Resolución 462/2019
RESOL-2019-462-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 28/03/2019
VISTO el Expediente Nº 1.559.566/13 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 215/231 y 177/178 del Expediente N° 1.559.566/13 obra el
nuevo texto ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo N° 645/12 y
Anexos I y II celebrados entre la UNIÓN DE TRABAJADORES DEL TURF Y
AFINES y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE JOCKEY CLUBES E HIPÓDROMOS, como
partes signatarias del mismo, conforme a lo dispuesto en la Ley de
Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que cabe señalar que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO
N° 743 de fecha 2 de junio de 2015 se tuvo presente el texto ordenado
del convenio precitado que fuera suscripto entre dichas partes a fojas
129/145.
Que a su vez, en el Artículo 2° de la mentada Resolución, se ordenó
notificar a las partes para que dentro de un plazo de NOVENTA (90) días
acompañen un nuevo texto ordenado con las modificaciones realizadas al
Convenio de marras, de conformidad con lo señalado en el considerando
séptimo de la misma.
Que se advierte que en el nuevo texto presentado las partes han dado cumplimiento con lo ordenado.
Que el ámbito de aplicación del presente texto se corresponde con la
actividad principal de la parte empleadora signataria y la
representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su
personería gremial.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la
documentación agregada en autos y ratifican el nuevo texto ordenado a
fojas 202.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que
le compete.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto
administrativo de aprobación, de conformidad con los antecedentes
mencionados.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébense el Texto Ordenado y Anexos del Convenio
Colectivo de Trabajo N° 645/12 que fueran suscriptos entre la UNIÓN DE
TRABAJADORES DEL TURF Y AFINES y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE JOCKEY
CLUBES E HIPÓDROMOS, obrantes a fojas 215/231 y 177/178 del Expediente
N° 1.559.566/13, ratificados a fojas 202 y 179, conforme a lo dispuesto
en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
Texto Ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 645/12 aprobado por
el Artículo precedente.
ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
Texto Ordenado aprobado y de esta Resolución, las partes deberán
proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº
14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 03/09/2019 N° 54910/19 v. 03/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)