Resolución 741/2019
RESOL-2019-741-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-56382268- -APN-DNI#MSG, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto N° 438 de fecha 12 de marzo de
1992) y modificatorias, la Ley Nº 26.348, el Decreto Nº 1742 de fecha
20 de septiembre de 2012, la Decisión Administrativa Nº 299 de fecha 9
de marzo de 2018, la Resolución del entonces Ministerio de justicia,
Seguridad y Derechos Humanos Nº 442 de fecha 18 de febrero de 2009 y,
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Nº 442/2009 creó el “PROGRAMA NACIONAL DE
DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES” que
tiene como objetivo la coordinación de la ejecución de las etapas del
proceso instituido por la Ley Nº 26.348 y de las normas que en su
consecuencia se dicten.
Que el mencionado Programa se hallaba bajo la órbita de la ex Dirección
de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes conforme Resolución
MJSyDH Nro. 349/2009 y las sucesivas modificaciones mediante Decretos
Nros. 328/12 y 1742/12
Que por la Decisión Administrativa N° 299/18 se aprobó la nueva
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo y se
incorporaron, homologaron, reasignaron y derogaron en el Nomenclador de
Funciones Ejecutivas diversos cargos del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la mencionada Decisión Administrativa derogó la existencia de la
Dirección de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes e incorporó la
Dirección de Investigaciones de Delitos Federales dependiente de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, que recibió la competencia de entender en los
procesos de compactación y disposición final como chatarra de vehículos
contemplados en la normativa vigente.
Que a la luz de los cambios organizativos que sufrió el MINISTERIO DE
SEGURIDAD desde que se dictó la Resolución MJSyDH Nº 442/2009 a la
fecha, se considera oportuno realizar las modificaciones pertinentes
que se adecuen a los mencionados cambios.
Que actualmente el “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION
Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES” cuenta con un cuerpo de agentes
encargados de relevar las playas judiciales donde se encuentren los
autos secuestrados, a fin de controlar el estado de los mismos, su
situación judicial, tiempo de secuestro y gestionar el correspondiente
proceso de descontaminación y compactación en cumplimiento de la Ley Nº
26.348.
Que asimismo corresponde asignar la administración del Programa en cuestión a un profesional idóneo para cumplir ese cometido.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de éste Ministerio ha tomado la intervención de su competencia.
Que la suscripto es competente para el dictado de la presente medida en
virtud las facultades que le confiere el artículo 4°, inciso b),
apartado 6 y 9, y 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. 1992).
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el artículo 3º de la Resolución MJSyDH Nº
442/2009 que crea el “PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION,
COMPACTACION Y DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES”, que quedará redactado
de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 3º.- El PROGRAMA NACIONAL DE DESCONTAMINACION, COMPACTACION Y
DISPOSICION FINAL DE AUTOMOTORES tendrá a su cargo las siguientes
actividades:
a. Elaboración de las normas referidas a los procedimientos técnicos y
administrativos para la descontaminación y disposición final como
chatarra, de los automotores, motovehículos, otros rodados y sus
partes, que se encuentren bajo custodia de las Fuerzas Policiales y de
Seguridad Federales dependientes de este Ministerio, las que deberán
ser elevadas para su aprobación por el titular del MINISTERIO DE
SEGURIDAD.
b. Coordinar la implementación de los procedimientos necesarios a fin
de llevar a cabo las tareas de descontaminación, compactación y
disposición final como chatarra de vehículos contemplados por la Ley Nº
26.348.
c. Arbitrar los mecanismos necesarios a fin de proceder a la
descontaminación, compactación y disposición final como chatarra del
remanente de desarmado de vehículos que no pueda ser reutilizado.
d. Coordinar con las autoridades competentes la realización de las distintas etapas del proceso previsto por la Ley Nº 26.348.
e. Implementar métodos de trabajo que eleven la calidad ambiental en relación a las tareas que son de su competencia.
f. Implementar la realización de operatorias en distintos puntos del
país, coordinando sus actividades con las autoridades correspondientes
de las provincias, si fuere necesario.
g. Impulsar la celebración de Convenios de Adhesión al Programa
Nacional con las Provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
h. Impulsar las actividades pertinentes a fin de lograr la adhesión de los municipios al Programa Nacional.
i. Llevar el registro de datos de los automotores sujetos al régimen
nacional establecido por la ley Nº 26.348 en el sistema RENAVESE creado
por Resolución MS Nº 37/2015.
j. Coordinar las actividades pertinentes con la DIRECCIÓN NACIONAL DE
LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS
PRENDARIOS.”
ARTÍCULO 2º.-
(Artículo derogado por art. 6° de la Resolución N° 76/2021
del Ministerio de Seguridad B.O. 12/03/2021. Vigencia: a partir del día
siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA)
ARTÍCULO 3º.- Deróguense los artículos 4º y 6º de la Resolución MJSyDH Nº 442/2009.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich
e. 11/09/2019 N° 67996/19 v. 11/09/2019