Disposición 307/2019
DI-2019-307-APN-DNRNPACP#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2019
VISTO el Convenio de Complementación de Servicios celebrado el 26 de
abril de 2019 entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la
Municipalidad de AZUL, provincia de BUENOS AIRES, (conforme modelo
aprobado por el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS mediante
Resolución M.J. y D.H. N° 538/16) y la Disposición D.N. N° 515/03, sus
modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la Disposición D.N. Nº 515/03 y sus complementarias,
se puso en vigencia la operatoria por la cual, en forma previa a la
inscripción de determinados trámites, se debe solicitar el informe de
deuda por infracciones de tránsito mediante el uso del Formulario ¨13I”
“Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito”, utilizando a tal fin
un sistema informático de interconexión “en línea” aplicable en una
primera etapa a los Registros Seccionales con jurisdicción territorial
en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Que dicha operatoria fue ampliada, por una parte, mediante la
incorporación de un procedimiento de notificación de la existencia de
deudas por infracciones y, por otra, a través de la incorporación de
los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos
existentes en jurisdicciones que hubieran celebrado convenios para la
percepción de multas por infracciones.
Que posteriormente, y conforme lo prescribiera la Disposición D.N. N°
746 de fecha 30 de noviembre de 2006, la incorporación de nuevas
jurisdicciones a la operatoria descripta impone además la obligación de
consultar la deuda por infracciones en aquellas jurisdicciones que, no
encontrándose alcanzadas por convenio alguno, se ven obligadas a
realizar dicho procedimiento en razón del lugar de presentación del
trámite o radicación del automotor en cuestión utilizando a tal fin el
mismo Formulario.
Que por otra parte, y en virtud del acceso al sistema informático
mencionado precedentemente, por aplicación de las previsiones
contenidas en la Disposición D.N. N° 681/06, posteriormente receptadas
por la Disposición D.N. N° 169/09 –modificatoria de la Disposición D.N.
N° 515/03- se dispuso que cualquier interesado podrá, mediante la
presentación de un Formulario “13I” y con independencia de cualquier
otro trámite registral, peticionar la emisión de un certificado de
inexistencia de actas pendientes de juzgamiento de resolución por ante
cualquier Registro Seccional que se encuentre operando el sistema
informático denominado “Sistema Unificado de Gestión de Infracciones de
Tránsito” (SUGIT), ello independientemente de la circunstancia de
contar con Convenio de Complementación de Servicios en esa jurisdicción.
Que en ese marco, mediante la Disposición D.N. N° 276 de fecha 24 de
julio 2014, se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13” (Única) en
sustitución –entre otros- del Formulario 13”I”, que será utilizada por
los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar por ante el
organismo contravencional competente, los informes de deuda en concepto
de multas por infracciones de tránsito, al tiempo que documentará los
pagos de esas deudas, que se abonen por ante los Registros Seccionales.
Que mediante la Disposición D.N. Nº 203 de fecha 3 de junio de 2016 se
implementó la Solicitud Tipo “13” (Única) de carácter digital.
Que en el marco de la Disposición D.N. Nº 38 de fecha 31 de enero de
2017 se aprobó el modelo de Solicitud Tipo “13D”, que será utilizada
por los Encargados de los Registros Seccionales para peticionar los
informes de deuda por Multas por Infracciones de Tránsito, al tiempo
que documentará los pagos de las mismas que informadas, se efectivicen
por ante los Encargados de esos Registros Seccionales. Asimismo, ese
instrumento reviste el carácter de certificado válido de las
eximiciones solicitadas, de la liberación de deudas por exhibición de
comprobantes de pago o de su negativa de pago.
Que mediante la Disposición D.N. Nº 315 de fecha 2 de agosto de 2017 se implementó la Solicitud Tipo “13D” de carácter digital.
Que los Encargados de los Registros Seccionales de todo el país
alcanzados por la presente utilizarán para la consecución de las tareas
de contralor aquí encomendadas el sistema informático de interconexión
“en línea” mencionado en el Convenio.
Que el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE de la ciudad de AZUL, provincia de
BUENOS AIRES, ha dictado la Ordenanza Municipal Nº 4.242 de fecha 22 de
noviembre de 2018, mediante la cual autoriza al Intendente Municipal a
celebrar el Convenio con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Que por conducto del Decreto Municipal Nº 1590 del 03 de diciembre de
2018 el Poder Ejecutivo de la Municipalidad de AZUL, provincia de
BUENOS AIRES, promulgó la Ordenanza Municipal Nº 4.242.
Que, atento a ello, el intendente de la Municipalidad de AZUL,
provincia de BUENOS AIRES, ha dictado el Decreto N° 810 del 26 de junio
de 2019, por el cual designa a los Encargados de Registro de todo el
país como agentes de percepción de las infracciones cometidas en su
jurisdicción.
Que habiéndose reunido las condiciones respecto de esa Municipalidad,
resulta necesario, para dar cumplimiento al Convenio suscripto, tornar
aplicables las normas de procedimiento previstas en las disposiciones
citadas respecto de los Registros Seccionales con competencia en la
jurisdicción de la Municipalidad de AZUL, provincia de BUENOS AIRES.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2°, inciso c), del Decreto N° 335/88.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpórase a la MUNICIPALIDAD DE AZUL, provincia de
BUENOS AIRES, a la operatoria del Sistema Unificado de Gestión de
Infracciones de Tránsito (SUGIT) de conformidad con lo previsto en el
Convenio de Complementación de Servicios y de la normativa implementada
por medio de las Disposiciones D.N. Nros 515/03, 746/06 y
complementarias.
ARTICULO 2º.- Incorpórase a los Registros Seccionales de la Propiedad
del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad del
Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos de la ciudad de
AZUL, provincia de BUENOS AIRES, a la operatoria de “Solicitud de
Informe de Deuda por Infracciones de Tránsito” de conformidad con lo
previsto en la Disposición D.N. N° 515/03 y complementarias.
ARTÍCULO 3°.- Incorpórase a los restantes Registros Seccionales de la
Propiedad del Automotor y a los Registros Seccionales de la Propiedad
del Automotor con competencia exclusiva en Motovehículos a la
operatoria de “Solicitud de Informe de Deuda por Infracciones de
Tránsito” de conformidad con lo previsto en la Disposición D.N. Nº
746/06 y complementarias, respecto de los trámites referidos a la
jurisdicción de la MUNICIPALIDAD DE AZUL, provincia de BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día 16 de septiembre de 2019.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, atento a su carácter de interés
general, dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro
Oficial y archívese. Carlos Gustavo Walter
e. 16/09/2019 N° 69498/19 v. 16/09/2019