Disposición 1/2019
DI-2019-1-APN-DNSIS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2019
VISTO, el EX-2019-64742044- -APN-DD#MSYDS y;
CONSIDERANDO:
Que desde el año 2012 se empezó a trabajar desde el estado nacional en
Cibersalud, con el fin de promover una política pública destinada a
mejorar la calidad de atención de la salud e igualar las condiciones
del derecho universal de acceso a la salud de toda la población.
Que a tales efectos se diseñó una red de colaboración entre
instituciones públicas de salud de todo el país a fin de impulsar la
capacitación y construcción colectiva de conocimiento, la consulta
remota de pacientes y la gestión de los programas emanados del entonces
MINISTERIO DE SALUD.
Que la red TELESALUD permitió que quinientos establecimientos de salud,
puedieran participar de tres mil cuatrocientos eventos transmitidos por
videoconferencia en calidad de entornos de capacitación, gestión y
asesoramiento entre profesionales para la asistencia de pacientes
complejos, sumando en total dieciocho mil participaciones de
videoconferencias, entre todos los establecimientos nodos de la red.
Que mediante la Resolución Ministerial N° 2016-1825-E-APN-MS, de fecha
17 de octubre de 2016, se modificó la denominación de la DIRECCIÓN DE
CIBERSALUD, por el de DIRECCIÓN DE TELESALUD.
Que en el marco de la estrategia COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD –CUS-,
aprobada por el Decreto N° 908/16, a los efectos de alcanzar las
finalidades descriptas en el ANEXO I de dicho decreto, resulta
necesaria la continua incorporación de las tecnologías de la
información y comunicación.
Que mediante la Resolución de la Secretaría de Gobierno de Salud N° 189
de fecha 25 de octubre de 2018 se aprobó la Estrategia Nacional de
Salud Digital 2018-2024, por la cual se establece la necesidad de
aprobar el Plan Nacional de TELESALUD en cuanto al desarrollo de
aspectos regulatorios, económicos, sanitarios y técnicos de la
TELESALUD en la Argentina.
Que asimismo la Estrategia Nacional de Salud Digital 2018-2024 tiene
como uno de sus objetivos que se implementen redes de TELESALUD, que
permitan la atención a distancia del paciente y las consultas de
segunda opinión, mejorando la accesibilidad, evitando traslados y
compensando las diferencias regionales de especialidades y recursos.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 307/2018 se aprobó la
estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del
entonces MINISTERIO DE SALUD, creándose la DIRECCIÓN NACIONAL DE
SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN SALUD, asignándosele dentro de las acciones
correspondientes elaborar y ejecutar el plan operativo y territorial de
TELESALUD.
Que por Resolución N° 21 de fecha 7 de enero de 2019 se facultó a la
DIRECCION NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACION EN SALUD, a conformar un
grupo asesor convocando a referentes jurisdiccionales e
institucionales, universidades y a todo experto que acredite
experiencia en TELESALUD a efectos de colaborar en la implementación
del PLAN NACIONAL DE TELESALUD.
Que uno de los grandes desafíos que afronta la telesalud y la
telemedicina son los aspectos legales y éticos de la relación
médico-paciente mediante las tecnologías en tiempo real o síncronas.
Que en virtud de lo expuesto en el considerando anterior es preciso
aprobar y dar publicidad al documento generado por los expertos del
grupo asesor, el cual tiene como objetivo presentar recomendaciones,
acerca de cómo desarrollar una teleconsulta síncrona entre un
profesional de la salud y un paciente, de manera segura, eficiente,
ética y centrada en el paciente.
Que ha tomado intervención en el ámbito de su competencia la SUBSECRETARÍA DE COBERTURAS PÚBLICAS SANITARIAS.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el Anexo II de la Decisión Administrativa N° 307/2018, dentro de sus
acciones punto 4. “Elaborar y ejecutar el plan operativo y territorial
de Telesalud” de fecha 13 de marzo de 2018.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN SALUD
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el documento “1° RECOMENDACIÓN PARA EL USO DE
LA TELEMEDICINA: ENCUENTRO ENTRE EL PROFESIONAL DE LA SALUD Y EL
PACIENTE UTILIZANDO LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN EN
TIEMPO REAL” elaborado por el Grupo Asesor conforme lo dispuesto en la
Resolución N° 21/19 de la Secretaria de Gobierno de Salud, que se
incorpora como ANEXO IF-2019-64753951-APN-SSCPS#MSYDS el que a todos
sus efectos forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial. Cumplido, archívese. Alejandro Lopez Osornio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 13/09/2019 N° 68909/19 v. 13/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)