MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES

Resolución 2/2019

RESOL-2019-2-APN-SACYSF#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 14/08/2019

Ver Antecedentes Normativos

VISTO el Expediente Nº EX-2019-54729492- -APN-DGDMT#MPYT, los Decretos Nros. 174 de fecha 02 de marzo de 2018, 801 y 802 de fecha 5 de septiembre de 2018, la Decisión Administrativa N° 296 de fecha 09 de marzo de 2018 y la Resolución de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO N° 9 de fecha 12 de septiembre de 2018; y,

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 174/18 y sus modificatorios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la SECRETARIA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que el Decreto N° 801 de fecha 5 de septiembre de 2018 modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) sustituyéndose la denominación del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL por la de MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 296/2018 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, estableciendo la apertura de Direcciones Regionales con dependencia directa de la SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES.

Que el Decreto N° 802 de fecha 5 de septiembre de 2018 crea el cargo de SECRETARIO DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO con dependencia al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que la Resolución N° 9 de fecha 12 de septiembre de 2018 de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO aprobó las aperturas inferiores del nivel de departamento de la SECRETARÍA DE ATENCION CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES, creando las Agencias Territoriales correspondientes a las Direcciones Regionales.

Que en virtud del reordenamiento establecido a través de los mencionados actos, con el propósito de lograr una efectiva descentralización operativa y optimizar al desarrollo de las correspondientes acciones, resulta necesario definir el área geográfica de incumbencia de cada Agencia Territorial de las Direcciones Regionales dependientes de la SECRETARÍA DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE TRABAJO Y EMPLEO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ATENCIÓN CIUDADANA Y SERVICIOS FEDERALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL AUSTRAL de acuerdo a lo establecido en el ANEXO I de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL CALETA OLIVIA

· AGENCIA TERRITORIAL COMODORO RIVADAVIA

· AGENCIA TERRITORIAL GENERAL ROCA

· AGENCIA TERRITORIAL NEUQUÉN

· AGENCIA TERRITORIAL RÍO GALLEGOS

· AGENCIA TERRITORIAL SAN CARLOS DE BARILOCHE

· AGENCIA TERRITORIAL TIERRA DEL FUEGO

· AGENCIA TERRITORIAL TRELEW

· AGENCIA TERRITORIAL VIEDMA

ARTÍCULO 2°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO de acuerdo a lo establecido en el ANEXO II de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL CONCORDIA

· AGENCIA TERRITORIAL PARANÁ

· AGENCIA TERRITORIAL ROSARIO

· AGENCIA TERRITORIAL SANTA FE

· AGENCIA TERRITORIAL RÍO CUARTO

· AGENCIA TERRITORIAL CÓRDOBA

ARTÍCULO 3°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y CONURBANO BONAERENSE de acuerdo a lo establecido en el ANEXO III de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

· AGENCIA TERRITORIAL LA MATANZA

· AGENCIA TERRITORIAL LANÚS

· AGENCIA TERRITORIAL LA PLATA

· AGENCIA TERRITORIAL LOMAS DE ZAMORA

· AGENCIA TERRITORIAL MORENO

· AGENCIA TERRITORIAL SAN MARTÍN

ARTÍCULO 4°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL CUYO de acuerdo a lo establecido en el ANEXO IV (IF-2019-70341653-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL SAN LUIS

· AGENCIA TERRITORIAL SAN JUAN

· AGENCIA TERRITORIAL LA RIOJA

· AGENCIA TERRITORIAL MENDOZA

· AGENCIA TERRITORIAL SAN RAFAEL

ARTÍCULO 5°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL NEA de acuerdo a lo establecido en el ANEXO V (IF-2019-70341973-APN-SACYSF#MPYT) de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL CORRIENTES

· AGENCIA TERRITORIAL FORMOSA

· AGENCIA TERRITORIAL POSADAS

· AGENCIA TERRITORIAL RESISTENCIA

ARTÍCULO 6°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL NOA (IF-2019-70342226-APN-SACYSF#MPYT) de acuerdo a lo establecido en el ANEXO VI de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL TUCUMÁN

· AGENCIA TERRITORIAL CATAMARCA

· AGENCIA TERRITORIAL SANTIAGO DEL ESTERO

· AGENCIA TERRITORIAL SALTA

· AGENCIA TERRITORIAL JUJUY

ARTÍCULO 7°.- Fíjese el área geográfica de incumbencia de las AGENCIAS TERRITORIALES dependientes de la DIRECCIÓN REGIONAL PAMPEANA de acuerdo a lo establecido en el ANEXO VII de la presente Resolución:

· AGENCIA TERRITORIAL BAHIA BLANCA

· AGENCIA TERRITORIAL JUNÍN

· AGENCIA TERRITORIAL MAR DEL PLATA

· AGENCIA TERRITORIAL SAN NICOLÁS

· AGENCIA TERRITORIAL SANTA ROSA

· AGENCIA TERRITORIAL TANDIL

· AGENCIA TERRITORIAL ZÁRATE CAMPANA

ARTÍCULO 8°.- Establécese que por el plazo de SESENTA (60) días hábiles contados a partir de la firma del presente se mantendrán transitoriamente los permisos y demás funciones vigentes a la fecha que hagan a la gestión operativa y administrativas de las Agencias Territoriales, a los fines de adoptar medidas de transición para la reorganización de las áreas afectadas.

ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Tomas Aramburu

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/08/2019 N° 60630/19 v. 20/08/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO I

(Anexo sustituido texto según art. 3° de la Resolución N° 618/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 14/10/2021. Ver art. 5° de la norma de referencia.)

DIRECCIÓN REGIONAL AUSTRAL



ANEXO II

(Anexo sustituido por art. 4° de la Resolución N° 618/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 14/10/2021. Ver art. 5° de la norma de referencia.)

DIRECCIÓN REGIONAL CENTRO



ANEXO III

(Anexo sustituido texto según art. 1° de la Resolución N° 736/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 17/11/2021. Ver art. 2° de la norma de referencia.)

DIRECCIÓN REGIONAL CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y CONURBANO BONAERENSE







ANEXO IV

DIRECCIÓN REGIONAL CUYO




IF-2019-70341653-APN-SACYSF#MPYT



ANEXO V
DIRECCIÓN REGIONAL NEA



IF-2019-70341973-APN-SACYSF#MPYT



ANEXO VI

DIRECCIÓN REGIONAL NOA




IF-2019-70342226-APN-SACYSF#MPYT



ANEXO VII

(Anexo sustituido texto según art. 1° de la Resolución N° 208/2023 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 20/3/2023. Ver art. 2° de la norma de referencia.)

DIRECCIÓN REGIONAL PAMPEANA



IF-2023-28126779-APN-SSAT#MT




Antecedentes Normativos

- Anexo III sustituido texto según art. 1° de la Resolución N° 618/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 14/10/2021. Ver art. 5° de la norma de referencia;

- Anexo VII sustituido texto según art. 2° de la Resolución N° 618/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 14/10/2021. Ver art. 5° de la norma de referencia;

- Anexo I sustituido por art. 1º de la
Resolución Nº 669/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 26/8/2020. Ver art. 4º de la resolución de referencia;

- Anexo III sustituido por art. 2º de la Resolución Nº 669/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 26/8/2020. Ver art. 4º de la resolución de referencia, texto según art. 1º de la Resolución Nº 208/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 27/4/2021. Ver art. 2º de la norma de referencia;

 -
Anexo VII sustituido por art. 3º de la Resolución Nº 669/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social B.O. 26/8/2020. Ver art. 4º de la resolución de referencia.