MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO
SECRETARÍA DE TRABAJO
Resolución 249/2019
RESOL-2019-249-APN-SECT#MPYT
Ciudad de Buenos Aires, 12/02/2019
VISTO el Expediente Nº 1.676.148/15 del Registro del entonces
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2/3 vuelta del Expediente N° 1.703.262/15 agregado como
fojas 42 al Expediente N° 1.676.148/15 obra el acuerdo celebrado entre
la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL
GAS NATURAL E HIDROGENO DE LA PATAGONIA SUR, por la parte sindical y la
empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, conforme a lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que bajo el presente acuerdo las partes pactan nuevas condiciones
salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N°
589/03 “E”, conforme los términos allí establecidos.
Que el ámbito de aplicación del acuerdo de marras se circunscribe a la
estricta correspondencia que ostenta el sector empresarial firmante y
la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que las partes han acreditado la representación invocada con la
documentación agregada a los actuados y ratificaron en todos sus
términos el mentado acuerdo.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones
del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, se
remitirán las presentes actuaciones a la Dirección de Relaciones y
Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el
promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio
establecido en el artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus
modificatorias.
Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes
actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el
DECTO-2019-35-APN-PTE.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la
FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS NATURAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA, el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL
GAS NATURAL E HIDROGENO DE LA PATAGONIA SUR, por la parte sindical y la
empresa TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte
empleadora, que luce a fojas 2/3 vuelta del Expediente N° 1.703.262/15,
agregado como fojas 42 al Expediente N° 1.676.148/15, conforme a lo
dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente
de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y
Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de
Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del
acuerdo obrante a fojas 2/3 vuelta del Expediente N° 1.703.262/15,
agregado como fojas 42 al Expediente N° 1.676.148/15.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase
a la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de
evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del
cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias.
Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Convenio
Colectivo de Trabajo de Empresa N° 589/03 “E”.
ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE
PRODUCCION Y TRABAJO no efectúe la publicación de carácter gratuito del
acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo
establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250
(t.o. 2004).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Lucas Fernandez Aparicio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 18/09/2019 N° 57033/19 v. 18/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)