MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO

DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO


Disposición 211/2019

DI-2019-211-APN-DNRYRT#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2019

VISTO el EX-2018-55561383-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley 24.013 y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa CENTURY GREEN SOCIEDAD ANÓNIMA solicitó el inicio del trámite previsto en el Capítulo VI, Título III, de la Ley Nacional de Empleo Nº 24.013.

Que celebradas las audiencias de rigor en el marco del Procedimiento Preventivo de Crisis de Empresas, la empleadora celebra un acuerdo con el SINDICATO DE OBREROS DE MAESTRANZA, el que obra en las páginas 1/2 del IF-2019-36283363-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-55561383-APN-DGDMT#MPYT, ratificado en la página 2 del IF-2019-17697805-APN-DNRYRT#MPYT.

Que en el mentado acuerdo las partes convienen el despido de diez trabajadores, que allí individualizan, en los términos del artículo 247 de la Ley N° 20.744.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el texto pactado en todos sus términos.

Que atento al tenor de lo pactado, procede la registración del acuerdo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacerse saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de registración, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por la DA-2019-182-APN-JGM.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase registrado el acuerdo suscripto entre la empresa CENTURY GREEN SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, y el SINDICATO DE OBREROS DE MAESTRANZA, por la parte gremial, obrante en las páginas 1/2 del IF-2019-36283363-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-55561383-APN-DGDMT#MPYT.

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del acuerdo obrante en las páginas 1/2 del IF-2019-36283363-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-55561383-APN-DGDMT#MPYT.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que la registración del acuerdo marco colectivo que se dispone por el Artículo 1° de la presente disposición, lo es sin perjuicio de los derechos individuales de los trabajadores comprendidos en el mismo.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo registrado y de esta disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Gabriela Marcello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/08/2019 N° 53301/19 v. 29/08/2019

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)