Resolución 308/2019
RESOL-2019-308-APN-SECEP#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2019
VISTO el Expediente EX-2018-40494946-APN-DOYCP#RENAPER, las Leyes Nros.
25.164, 22.431 y 27.431, y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de
Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por
el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006, el Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios; los Decretos Nº 1421 de fecha 8
de agosto de 2002; la Decisión Administrativa Nº 338 de fecha 16 de
marzo de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 27.431 que aprueba el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2018 estableció que las
decisiones administrativas que autoricen la cubertura de cargos
vacantes tendrán vigencia durante el presente ejercicio fiscal y el
siguiente para los casos en que las vacantes descongeladas no hayan
podido ser cubiertas.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 338 de fecha 16 de marzo de
2018 se autorizó, como excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de
la Ley N° 27.431 del Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2018, la cobertura mediante los respectivos procesos
de selección de SIETE MIL (7.000) cargos vacantes pertenecientes a la
reserva establecida por el artículo 6° de dicha Ley, en el ámbito del
Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública
Nacional homologado por el Decreto Nº 214/06 y sus modificatorios.
Que, mediante el Acto Administrativo citado en el parágrafo anterior,
se facultó a la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del ex MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a identificar los cargos vacantes que se consideraran
autorizados a cubrir, y cuyo descongelamiento se dispone en el artículo
4° de dicha medida, sobre la base de la información suministrada por
los titulares de las jurisdicciones y entidades, y el análisis que
efectúe respecto de las necesidades de cobertura de vacantes.
Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede
mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de
selección, conforme lo disponen los artículos 4° y 8° del Anexo a la
Ley Nº 25.164, los artículos concordantes de su Decreto Reglamentario
Nº 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y los artículos 11, 19, 51, 56 y
57 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración
Pública Nacional homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de
febrero de 2006, aplicables también para la promoción del personal
permanente a cargos superiores.
Que el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ha solicitado autorización
para la cobertura determinados cargos vacantes de la planta permanente.
Que a fin de a hacer operativa la mencionada Decisión Administrativa y
en base a la información suministrada; el análisis efectuado respecto
de las necesidades de cobertura de vacantes; y lo establecido en los
artículos 4° y 5° de la Decisión Administrativa N° 338/2018, se procede
asignar los cargos vacantes al citado Organismo, autorizados para su
cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV
del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
Que por otra parte resulta importante optimizar en cada Jurisdicción la
propia fuerza de trabajo y la inversión realizada en capacitación de
personal logrando así, la regularización, de las plantas de personal
que participen del llamado a concurso desde esta primera instancia.
Que, asimismo, sobre la base de la práctica recogida, se estima
necesario dotar al Estado Nacional de personal idóneo que aporte su
experiencia en las distintas áreas de la Administración Pública.
Que, elaborada la propuesta, la Comisión Permanente de Interpretación y
Carrera se ha expedido favorablemente mediante Acta Nº 123 de fecha 10
de junio de 2019.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 338 de
fecha 16 de marzo de 2018.
Por ello,
EL SECRETARIO DE EMPLEO PÚBLICO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asígnanse CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO (484) cargos
vacantes y autorizados para su cobertura por el artículo 4° de la
Decisión Administrativa N° 338 de fecha 16 de marzo de 2018, al
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS conforme ANEXO I
(IF-2019-79470102-APN-ONEP#JGM) que forma parte integrante de la
presente.
ARTÍCULO 2°.- Los procesos de selección serán realizados por
convocatoria Interna y mediante el Régimen de Selección establecido por
el Título IV y XIV, conforme corresponda, del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de
2008 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3°.- El REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS deberá proceder a la
apertura de inscripción de los procesos mencionados en el artículo
anterior dentro de los cuarenta (40) días contados a partir de la fecha
de publicación de la presente.
ARTÍCULO 4°.- Establécese como requisito general de admisión a la
Convocatoria Interna para la cobertura de los cargos vacantes
autorizados por Decisión Administrativa N° 338/2018 - la acreditación
de experiencia laboral superior a DIEZ (10) años en la Administración
Pública Nacional.
El aludido requisito de admisión no será aplicable a las personas con
discapacidad que se postulen a los cargos que se encuentra bajo el
régimen de reserva de puestos de trabajo en los términos previstos en
el artículo 8° de la Ley Nº 22.431.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Pablo Martin Legorburu
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/09/2019 N° 68490/19 v. 12/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)