MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 54/2019
RESOL-2019-54-APN-MAGYP
Ciudad de Buenos Aires, 20/09/2019
VISTO el Expediente Nº EX-2019-84419521- -APN-DGDMA#MPYT del Registro
del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 21.673, el
Decreto N° 1.127 de fecha 12 de diciembre de 2018, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.127 de fecha 12 de diciembre de 2018 se
intervino el INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO
(INIDEP), organismo descentralizado en la órbita de la ex SECRETARÍA DE
GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO,
actual MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, por un período de
CIENTO OCHENTA (180) días.
Que el dictado de dicha medida se vio motivado en la multiplicidad de
conflictos existentes entre los distintos niveles de personal, a raíz
de diversos y continuos reclamos laborales; como así también en los
problemas generados entre los distintos sectores del organismo, que
habrían impedido, entre otras cosas, la realización de las campañas de
investigación; lo que derivó en una virtual paralización de las
actividades del Instituto.
Que por el Artículo 2º del mencionado Decreto N° 1.127/18, se designó
Interventor al Licenciado D. Héctor Marcelo LOBBOSCO (M.I. Nº
13.115.146), asignándosele las facultades correspondientes al Director
del citado Instituto.
Que mediante la Nota N° NO-2019-84446184-APN-INIDEP#MAGYP el
Interventor del mencionado Instituto solicitó la prórroga de la
intervención dispuesta por el citado Decreto N° 1.127/18, en virtud de
que las razones que sirvieron de causa para el dictado de aquella
medida subsisten a la fecha.
Que por el Artículo 4° de la mencionada norma se faculta al titular de
la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AGROINDUSTRIA del MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN Y TRABAJO, actual MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y
PESCA a disponer, mediante resolución fundada, la prórroga por idéntico
plazo de la intervención del citado Instituto Nacional.
Que por los motivos expuestos, se estima oportuno prorrogar por CIENTO
OCHENTA (180) días la intervención dispuesta por el Artículo 1° del
referido Decreto N° 1.127/18.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE
AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención de su
competencia.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en
virtud de lo dispuesto por la Ley de Ministerios (texto ordenado por
Decreto N° 438/92) y sus modificaciones y por el Artículo 4° del citado
Decreto N° 1.127/18.
Por ello,
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorrógase por un período de CIENTO OCHENTA (180) días la
intervención del INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO
PESQUERO (INIDEP), organismo descentralizado en la órbita del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA dispuesta por el Artículo
1° del Decreto N° 1.127 de fecha 12 de diciembre de 2018, a cargo del
Licenciado D. Héctor Marcelo LOBBOSCO (M.I. N° 13.115.146).
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Luis Miguel Etchevehere
e. 24/09/2019 N° 71830/19 v. 24/09/2019