MERCOSUR/GMC/RES. N° 35/18
DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 17/98
VISTO: El Tratado de Asunción,
el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 06/96 del Consejo del
Mercado Común y la Resolución N° 17/98 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que conforme el resultado de la revisión periódica del acervo normativo
MERCOSUR, se considera conveniente derogar aquellas normas que se
encuentran en desuso o desactualizadas teniendo en cuenta las
recomendaciones internacionales vigentes y/o que han cumplido el
período de aplicación.
EL GRUPO MERCADO COMÚN
RESUELVE:
Art. 1 - Derogar la Resolución GMC N° 17/98 "Requisitos zoosanitarios
para la importación de animales, semen, embriones y huevos fértiles
desde Terceros Países (Deroga Res. GMC N° 67/93)".
Art. 2 - Esta Resolución necesita ser incorporada solo al ordenamiento
jurídico interno de la República Argentina, la República Federativa del
Brasil y la República del Paraguay. Esta incorporación deberá ser
realizada antes del 05/III/2019.
CIX GMC - Montevideo, 05/IX/18.
IF-2019-20727068-APN-DNMAI#MPYT