MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD
Resolución 2004/2019
RESOL-2019-2004-APN-SGS#MSYDS
Ciudad de Buenos Aires, 19/09/2019
VISTO el Expediente EX-2019-68840332- -APN-DD#MSYDS, el Decreto N° 939
de fecha 19 de octubre de 2000; y las Resoluciones Nros. 1230 del 28 de
octubre 2008, 226 del 6 de marzo de 2009, 2207 de fecha 14 de diciembre
de 2010, 254 de fecha 1 de marzo de 2011, 1080 de fecha 19 de julio de
2011 y 1630 de fecha 16 de octubre de 2013, y 60 de fecha 29 de Enero
de 2015, RESOL-2019-683-APN-SGS#MSYDSde fecha 17 de abril de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Resoluciones N° 1230/08, 226/09 y 760/09 del entonces
MINISTERIO DE SALUD se puso en vigencia y se actualizó el Nomenclador
de Prestaciones de Salud mediante el cual se establecieron los
aranceles modulares para los Hospitales Públicos de Gestión
Descentralizada.
Que por la citada Resolución N° 1230/08 se creó, en el ámbito de la
entonces SECRETARIA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS, un COMITÉ
DEL RÉGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA, con la
finalidad de mantener continua y permanentemente actualizados los
valores del Nomenclador de Prestaciones de Salud del Hospital Público
de Gestión Descentralizada.
Que en fecha 1 de marzo de 2011 se llevó a cabo una actualización de
los valores en el Nomenclador, los que quedaron establecidos de acuerdo
a lo que indica la Resolución Ministerial N° 254/2011.
Que la Resolución antes mencionada fue ampliada a través de la
incorporación del Anexo II que se estableció mediante Resolución
Ministerial N° 1080 de fecha 19 de julio de 2011.
Que por Resolución N° 1630 de fecha 16 de octubre de 2013 se actualizaron los valores del Nomenclador.
Que por Resolución Nº RESOL-2019-683-APN-SGS#MSYDS de fecha 17 de abril
de 2019 se actualizaron por última vez los valores del Nomenclador.
Que se realizó una nueva reunión de los representantes del Comité del
Régimen de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada, a fin de
evaluar la posibilidad de modificar los valores establecidos
anteriormente, llegando a la conclusión de resultar oportuno llevar a
cabo un proceso progresivo de reajuste de los valores correspondientes
a las prestaciones brindadas habida cuenta el tiempo transcurrido,
justificándose los motivos y los valores referenciales, para su
adecuación a los que ya se encuentran establecidos y vigentes en el
ámbito sanitario.
Que, por lo tanto, a los fines de aprobar los nuevos montos,
corresponde se deje sin efecto los valores establecidos por la
Resolución Ministerial N° RESOL-2019-303-APN-SGS#MSYDS de fecha 02 de
noviembre de 2018.
Que resulta oportuno destacar la plena vigencia de las NORMAS DE
FACTURACIÓN PARA EL RÉGIMEN DE HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN
DESCENTRALIZADA, establecidas como ANEXO II, de la Resolución
Ministerial N° 254 de fecha 1 de marzo de 2011, incorporado por
Resolución Ministerial N° 1080 de fecha 19 de julio de 2011,
modificatoria de la primera y que como ANEXO II, acompañara la
Resolución 60/2015.
Que la DIRECCIÓN DE ECONOMÍA DE LA SALUD ha emitido el Informe Técnico pertinente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en virtud las competencias conferidas por el punto 1 de la
Planilla Anexa al Artículo 20 del Decreto Nº 802/18,
“IF-2018-43622360-APN-DNDO#JGM”.
Por ello,
EL SECRETARIO DE GOBIERNO DE SALUD
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Apruébase los nuevos Aranceles Modulares y Normas de
Facturación para los HOSPITALES PÚBLICOS DE GESTIÓN DESCENTRALIZADA que
se detallan en el ANEXO I (IF- 2019-69427113-APN-SRYGS#MSYDS) y en el
ANEXO II (IF-2019-69426442-APN-SRYGS#MSYDS), que forman parte de la
presente Resolución, a partir de su publicación.
ARTICULO 2°.- Derógase la Resolución de la SECRETARÍA DE GOBIERNO DE
SALUD Nº RESOL- 2019-683-APN-SGS#MSYDS, de fecha 17 de abril de 2019.
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial. Cumplido, archívese. Adolfo Luis Rubinstein
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/09/2019 N° 71571/19 v. 23/09/2019
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)