MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 691/2019
RESOL-2019-691-APN-MSG - Ofrézcase recompensa.
Ciudad de Buenos Aires, 13/08/2019
VISTO el Expediente EX-2019-22257099-APN-SCPC#MSG, del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N°
2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, y la Resolución
Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, y
CONSIDERANDO:
Que ante el JUZGADO FEDERAL DE RÍO CUARTO de la Provincia de CÓRDOBA a
cargo del Doctor Carlos Arturo OCHOA, Secretaría en lo Criminal y
Correccional a cargo de la Dra. María Lucía STORANI, con intervención
de la FISCALÍA FEDERAL DE RÍO CUARTO, a cargo de la Sra. Fiscal
Interina Doctora Alicia CENA, momentáneamente a cargo de la Dra.
Natalia Carolina PORDON, tramitan los autos caratulados “TORRES,
Claudio Lorenzo y Otros s/ infracción art. 303 del C.P. y Ley N°
23.737” (Expte. FCB N° 20538/2014).
Que la mencionada Fiscalía, mediante oficio N° 94-19 librado el 21 de
mayo de 2019, solicita se ofrezca recompensa para aquellas personas,
que sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles
que permitan lograr la aprehensión de Cristián Fabián ORTIZ, de
nacionalidad argentina, identificado con el D.N.I. N° 26.362.403,
nacido el día 17 de noviembre del año 1977, con último domicilio en
calle Juan Díaz de Solís N° 290 y/u Olegario Andrade N° 1134 de la
ciudad de Río Cuarto, Provincia de CÓRDOBA, sobre quien pesa orden de
captura internacional desde el día 12 de febrero del año 2019.
Que al nombrado se le atribuye haber liderado desde el año 2014, junto
con otras personas, una organización criminal destinada a organizar y
financiar actividades relacionadas a la obtención, distribución y
transporte de estupefacientes, para su posterior comercialización,
llevada a cabo por diversos sujetos, acciones éstas insertas en la
cadena del narcotráfico.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la
Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($500.000.-),
destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan lograr la aprehensión de
Cristian Fabián ORTIZ, de nacionalidad argentina, identificado con el
D.N.I. N° 26.362.403, nacido el día 17 de noviembre del año 1977, a
quien se le atribuye haber liderado actividades relacionadas con el
narcotráfico desde el año 2014 y sobre quien pesa orden de captura
internacional desde el día 12 de febrero del año 2019.
ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA de este
Ministerio, al número de acceso rápido 134.
ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este
Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera
de Estado, previo informe del representante de la autoridad
interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la
identidad del aportante.
ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este
Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la
difusión y publicación en todas sus formas de los afiches
correspondientes a la recompensa ofrecida.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 20/08/2019 N° 60339/19 v. 20/08/2019