MERCOSUR/GMC/RES. N° 35/18

DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 17/98

VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, la Decisión N° 06/96 del Consejo del Mercado Común y la Resolución N° 17/98 del Grupo Mercado Común.

CONSIDERANDO:

Que conforme el resultado de la revisión periódica del acervo normativo MERCOSUR, se considera conveniente derogar aquellas normas que se encuentran en desuso o desactualizadas teniendo en cuenta las recomendaciones internacionales vigentes y/o que han cumplido el período de aplicación.

EL GRUPO MERCADO COMÚN

RESUELVE:

Art. 1 - Derogar la Resolución GMC N° 17/98 "Requisitos zoosanitarios para la importación de animales, semen, embriones y huevos fértiles desde Terceros Países (Deroga Res. GMC N° 67/93)".

Art. 2 - Esta Resolución necesita ser incorporada solo al ordenamiento jurídico interno de la República Argentina, la República Federativa del Brasil y la República del Paraguay. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 05/III/2019.

CIX GMC - Montevideo, 05/IX/18.

IF-2019-20727068-APN-DNMAI#MPYT