AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 365/2019
RESOL-2019-365-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2019
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto
Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 10.1.1: “Norma Básica de
Seguridad Radiológica” Revisión 3, lo actuado en el Expediente N°
01267-04, Actuación N° 04/19, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N°
24.804, toda Persona Física o Jurídica para desarrollar una actividad
nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones
que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su
competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o
Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece
que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias,
Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) la modificación de la Licencia de
Operación de la instalación Clase II denominada “U.A. RADIOBIOLOGÍA -
DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC – INVESTIGACIÓN”, para el propósito
“8.8.1 - INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA”, ubicada en el Centro Atómico
Constituyentes.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y la
SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS recomiendan dar curso
favorable al trámite de solicitud de la modificación de la Licencia de
Operación que integra el Acta N° 412 de dicha Subgerencia, por cuanto
se ha verificado que la instalación correspondiente y el personal
mínimo de la “U.A. RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC –
INVESTIGACIÓN” de la CNEA se ajusta a los requerimientos de la
normativa de aplicación.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para
los usuarios de material radiactivo el pago anual de la Tasa
Regulatoria.
Que conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
RECURSOS, SUBGERENCIA GESTIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA, la CNEA registra
deuda en concepto de pago de Tasa Regulatoria.
Que el otorgamiento de una Licencia de Operación de radioisótopos a un
usuario de Material Radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de
la Tasa Regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804,
conlleva una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.
Que, mediante Notas de la Gerencia General de la CNEA N° 53754925/18 y
N° 69116550/19, se informó que se encuentran demorados los pagos de las
facturas N° 0001-00048370 y N° 0001-00051852. En ese sentido, se
solicitó contemplar, en carácter de excepción, la prosecución del
trámite de emisión de la Licencia de Operación de la instalación “U.A.
RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC – INVESTIGACIÓN”, a
pesar del retraso en el pago de la Tasa Regulatoria, indicando que se
están llevando a cabo las gestiones correspondientes a efectos de
subsanar la citada demora.
Que la “U.A. RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC –
INVESTIGACIÓN” efectúa la calibración de monitores portátiles de
radiación gamma y neutrones utilizando fuentes selladas como patrones,
tanto a usuarios internos como externos, asimismo busca realizar
prácticas relacionadas con el proyecto “Nanovehículos dirigidos para
Aplicaciones de Medicina Nuclear”.
Que conforme lo expuesto, resulta de interés público la modificación de
la Licencia de Operación, permitiendo que el servicio que brinda la
CNEA a través de la mencionada instalación sea ampliado, dada la
importancia de las prestaciones realizadas en el país, permitiendo que
el pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posterioridad a la
emisión de la Licencia de Operación solicitada.
Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
RECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los
Artículos 16, Inciso c) y 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 5 de septiembre de 2019 (Acta N° 30),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar, con carácter de excepción a lo establecido en el
Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la Licencia de Operación a la “U.A.
RADIOBIOLOGÍA - DIVISIÓN BIOQUÍMICA NUCLEAR – CAC – INVESTIGACIÓN”,
para el propósito “8.8.1 - INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA”.
ARTICULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y al solicitante de
la Licencia de Operación a través de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA,
FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA
ARGENTINA y archívese. Nestor Alejandro Masriera
e. 12/09/2019 N° 68537/19 v. 12/09/2019