DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
Disposición 472/2019
DI-2019-472-APN-DNPV#SENASA
Ciudad de Buenos Aires, 13/08/2019
VISTO el EX-2019-67634071- -APN-DGTYA#SENASA, la Resolución Nro. 729
del 7 de octubre de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA, las Disposiciones Nros. 1 del 13 de febrero de 2012, 9
del 3 de octubre de 2012 y 1 del 9 de enero de 2013 y 6 del 17 de abril
de 2018 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SERVICIO
NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº 729 del 7 de octubre de 2010 del SERVICIO
NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se crea el Programa
Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana (PNPyE Lb).
Que en el mentado Programa se establecen acciones coordinadas e
integradas para implementar las actividades contempladas en el
Subcomponente Control Cuarentenario del PNPyE Lb, correspondiente al
Componente Control Cuarentenario y Erradicación, a fin de contener la
plaga Lobesia botrana dentro de las áreas reglamentadas y prevenir su
entrada en los puntos de ingreso al país.
Que asimismo, se faculta en el Artículo 4° de la referida resolución a
la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL a establecer los
procedimientos, instructivos y disposiciones que se requieran para la
implementación del mencionado Programa Nacional.
Que a tal fin, la Disposición N° 1 del 13 de febrero de 2012 de la
DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL de este Servicio Nacional
define y establece las áreas bajo cuarentena y bajo plan de
contingencia.
Que a su vez la Disposición Nº 1 de fecha 9 de enero de 2013 de la
DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL establece las actividades,
entre otras acciones, de control químico biológico y las prácticas
culturales para la erradicación de la plaga en las áreas cuarentenadas
y bajo plan de contingencia.
Que periódicamente, la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL procede
a actualizar las áreas reglamentadas, en base a los datos obtenidos a
través por la red de monitoreo oficial, producto de las acciones
enmarcadas en el Programa Nacional.
Que en tal sentido, mediante la Disposición N° 6 del 17 de abril de
2018 de la DIRECCION NACIONAL DE PROTECCION VEGETAL de este Servicio
Nacional, actualizó las áreas bajo cuarentena y las áreas bajo plan de
contingencia.
Que en función de los resultados de la red oficial de trampeo del
Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana
(PNPyE Lb) resulta imprescindible actualizar las áreas nuevamente.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto está facultado para el dictado del presente acto,
conforme a lo previsto en el Artículo 4º de la Resolución 729 del 7 de
octubre de 2010 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD
AGROALIMENTARIA.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
DISPONE:
Actualización de las áreas definidas para el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de Lobesia botrana (PNPyE Lb).
ARTÍCULO 1º.- Disposición N° 1 del 13 de febrero de 2012 de la
Dirección Nacional de Protección Vegetal. Anexo I. Sustitución. Se
sustituye el Anexo I de la Disposición N° 1 del 13 de febrero de 2012
de la Dirección Nacional de Protección Vegetal por la “Planilla de
Áreas bajo Cuarentena”, que como Anexo I
(DI-2019-66652978-APN-DNPV#SENASA) forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 2°.- Disposición N° 1 del 13 de febrero de 2012 de la
Dirección Nacional de Protección Vegetal. Anexo II. Sustitución. Se
sustituye el Anexo II de la Disposición N° 1 del 13 de febrero de 2012
de la Dirección Nacional de Protección Vegetal por la “Planilla de
Coordenadas de Áreas bajo Plan de Contingencia”, que como Anexo II
(DI-2019-66653082-APN-DNPV#SENASA) forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 3°.- Vigencia. La presente disposición entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°- De forma. Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Diego Quiroga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 15/08/2019 N° 59571/19 v. 15/08/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)