MINISTERIO DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE HIDROCARBUROS Y COMBUSTIBLES
Disposición 169/2019
DI-2019-169-APN-SSHYC#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2019
Visto el expediente EX-2018-37429723-APN-DGDO#MEN y la disposición 167
del 20 de agosto de 2019 de la Subsecretaría de Hidrocarburos y
Combustibles (DI-2019-167-APN-SSHYC#MHA), y
CONSIDERANDO:
Que la disposición citada en el Visto fue erróneamente firmada, toda
vez que su texto debió integrarse como “proyecto de disposición” a fin
de ser remitido al servicio jurídico permanente de la Secretaría de
Gobierno de Energía del Ministerio de Hacienda para la emisión del
dictamen pertinente.
Que, no obstante ello, ese acto fue remitido al Boletín Oficial para su publicación en lugar de ser derogada.
Que por lo expuesto, corresponde derogar la disposición 167/2019 dado
que el acto válido que resulta aplicable a la cuestión decidida es la
disposición 168 del 20 de agosto de 2019 de esta subsecretaría.
Que esta medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el
apartado VIII bis del anexo II al decreto 174 del 2 de marzo de 2018 y
el artículo 2° de la resolución 417/19 de la Secretaría de Gobierno de
Energía.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE HIDROCARBUROS Y COMBUSTIBLES
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Derogar la disposición 167 del 20 de agosto de 2019 de
esta subsecretaría, a partir de la publicación de esta medida en el
Boletín Oficial.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. Carlos Alberto María Casares
e. 22/08/2019 N° 61783/19 v. 22/08/2019