Decreto S 411/1973
Buenos Aires, 22/01/1973
VISTO el expediente nº 52.708/972, del registro de la Secretaría de
Informaciones de Estado, en el cual don José Pascual GARCIA, interpone
recurso jerárquico contra la Resolución CACIE 10/72, de la mencionada
Secretaría, que no hizo lugar al pedido de revocatoria de la
calificación de COMUNISTA, formulada en los términos del artículo 1° de
la ley 17.401, y
CONSIDERANDO
Que el recurso cumple en lo formal con las disposiciones vigentes.
Que la licitud de los hechos no es lo que está en discusión, sino su
valor probatorio de la actividad ideológica comunista del causante, lo
que se cumple plenamente.
Que la ley 17.401 permite tomar en consideración hechos anteriores a su sanción.
Que el artículo 10 de dicha ley es inaplicable al presente caso, por
cuanto la rehabilitación requiere que la calificación se encuentre
firme.
Que, por lo tanto, la calificación impugnada tiene suficiente
fundamento, no advirtiéndose vicios de ilegitimidad o arbitrariedad que
hagan improcedente la misma.
Por ello, y por los fundamentos del dictamen del Ministerio de Justicia,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
ARTICULO 1º,- Recházase el recurso jerárquico interpuesto por el señor
José Pascual GARCIA (M.I. n° 5.014.669), contra la Resolución CACIE nº
10/72, de la Secretaría de Informaciones de Estado, la que se confirma.
ARTICULO 2º.- Comuníquese y archívese. LANUSSE
e. 27/08/2019 N° 62323/19 v. 27/08/2019