MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 703/2019
RESOL-2019-703-APN-MSG - Ofrézcase recompensa.
Ciudad de Buenos Aires, 20/08/2019
VISTO el Expediente EX-2019-57994364--APN-SCPC#MSG, del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución M.J. y D.H. N°
2318 del 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la Resolución
conjunta M.J. y D.H. 445 y M.S. N° 271 del 24 de junio de 2016 y
CONSIDERANDO:
Que ante la Fiscalía de Instrucción de Primera Nominación, Sexta
Circunscripción Judicial de la Ciudad de Villa Dolores, Provincia de
CÓRDOBA a cargo del Dr. Raúl Alejandro CASTRO tramitan los autos
caratulados “Actuaciones Labradas por Denuncia Formulada por Ignacia de
los Dolores Gutiérrez – Desaparición de Personas: Marisol Reartes y Luz
Oliva”, Expte. SAC. 7053411.
Que la mencionada Fiscalía solicita mediante oficio del 24 de junio de
2019 se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber
intervenido en el eventual hecho delictual, brinden datos útiles que
permitan dar con el paradero de la joven Luz Morena OLIVA, D.N.I.
52.200.389, de nacionalidad argentina, nacida el 18 de enero del 2012,
hija de Marisol REARTES y de Damián Ezequiel OLIVA, quien falta de su
domicilio sito en calle pública s/n de la localidad de Los Pozos,
Departamento San Javier, Provincia de CÓRDOBA desde el día 2 de febrero
del 2014.
Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de
aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL,
hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que han tomado intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de
este MINISTERIO.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en
los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en el Anexo II de la
Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria, y en la
Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1°: Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la
REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de QUINIENTOS MIL ($500.000), destinada a
aquellas personas que sin haber intervenido en el eventual hecho
delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de la
joven Luz Morena OLIVA, D.N.I. 52.200.389, de nacionalidad argentina,
nacida el 18 de enero del 2012, hija de Marisol REARTES y de Damián
Ezequiel OLIVA, quien falta de su domicilio sito en calle pública s/n
de la localidad de Los Pozos, Departamento San Javier, Provincia de
CÓRDOBA desde el día 2 de febrero del 2014.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 812/2023 del Ministerio de Seguridad que dispone el incremento de la recompensa oportunamente
ofrecida en la presente Resolución.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.)
ARTICULO 2°: Las personas que quieran suministrar datos, deberán
comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN
PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de
acceso rápido 134.
ARTICULO 3°: El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio
o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado
previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el
mérito de la información brindada, preservando la identidad del
aportante.
ARTICULO 4°: Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este
Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación
nacional.
ARTICULO 5°: Instrúyase a las FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD la
difusión y publicación en todas sus formas de los afiches
correspondientes a la recompensa ofrecida.
ARTICULO 6°: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 22/08/2019 N° 61597/19 v. 22/08/2019