Resolución 17/2019
RESOL-2019-17-APN-SF#MHA
Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2019
Visto el expediente EX-2019-73318997--APN-DGD#MHA, el título XIV de la
ley 27.440 de Financiamiento Productivo, los decretos 1172 del 3 de
diciembre de 2003, 174 del 2 de marzo de 2018 y 575 del 21 de junio de
2018, las resoluciones 121 del 27 de julio de 2017
(RESOL-2017-121-APN-MF) y 244 del 30 de noviembre de 2017
(RESOL-2017-244-APN-MF) ambas del ex Ministerio de Finanzas, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución 121 del 27 de julio de 2017 del ex
Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-121-APN-MF) se creó, en su órbita,
el Consejo de Coordinación de la Inclusión Financiera con el objeto de
elaborar e implementar una estrategia de inclusión financiera para el
desarrollo de políticas de acceso universal a servicios bancarios y
financieros.
Que mediante la resolución 244 del 30 de noviembre de 2017 del ex
Ministerio de Finanzas (RESOL-2017-244-APN-MF) se reglamentaron los
aspectos relativos a la composición y el funcionamiento de ese Consejo.
Que en el título XIV de la ley 27.440, se estableció que el Poder
Ejecutivo Nacional deberá elaborar una Estrategia Nacional de Inclusión
Financiera en pos de fomentar una inclusión financiera integral que
mejore las condiciones de vida de la población y promover que todos los
argentinos sean partícipes de sus beneficios.
Que en su artículo 210 se instituyó el Consejo de Coordinación de la
Inclusión Financiera creado por la citada resolución 121/2017.
Que por el decreto 575 del 21 de junio de 2018, se dispuso que el
Ministerio de Hacienda sea el continuador, a todos sus efectos, del ex
Ministerio de Finanzas.
Que a través del decreto 174 del 2 marzo de 2018, se asignó a la
Secretaría de Finanzas, entre otros objetivos, el de entender en el
diseño e implementación de políticas vinculadas a la inclusión
financiera.
Que mediante el Acta N° 8 del 16 de agosto de 2019, el Consejo de
Coordinación de la Inclusión Financiera resolvió aprobar la Estrategia
Nacional de Inclusión Financiera (cf., IF-2019-74788153-APN-DNIF#MHA).
Que con miras a fomentar la implementación de políticas públicas
vinculadas a la inclusión financiera, resulta conveniente ratificar la
estrategia mencionada y darle máxima difusión.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Hacienda ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en ejercicio de las facultades previstas
en el título XIV de la ley 27.440, y en el decreto 174/2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE FINANZAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ratificar y difundir la “Estrategia Nacional de Inclusión
Financiera”, que como anexo (IF-2019-78020860-APN-DNIF#MHA) integra
esta resolución, a través de los sitios web
www.argentina.gob.ar/hacienda/finanzas y
www.argentina.gob.ar/inclusionfinanciera.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Santiago Bausili
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/08/2019 N° 64566/19 v. 30/08/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)