO-2019-67500725-APN-SECPE#MHA,
NO-2019-67422870-APN-SECH#MHA, NO-2019-21609733-APN-SF#MHA y
NO-2019-20526220-APN-SGE#MHA, respectivamente).
Que la Subsecretaría de Política Tributaria dependiente de la
Secretaría de Ingresos Públicos, propuso a los representantes de esa
secretaría dado el requerimiento que le efectuara la Secretaría de
Hacienda mediante la NO-2019-11134521-APN-SECLYA#MHA (cf.,
NO-2019-12455890-APN-SSPT#MHA).
Que, asimismo, procede designar a los representantes de esta
secretaría, quienes fueran propuestos por la Subsecretaría de
Administración y Normalización Patrimonial (cf.,
NO-2019-12629180-APN-SSADYNP#MHA).
Que se propone además incorporar como participante de las reuniones del
Comité a la Directora General de Coordinación Institucional, en
representación de la Unidad de Coordinación General de esta cartera
(cf., NO-2019-36396478-APN-UCG#MHA).
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en uso de las facultades previstas en el
artículo 2º de la resolución 339 del 7 de junio de 2010 del entonces
Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
Por ello,
EL SECRETARIO LEGAL Y ADMINISTRATIVO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Designar como integrantes del Comité de Seguridad de la
Información del Ministerio de Hacienda a los titulares de las
siguientes dependencias:
a. Secretaría de Política Económica: Dirección Nacional de Política
Macroeconómica y Dirección Nacional de Estudios Sectoriales y
Regionales.
b. Secretaría de Hacienda: Dirección General de Sistemas Informáticos
de Administración Financiera y Dirección Nacional de Asuntos
Provinciales.
c. Secretaría de Finanzas: Oficina Nacional de Crédito Público y Dirección Nacional de Inclusión Financiera.
d. Secretaría de Ingresos Públicos: Dirección Nacional de Impuestos y Dirección Nacional de Incentivos Promocionales.
e. Secretaría Legal y Administrativa: Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones y Dirección General de Recursos Humanos.
f. Secretaría de Gobierno de Energía: Dirección General de Tecnologías
Informáticas y Comunicaciones y Dirección General de Recursos Humanos y
Operativos.
ARTÍCULO 2°.- Incorporar como participante de las reuniones del Comité
a la Directora General de Coordinación Institucional, en representación
de la Unidad de Coordinación General de esta cartera.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ignacio Pérez Cortés
e. 07/08/2019 N° 57340/19 v. 07/08/2019